A pocos días del inicio de la segunda legislatura, varios parlamentarios con aspiraciones a la reelección fueron captados en actividades de corte proselitista en distintas regiones del país. Especialistas en derecho electoral advierten que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberá evaluar si estos actos vulneran los principios de neutralidad e imparcialidad establecidos por ley en el marco de las próximas Elecciones Generales del 2026.
Uno de los casos más notorios es el del congresista Américo Gonza, de Perú Libre, quien realizó una visita a Cajamarca acompañado de una caravana de simpatizantes. En imágenes difundidas en medios, se le observa marchando junto a pancartas, banderolas de su partido y arengas políticas, en lo que parece un claro acto de campaña anticipada.
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Otro caso similar es el del legislador José Luna Gálvez, líder de Podemos Perú, quien participó en un pasacalle en Huancayo, región Junín. Durante esta actividad, Luna no solo recorrió calles junto a militantes de su partido, sino que ofreció un mitin dirigido a la población, en el que promovió su imagen política.
Estas actividades se dieron en el marco de la semana de representación, un espacio que la Constitución reserva para que los congresistas regresen a sus regiones de origen, recojan las demandas de sus electores y las trasladen al Congreso. En ningún caso, esta semana está diseñada para actividades de campaña hasta el momento.
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¿Violación al principio de neutralidad?
Juristas y expertos en derecho electoral coinciden en que estas acciones podrían constituir una infracción al principio de neutralidad, el cual prohíbe a funcionarios públicos usar su cargo para favorecer —directa o indirectamente— a organizaciones políticas.
Aunque los congresistas mencionados aún no han formalizado sus candidaturas para el próximo Congreso Bicameral, el uso de recursos, exposición mediática y actos públicos podría darles una ventaja indebida frente a otros posibles candidatos, violando el principio de igualdad en la contienda.
En ese sentido, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) deberá analizar los videos y pruebas disponibles para determinar si hubo una vulneración a la normativa vigente. La legislación electoral prohíbe actos proselitistas fuera de los plazos establecidos, y la neutralidad es un deber constitucional para todo funcionario en ejercicio.
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Redes sociales como plataforma política
Otro caso observado es el del congresista Héctor Valer, quien desde su cuenta en TikTok publica frecuentemente mensajes con contenido político. En uno de sus videos más recientes, grabado en el contexto de las protestas mineras, termina diciendo: “Peruano, no sufras. Tu voto es tu arma”, lo que ha sido interpretado como un mensaje electoral encubierto.
La utilización de redes sociales para enviar mensajes de campaña sin declararse oficialmente como candidatos es un fenómeno que también preocupa a los expertos, ya que permite realizar propaganda sin las restricciones que exige la ley en campañas oficiales.
Lo que dice la ley
Según el artículo 39 de la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones, la imparcialidad y neutralidad deben regir el comportamiento de los funcionarios públicos en todo momento. La ley también establece restricciones claras sobre el uso de bienes del Estado, la participación en actividades políticas y la promoción de la imagen personal desde el cargo.
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Aunque los congresistas aún no oficialicen sus candidaturas, el contexto, las acciones y la intencionalidad política serán factores que el JNE deberá considerar para emitir un pronunciamiento.
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