Viceministro de Justicia sobre polémica ley del crimen organizado: “Nadie ha demostrado que fomente más delito”

Juan Alcántara afirmó que los críticos de la norma no han demostrado su inconstitucionalidad y aseguró que no es “tan cierto” que esta dificulte los allanamientos

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Viceministro de Justicia se pronuncia sobre pedidos del paro de transportistas y la ley de crimen organizado. (Crédito: Canal N)

Durante la tarde de hoy, miércoles 9 de octubre, en conferencia de prensa en el Consejo de Ministros, el viceministro de Justicia, Juan Alcántara se pronunció sobre la derogatoria de la Ley contra el crimen organizado, una de las principales demandas de los gremios que han convocado al paro de transportistas de mañana jueves 10 de octubre.

Alcántara explicó que la polémica Ley 32018, promulgada el pasado 9 de agosto, busca “definir con mayor precisión qué es una organización criminal”. Sin embargo, también señaló que los críticos de esta legislación aseguran que podría fomentar la delincuencia.

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En ese sentido, aclaró que no se ha demostrado que la cuestionada norma sea inconstitucional. “Se afirma, por ejemplo, que la ley es inconstitucional, lo cual no está probado. Supuestamente afecta el principio de tecnicidad, ya que antes existía la Ley 30077″, expresó

“Olvidan que es el Congreso de la República el encargado de establecer los tipos penales y, mediante la política criminal, decidir qué conductas deben ser penalizadas y qué normas procesales deben modificarse para fortalecer la lucha contra el crimen organizado”, continuó

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¿Ley 32018 fomenta el delito?

De acuerdo con el viceministro de Justicia, la ley contra el crimen organizado no incentiva actos delictivos y “hasta ahora nadie ha demostrado que fomente más delito”, aseguró. En ese sentido, señaló que los casos de extorsión y sicariato se incrementaron desde el año 2021 y no desde que la norma fue promulgada.

Juan Alcántara explicó que algunos delitos no deberían ser incluidos en la cuestionada Ley 32018. Señaló que esta ley excluye delitos de escasa lesividad que no necesariamente deben tratarse en el ámbito del crimen organizado. Además, resaltó que el 90% del Código Penal Peruano contempla penas superiores a los 6, 8 y 15 años. “Por ejemplo, los delitos de corrupción de funcionarios, como el abuso de autoridad o el cohecho, involucran a solo dos personas, por lo que no deberían incluirse en una ley de crimen organizado”, aclaró.

Crimen organizado en Perú. (Foto difusión)
Crimen organizado en Perú. (Foto difusión)

Alcántara destacó que los delitos de corrupción de funcionarios con mayor gravedad, como el enriquecimiento ilícito, la corrupción y el peculado, tienen penas mínimas que superan los 10 años. Esto significa que los delitos más graves sí están contemplados en la Ley contra el crimen organizado.

Viceministro asegura que Ley 32018 no impide allanamiento

Al respecto de las numerosas críticas contra la polémica norma, entorno al allanamiento, Alcántara hizo una serie de precisiones sobre lo que se estipula.

Viceministro de Justicia dice que ley contra crimen organizado no impide allanamientos y no fomenta los delitos. (Crédito: Canal N)

El viceministro de Justicia afirmó que no es “tan cierto” que este requisito dificulte las diligencias, ya que se respeta el derecho a la defensa del investigado. “Según la Convención Iberoamericana, nuestra Constitución Política del Perú y el Código Procesal Penal, no se puede privar a una persona de su derecho a elegir libremente a su defensa”, detalló

En ese sentido, el viceministro señaló que si una persona es objeto de un allanamiento, tiene el derecho de llamar a un abogado de su elección dentro de un plazo razonable de 2 horas. Si no cuenta con una defensa legal, entonces intervendrá un abogado de la defensa pública para continuar con las diligencias.