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La Corte Suprema dejó firme la condena a un ex entrenador de fútbol por el abuso sexual de tres niños

La resolución del máximo tribunal ratificó la pena de 24 años y 6 meses de cárcel por los hechos cometidos entre 2011 y 2015 y un intento en 2018 en el Barrio 31

PROFESOR DE FÚTBOL ABUSADOR VILLA 31
La cancha en el asentamiento donde Medina daba sus clases
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La Corte Suprema dejó firme la condena de 24 años y 6 meses de prisión contra un ex entrenador de fútbol , hallado culpable por el abuso sexual de tres niños a los que dirigía en una cancha del Barrio 31, en Retiro.

La investigación que desembocó en esa sentencia acreditó hechos cometidos entre 2011 y 2015 y un intento de abuso ocurrido el 30 de marzo de 2018 contra un niño de 11 años. El ex entrenador Nelson Medina tenía 50 años cuando fue identificado en el expediente y, según la imputación, abusó de manera sistemática de chicos que entonces tenían entre ocho y 11 años.

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La resolución del máximo tribunal llevó las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Los jueces declararon inadmisible el recurso de queja presentado por la defensa y rechazaron el planteo con el que se cuestionaba la sentencia por una supuesta violación al principio de inocencia y al beneficio de la duda.

Con esa decisión quedó firme el fallo dictado en marzo de 2021 por los jueces Juan Ramos Padilla, Cecilia Maiza y Gustavo Goerner, del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°29. Antes, la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal ya había confirmado la condena al revisar el recurso de casación presentado por la defensa.

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El fallo mantuvo la orden de incorporar el perfil genético

La sentencia dejó vigente el resto de las medidas dispuestas en el juicio. Entre ellas figura la extracción del perfil genético del condenado para su remisión al Banco de Datos Genéticos, de acuerdo con la Ley N°26.879, que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.

Los jueces de la Cote Suprema Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. REUTERS/Agustin Marcarian
Los jueces de la Cote Suprema Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. REUTERS/Agustin Marcarian

El fallo de la Corte cerró el tramo recursivo del expediente. En términos prácticos, la pena quedó consolidada y también las medidas accesorias ordenadas por el tribunal oral.

En el juicio intervino el fiscal Sandro Abraldes, que había pedido la misma pena finalmente impuesta. Durante su alegato sostuvo que el acusado desplegó un sometimiento total sobre las víctimas: “No los reconoció como personas, fueron para él cosas que sirvieron para desplegar sus deseos sexuales”, según recordó el sitio del Ministerio Publico Fiscal de la Nación.

Un patrón de selección, aislamiento, amenazas y regalos

Según se dio por probado en el debate oral, Medina se acercaba a los chicos en su rol de entrenador, elegía víctimas, las aislaba para cometer los abusos, las amenazaba para asegurar el silencio y les ofrecía recompensas. La fiscalía y el tribunal consideraron que ese patrón se repitió en distintos episodios.

Durante el juicio se tuvo por acreditado un hecho puntual del 30 de marzo de 2018. De acuerdo con la reconstrucción incorporada al expediente, el entrenador llevó a un niño de 11 años a una zona aislada e intentó forzarlo a cambio de dinero, pero el chico se resistió y horas más tarde le contó lo sucedido a su madre.

La causa se inició en abril de 2018 después de ese episodio. Según la reconstrucción del expediente, el niño llegó a su casa asustado, temblando y transpirado; en el camino se había cruzado con dos asistentes sociales, a quienes les relató lo ocurrido y también les dijo que otros compañeros habían sido violados por el mismo hombre.

Con esas primeras medidas de prueba se identificaron otros hechos. Según publicó Infobae, con el avance de la investigación y la asistencia de personas del barrio y trabajadores sociales se detectó a menores que habían sido víctimas años antes y no lo habían contado por miedo.

La acusación señaló que, después de los entrenamientos, Medina llevaba a los chicos a una casa del barrio YPF de la 31, a un contenedor en los límites de la villa o a un sector público conocido como “el correo”, en una parte trasera del asentamiento.

El fiscal Abraldes señaló que el acusado buscaba siempre los mismos lugares para garantizarse impunidad y agregó que recurría a amenazas y a una supuesta enfermedad para manipular a los chicos.

Sobre este punto, afirmó que les decía que tenía una enfermedad en la cabeza que solo podía curarse si una de las víctimas tenía relaciones sexuales con él. En el expediente también se consignó la frase “Tengo un coagulo en la cabeza pero si tiene sexo conmigo se cura”, y durante la instrucción se indicó que se comprobó que no padecía esa enfermedad.

Las pruebas incluyeron cámaras Gesell y peritajes

En la sentencia de 2021 el tribunal responsabilizó a Medina por una serie de delitos calificados como abuso sexual simple agravado por ser el imputado el encargado de la educación en grado de tentativa; abuso sexual con acceso carnal agravado por ser el imputado el encargado de la educación reiterado por lo menos en tres oportunidades, en concurso ideal con corrupción de menores agravada; otro hecho de abuso sexual simple agravado; y otro de abuso sexual con acceso carnal agravado.

En el juicio se valoraron declaraciones en Cámara Gesell, informes psicológicos y pericias psiquiátricas del Cuerpo Médico Forense. Esos elementos, según se señaló en el proceso, dieron cuenta de la solidez de los relatos y del impacto que los abusos habían tenido en los niños.

La fiscalía resumió ese cuadro al sostener: “Los testimonios de las víctimas coinciden en abordaje, en modalidad, en el tipo de niños elegidos para las agresiones y en los lugares en los que fueron abordados”. En su exposición, Abraldes añadió: “Era un lobo cuidando a las ovejas, unas ovejas que carecían de todo: de afecto, de figura paterna, de cosas materiales que la sociedad les restriega todo el tiempo como forma de validación”.

También declaró la defensa de las víctimas, quien describió el mecanismo de intimidación atribuido al condenado. “Nelson Medina acosaba a los niños que elegía como favoritos hasta lograr su propósito. Los amenazaba diciéndoles que podía mover las cosas de su casa, leer sus mentes o invocar al diablo a través del 666 que tenía escrito en su brazo. Los asustaba diciéndoles que podía pasarles algo malo si ellos no hacían lo que él quería”.

La investigación registró además que Medina entregaba dinero, celulares, camisetas de fútbol y botines para condicionar el silencio de las víctimas. La fiscalía y la querella sostuvieron también que asignaba capitanías de manera arbitraria, no por razones deportivas, sino como parte de ese sistema de control.

En junio de 2018 se ordenó la detención del entrenador y luego fue alojado en el pabellón de ofensores sexuales de la cárcel de Marcos Paz. Cuando tuvo oportunidad de defenderse, se negó a declarar, y en el expediente quedó asentado que la defensa oficial intentó sostener que sufría impotencia sexual, una línea que la querella cuestionó y que fue descartada tras exámenes hormonales y de otro tipo que dieron resultado normal.

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