Reparto de Utilidades 2026: ¿Cómo saber si tu empresa tiene o no que pagártelas?

Si una empresa no cumple con el pago, el trabajador tiene un año a partir de la fecha límite para presentar su denuncia con asesoría gratuita de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo

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Todo lo que habla de la relación laboral está regulado por dicha ley.
Toda empresa que haya declarado utilidades netas iguales o superiores a 300 mil pesos en 2025 debe distribuir el 10% de sus ganancias entre quienes colaboraron al menos 60 días durante ese año. (Imagen Ilustrativa Infobae)

El reparto de utilidades en 2026 es un derecho laboral irrenunciable respaldado por la Constitución mexicana y la Ley Federal del Trabajo.

Toda empresa que haya declarado utilidades netas iguales o superiores a 300 mil pesos en 2025 debe distribuir el 10% de sus ganancias entre quienes colaboraron al menos 60 días durante ese año.

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Este beneficio aplica tanto a trabajadores actuales como a quienes dejaron la empresa, siempre que cumplan el requisito de días laborados.

Normas, sujetos obligados y fechas oficiales

El pago debe realizarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, o del 1 de mayo al 29 de junio si el patrón es persona física. (Especial)
El pago debe realizarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, o del 1 de mayo al 29 de junio si el patrón es persona física. (Especial)

La obligación está estipulada en el artículo 123 constitucional y en los artículos 120 a 130 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Están obligadas las personas morales y físicas con actividad empresarial que hayan presentado declaración fiscal con utilidades en el ejercicio previo.

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El pago debe realizarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, o del 1 de mayo al 29 de junio si el patrón es persona física.

El beneficio no cubre a directores, administradores, gerentes generales, socios, accionistas, empleados domésticos ni quienes presten servicios sin subordinación (honorarios). Quedan excluidas las empresas de nueva creación en su primer año, extractivas durante el periodo de exploración y organizaciones de asistencia privada sin fines de lucro.

Requisitos, excepciones y cálculo del monto

Para tener derecho, se requiere haber trabajado al menos 60 días en el año fiscal 2025, continuos o discontinuos, sin importar el tipo de contrato.

El cálculo se hace sobre el 10% de la utilidad fiscal neta reportada al Servicio de Administración Tributaria (SAT), dividiendo el monto en dos partes: la primera se reparte en proporción a los días laborados y la segunda según el salario percibido durante el año.

Desde la reforma de 2021, existe un tope: la utilidad máxima a recibir es el equivalente a tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años, el que resulte más favorable.

La empresa debe entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración anual en los diez días siguientes a su presentación. Esto permite verificar si existen utilidades a repartir y el monto correspondiente.

Procedimiento de reclamación: paso a paso

Las multas por incumplimiento van de 250 a 5 mil UMAs (Unidad de Medida y Actualización), es decir, de aproximadamente $28,285 a $565,700 pesos en 2026. Foto: (iStock)
Las multas por incumplimiento van de 250 a 5 mil UMAs (Unidad de Medida y Actualización), es decir, de aproximadamente $28,285 a $565,700 pesos en 2026. Foto: (iStock)

Si la empresa no realiza el pago en tiempo, el trabajador dispone de un año a partir del día siguiente a la fecha límite para reclamar. La denuncia se presenta ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), que ofrece asesoría y representación gratuita.

Documentos necesarios para iniciar la reclamación:

  • Identificación oficial vigente (INE)
  • Contrato de trabajo o carta de renuncia/finiquito (en caso de extrabajadores)
  • Recibos de nómina
  • Constancia de situación fiscal
  • Altas o registros ante el IMSS
  • Estados de cuenta bancarios mostrando el pago de nómina
  • Credencial de trabajo o comunicaciones internas

Medios para presentar la reclamación:

  • Teléfonos: 800 717 2942 y 800 911 7877
  • Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx, inspeccionfederal@stps.gob.mx
  • Oficinas presenciales: 48 sedes en todo el país y oficina central en Dr. José María Vértiz 211, Col. Doctores, CDMX

Pasos para reclamar: 1. Verifica con el comité de trabajadores si la empresa reportó utilidades en su declaración anual.

2. Junta todos los documentos que acrediten la relación laboral y el cumplimiento del tiempo mínimo.

3. Contacta a la PROFEDET por cualquiera de los medios disponibles.

4. Solicita una inspección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) para verificar el cumplimiento patronal.

5. Presenta la denuncia formal ante la autoridad, quien guiará el proceso y, si es necesario, te representará legalmente.

Sanciones y vigencia del derecho

Las multas por incumplimiento van de 250 a 5 mil UMAs (Unidad de Medida y Actualización), es decir, de aproximadamente $28,285 a $565,700 pesos en 2026. El pago de utilidades no genera impuestos directos, salvo lo que exceda 15 días de salario mínimo.

El derecho al cobro se mantiene aunque la relación laboral termine por renuncia o despido, siempre que se haya cumplido el periodo de servicio.

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