El feminicida confeso de niña en Villa María del Triunfo quedaría libre debido a ley promulgada por Dina Boluarte

La promulgación de la Ley 32181, que elimina la detención preliminar en ausencia de flagrancia, ha suscitado preocupación por sus implicancias. El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, declaró los jueces pueden inaplicarla si determinan que contraviene la Constitución

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La presidenta de la República propone la discusión luego de confirmarse el asesinato de una menor de 12 años. (Fuente: Canal N)

La reciente promulgación de la Ley 32181 por la presidenta Dina Boluarte ha causado preocupación en el ámbito judicial, ya que ha derogado la detención preliminar en casos de no flagrancia. Esta supresión aparece en la única disposición transitoria de la norma, diseñada desde el Congreso para evitar que policías sean detenidos o ingresados a prisión preventiva cuando lesionen o maten al usar sus armas de reglamento.

El inciso a) del artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, ahora derogado, permitía que un juez, a solicitud del fiscal, emitiera un mandato de detención preliminar en ausencia de flagrancia delictiva, siempre que existieran razones plausibles para considerar que una persona había cometido un delito grave y existiera un riesgo de fuga.

La importancia de este apartado radicaba en su capacidad para habilitar acciones inmediatas en casos donde, a pesar de no existir evidencia directa, había indicios suficientes para sospechar de la comisión de un delito que conlleva una pena privativa de libertad superior a cuatro años. Además, consideraba el riesgo de fuga del sospechoso, lo que permitía a las autoridades actuar con celeridad.

El vocero del Ministerio Público, Víctor Cubas, señaló en RPP que la derogación significa un revés para las autoridades encargadas de la lucha contra la delincuencia, la corrupción, el crimen organizado y otros delitos, ya que le “quita al Ministerio Público la capacidad de, en su función de persecución del delito, solicitar detención preliminar en un momento determinado”.

Fuente: RPP

De acuerdo con fiscal supremo, esta figura legal es crucial para la investigación, pues permite retener sospechosos durante siete días para delitos comunes y hasta 15 días para graves, como terrorismo o tráfico de drogas. “La flagrancia generalmente se produce en relación con delitos que no son graves, como hurtos o agresiones. Sin embargo, los delitos organizados y de mayor gravedad suelen operar en la clandestinidad”, donde los esfuerzos de inteligencia de la Policía Nacional (PNP) juegan un papel vital.

“La PNP comienza a investigar y se entera por acciones de inteligencia. Ahora, ¿cómo va a continuar la investigación?”, cuestionó el portavoz al enfatizar que, sin la posibilidad de solicitar detenciones preliminares, se obstaculiza el progreso de las pesquisas.

Cubas advirtió que esta limitación podría generar la libertad del feminicida confeso Gerson Alexander Juárez Tapia, quien enfrenta una orden de detención preliminar de siete días tras el crimen machista cometido en el asentamiento humano Los Lúcumos de Pachacámac, en Villa María del Triunfo. El caso produjo incluso que Boluarte pidiera abrir el debate sobre la aplicación de la pena de muerte para los violadores de menores.

El hallazgo del cuerpo de
El hallazgo del cuerpo de la niña en una casa de Los Lúcumos fue desgarrador para la población local.

“Puede ser inaplicada”

“Este 12 de diciembre entra en vigencia esta disposición legal. Nada le impide al abogado (del feminicida) hacer alegaciones de que su patrocinado está detenido ilegalmente porque no ha sido sorprendido en flagrancia. Dependerá de cómo interpreten la disposición los jueces para declarar fundado o infundado el pedido. Es sumamente grave. Se van a ver favorecidas muchas otras personas como esta que cometen delitos en agravio de menores, sicariato, extorsión y, en general, de todos los delitos graves que tienen una incidencia grave en el país”, precisó.

Además, propuso que la norma entre en estado de “vacatio legis”, durante el cual sus efectos estarían suspendidos “por seis meses o un año”. Sin embargo, en un acto oficial, el saliente presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo, declaró que jueces y juezas pueden inaplicar la norma si determinan que contraviene la Constitución. También refirió que el tema es discutible, ya que “hemos visto que se ha abusado de esta detención, entonces habrá quienes estén a favor y en contra”.

“No se pueden encarcelar de buenas a primeras. Nadie aceptaría estar en prisión varios días y después que le digan: váyase a su casa”, agregó. Por su parte, la abogada feminista Benda Álvarez también puso de relieve las implicaciones de esta derogación.

“El Poder Judicial dictó detención preliminar contra el agresor y ahora podría ser puesto en libertad”, señaló. En tanto, el exministro del Interior, Rubén Vargas, expresó su preocupación de manera contundente. “Se acabó la lucha contra el crimen organizado. ¿Acaso se imaginan que una organización criminal compleja está deambulando por las calles eligiendo a su víctima? Esto favorece solo a los criminales”, anotó en X, antes Twitter.

Consecuencias

De hecho, las secuelas ya han sido palpables. La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura dejó en libertad a 10 investigados, incluidos tres policías, acusados de formar parte de la organización criminal ‘Las Hienas Verdes’. La liberación se produjo al aplicar la Ley 32181, pese a una orden de detención preliminar de 15 días emitida por la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada de la provincia.

Ante ello, la Fiscalía Superior Penal presentará un recurso de casación se revise la decisión. Los investigados enfrentan acusaciones de extorsión, homicidio calificado, encubrimiento y tenencia ilegal de armas de fuego, entre otros delitos. A través de un comunicado, el Ministerio Público exhortó al Congreso a “restituir en su integridad y sin modificaciones el texto de la ley anterior que permitía la detención preliminar”, con el objetivo de seguir enfrentando la criminalidad organizada.

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