
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó una queja presentada por la defensa del capo narco peruano Carlos Sein Atachahua Espinoza, condenado a nueve años de prisión por liderar una organización transnacional dedicada al lavado de activos provenientes del tráfico de cocaína. El planteo buscaba revisar la decisión que le impidió salir de la Argentina y viajar durante un mes a Lima mientras cumple prisión domiciliaria.
La resolución fue dictada por unanimidad por la Sala de Feria, integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Alejandro Slokar y Mariano Borinsky.
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Atachahua había solicitado autorización para viajar a la capital peruana entre el 30 de junio y el 30 de julio. El Tribunal Oral en lo Penal Económico N.º 3 rechazó el pedido el 29 de junio y luego denegó el recurso de casación interpuesto por sus abogados. La defensa acudió entonces directamente a la cámara mediante una queja.
Los camaristas habilitaron la feria judicial porque existía un pedido expreso de la defensa y se encontraba involucrada una cuestión de libertad. Sin embargo, declararon inadmisible la presentación al considerar que no logró refutar los argumentos del tribunal oral.
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“El impugnante sólo manifestó su disconformidad con los argumentos denegatorios expuestos por el tribunal, sin lograr refutarlos a través de sus agravios”, señalaron los jueces en el fallo firmado por unanimidad.
Casación sostuvo, además, que “no se ha acreditado adecuadamente” la existencia de una cuestión federal que permitiera habilitar su competencia como tribunal intermedio, de acuerdo con la doctrina establecida por la Corte Suprema en el precedente “Di Nunzio”. La queja fue rechazada con el pago de costas.
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No era la primera vez que el condenado solicitaba autorización para salir del país. En junio de 2025, el mismo tribunal oral le había impedido viajar a Lima para asistir al sepelio de su hermana.
En aquella oportunidad, los jueces Karina Perilli, Jorge Zabala y Diego García Berro consideraron que existía peligro de fuga “una vez traspasadas las fronteras de nuestro país”. Para fundamentar esa conclusión, tuvieron en cuenta la doble nacionalidad peruana y argentina de Atachahua, su arraigo en el extranjero y la presencia de familiares en Perú.
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Los magistrados explicaron entonces que, si bien la ley permite que una persona detenida cumpla determinados deberes morales, corresponde evaluar los riesgos procesales de cada caso. Advirtieron que, fuera del territorio argentino, el tribunal perdería jurisdicción sobre el condenado, pese a las medidas cautelares que pudieran adoptarse para asegurar su regreso.
Atachahua, detenido en octubre de 2020, fue condenado el 20 de diciembre de 2024 como jefe de una asociación ilícita y coautor de lavado de activos agravado. Además de la pena de prisión, el TOPE 3 le impuso una multa de 154.866.950 pesos.
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La sentencia estableció que la organización operó en la Argentina al menos desde 2006 hasta el 21 de octubre de 2020 y logró introducir en el circuito económico formal no menos de nueve millones de dólares de origen ilícito.
El tribunal consideró entonces a Atachahua jefe y beneficiario de la estructura, debido a que generaba las ganancias que luego debían ser legitimadas. Para incorporarlas al mercado legal, el grupo recurrió a sociedades comerciales, testaferros, inversiones inmobiliarias, programas de exteriorización de capitales y operaciones financieras realizadas en distintos países.
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Una parte sustancial de la maniobra consistió en la adquisición de los paquetes accionarios de Tebinan S.R.L., Rosgar S.A. y SYB S.A. Mediante esas operaciones, la organización convirtió aproximadamente 7,25 millones de dólares en efectivo en participaciones societarias de aparente origen lícito.
La estructura también adquirió una treintena de inmuebles en Buenos Aires, especialmente en el barrio porteño de Caballito. Entre los bienes figuraba un estacionamiento ubicado sobre la calle Rosario al 700, comprado por unos cinco millones de dólares en efectivo y administrado a través de Rosgar S.A.
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La investigación reconstruyó, a su vez, un circuito internacional para trasladar cocaína desde Bolivia hacia Uruguay y Brasil, desde donde era enviada por vía marítima a Europa. Según las actuaciones, el grupo mantuvo vínculos con integrantes de la mafia italiana ’Ndrangheta.
La base logística funcionaba en el partido bonaerense de Ituzaingó, donde el clan contaba con depósitos y camiones adaptados para ocultar dinero y estupefacientes. Para movilizar las ganancias y disimular su procedencia también utilizó casas de cambio, transferencias simuladas, empresas y familiares.
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Otros seis integrantes de la organización fueron condenados. Miguel Ángel García Ramos recibió seis años de prisión como organizador de la asociación ilícita. Maribel del Águila Fonseca, esposa de Atachahua y señalada como su asesora financiera, fue sentenciada a cinco años. El resto recibió penas en suspenso por intervenir como ejecutores o testaferros.
Uno de los testimonios clave fue el del financista Diego Xavier Guastini, quien había intervenido en la administración de sociedades vinculadas con el grupo y declaró como arrepentido ante la Procuraduría de Narcocriminalidad. Fue asesinado a balazos por un sicario el 28 de octubre de 2019 en Quilmes. El crimen continúa impune.
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