Simplifican requisitos documentales para habilitar depósitos fiscales

Una declaración jurada del operador reemplaza la habilitación municipal tanto para los propios depósitos fiscales como para adherirse al régimen de cargas de exportación en planta ante ARCA

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La medida se enmarca en el proceso de simplificación normativa que el organismo lleva adelante en el contexto de las políticas de desregulación económica impulsadas a nivel nacional (Foto: Shutterstock)
La medida se enmarca en el proceso de simplificación normativa que el organismo lleva adelante en el contexto de las políticas de desregulación económica impulsadas a nivel nacional (Foto: Shutterstock)

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5845/2026, que modifica los requisitos documentales para la habilitación de depósitos fiscales y para la adhesión al régimen de cargas de exportación en planta. El cambio apunta a reducir la carga burocrática que enfrentan los operadores logísticos y de comercio exterior sin alterar sus obligaciones legales de fondo.

Hasta la entrada en vigencia de esta norma, quienes solicitaban habilitar un depósito fiscal debían presentar la habilitación municipal expedida por la autoridad competente según la jurisdicción correspondiente.

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Este requisito, previsto en la Resolución General 4.352 y sus modificatorias, generaba demoras administrativas y duplicaba exigencias que ya están contempladas en la normativa local aplicable a cada actividad.

Qué cambia en la práctica

La nueva norma sustituye la presentación de la habilitación municipal por una declaración jurada en la que el solicitante manifiesta que el predio a habilitar resulta idóneo para el tipo y clase de mercadería a almacenar, y que cumple con la normativa aplicable en los tres niveles de gobierno. Esta declaración tiene carácter formal y responsabiliza directamente al operador por su veracidad, pero evita que el trámite quede supeditado a los tiempos y procedimientos de cada municipio.

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El mismo criterio se extiende al régimen de cargas de exportación en planta, regulado por la Resolución General 5.721. En ese esquema, la condición de adhesión pasa a ser también una declaración jurada que acredita que la planta es apta para el tipo de mercadería a exportar, reemplazando la certificación habilitante municipal que se exigía hasta ahora. Además, la norma aclara que el plazo de habilitación concedida bajo ese régimen será de cinco años, con cierre de vigencia determinado por el contrato o el certificado habilitante que venza primero.

En el caso del régimen de exportación en planta, la medida tiene relevancia para empresas agropecuarias, industriales y mineras que cargan mercadería directamente desde sus instalaciones (Foto: Shutterstock)
En el caso del régimen de exportación en planta, la medida tiene relevancia para empresas agropecuarias, industriales y mineras que cargan mercadería directamente desde sus instalaciones (Foto: Shutterstock)

Alcance y encuadre regulatorio

La medida se enmarca en el proceso de simplificación normativa que el organismo lleva adelante en el contexto de las políticas de desregulación económica impulsadas a nivel nacional. En ese marco, ARCA viene revisando distintos registros y procedimientos para identificar requisitos que generan sobrecostos o duplican exigencias ya cubiertas por otros mecanismos de control.

La resolución es explícita en un punto clave: la eliminación del requisito documental en sede nacional no exime al operador del cumplimiento de la normativa municipal, provincial y nacional vigente para su actividad. En otras palabras, la habilitación municipal sigue siendo obligatoria en términos legales; lo que cambia es que ARCA deja de exigirla como condición para tramitar la habilitación del depósito o la adhesión al régimen de exportación en planta.

Este matiz tiene implicancias operativas concretas. Los operadores que incumplan la normativa local siguen expuestos a sanciones por parte de las autoridades competentes en cada jurisdicción. La declaración jurada presentada ante ARCA, en tanto, genera responsabilidad directa para el declarante en caso de falsedad o inexactitud.

Impacto en la cadena logística

Para el sector de almacenamiento y distribución, la modificación reduce uno de los obstáculos más frecuentes en los procesos de habilitación: la dependencia de organismos municipales con tiempos variables y procedimientos heterogéneos según la localidad. En zonas con alta concentración de infraestructura logística, como el Gran Buenos Aires o los corredores del interior del país, este tipo de trámites podía extender los plazos de puesta en marcha de nuevas instalaciones.

En el caso del régimen de exportación en planta, la medida tiene relevancia para empresas agropecuarias, industriales y mineras que cargan mercadería directamente desde sus instalaciones sin pasar por un depósito fiscal externo. La adhesión más ágil a este esquema puede facilitar el acceso de más operadores a una modalidad que, bien utilizada, reduce costos de manipulación y acorta los tiempos previos al embarque.

La resolución entró en vigencia hoy, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. A medida que más operadores comiencen a tramitar habilitaciones bajo el nuevo esquema declarativo, quedará por ver si la autoridad aduanera implementa mecanismos de verificación cruzada con organismos municipales y provinciales para contrastar la información declarada y mantener la integridad del sistema de control sobre los lugares operativos habilitados.

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