Fonavi 2023: ¿Cómo será la nueva devolución con el ajuste propuesto por el Congreso?

La comisión de Economía aprobó un dictamen con modificaciones a la Ley de devolución del Fonavi y ahora se espera que sea puesta en agenda para ser debatida en el Pleno.

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Fonavi 2023: ¿Cómo será la nueva devolución con el ajuste propuesto por el Congreso? (El Peruano)
Fonavi 2023: ¿Cómo será la nueva devolución con el ajuste propuesto por el Congreso? (El Peruano)

Los herederos de fonavistas que fallecieron podrán ser beneficiados con la devolución del dinero aportado, y además los trabajadores pendiente de pago podrán recibir parten de la devolución, con cargo a una posterior cancelación, de acuerdo a las recientes modificaciones a la Ley del Fonavi.

La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera aprobó por unanimidad el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 4702/2022-CR, que propone modificaciones a la Ley de devolución de dinero del Fonavi, presentado por las legisladoras Rosangella Barbarán y Noelia Herrera.

El siguiente paso es colocarlo en agenda para que sea debatido en el Pleno del Congreso, para determinar finalmente si es aprobada, rechazada o enviada al archivo. De ser aprobada, se elabora la autógrafa de la ley y es enviada al Ejecutivo para ser promulgación.

¿Cuáles son las nuevas modificaciones?

El proyecto de ley introduce nuevas alternativas para los aportantes al Fonavi:

Pagos a cuenta

Se propone que se pueda efectuar pagos a cuenta del monto total del proceso de devolución de cada individual de los exaportantes. Este modificación señala que los pagos serán entregados mediante un “certificado de reconocimiento de pago a cuenta.

También se precisa que la aceptación del certificados es facultativo y la aceptación no impide que luego se pueda acreditar con otros medios un monto mayor de aportación. En los casos en los que existe exceso o duda en la determinación del monto de devolución, de la misma forma se emite el certificado tomando los más beneficioso para el trabajador.

Pago a herederos

Si el aportante al Fonavi falleció esto no significa que se cancela la devolución, pues ahora los deudos podrán acceder al monto determinado de pago. El único requisito para iniciar el proceso es tener el derecho a heredar inscrito en los Registros Públicos y se tiene en cuenta las normas de sucesiones.

Atención prioritaria

Este dictamen también exhorta a atender en forma prioritaria a los siguientes grupos de exaportantes:

- Mayores de 65 años

- Exaportantes registrados en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis)

- Con diagnóstico de alguna enfermedad grave o terminal (titulares o sucesores)

El proyecto de ley introduce nuevas alternativas para los aportantes al Fonavi. (Andina)
El proyecto de ley introduce nuevas alternativas para los aportantes al Fonavi. (Andina)

El proyecto de ley incluye una disposición final que señala que es el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la entidad encargada de adoptar las medidas necesarias para comenzar con la entrega de los certificados de reconocimiento de pago a cuenta en un plazo no mayor de 90 días calendario.

¿Qué es el Fonavi?

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) es un programa social que se implementó en el Perú en 1979 con la finalidad de brindar viviendas asequibles a los trabajadores de bajos ingresos económicos. De esta manera, los trabajadores realizaban aportes mensuales obligatorios para financiar los programas de vivienda.

El programa fue suspendido en 1998, durante el gobierno de Alberto Fujimori, y esto significó que muchos trabajadores no lograran cumplir el sueño de la casa propia. Actualmente se sigue un proceso para cumplir con la devolución de los aportes a los exfonavistas.

El dictamen aprobado sustenta las modificaciones al señalar que las entregas y padrones de devolución han sido materia de cuestionamiento “porque pese al justo reclamo de los aportantes, han resultado a pequeña escala e incluso se han paralizado, por cuestionamientos al procedimiento de cálculo y entrega”.

Asimismo, indica que “los reclamos respecto a la ‘deuda’ con los fonavistas se dan porque hasta 1998 el Fonavi no era un impuesto, sino una contribución. Los impuestos son de libre disponibilidad por el Estado, mientras que las contribuciones se pagan a cambio de alguna contraprestación específica”.