Fútbol para Todos: la Justicia rechazó un plan de pagos propuesto por la AFA para después del Mundial y ordenó ejecutar el seguro de caución

El TOF 1 intimó varias veces a Claudio Tapia a devolver 2 millones de dólares que tenia bajo custodia. El dinero había sido hallado en cajas de seguridad ligadas a Futbolistas Agremiados

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El TOF 1 intimó varias veces a Claudio Tapia a devolver 2 millones de dólares que tenia bajo custodia.   EFE/Luciano González
El TOF 1 intimó varias veces a Claudio Tapia a devolver 2 millones de dólares que tenia bajo custodia. EFE/Luciano González

El Tribunal Oral Federal 1 ordenó ejecutar el seguro de caución de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por más de 2 millones de dólares, para recuperar el dinero que la entidad retuvo como depositaria judicial en el año 2017, en el marco de la causa Fútbol Para Todos.

En rigor, no se trata de una deuda asumida por la AFA, sino del dinero secuestrado en las cajas de seguridad de la Fundación El Futbolista y de Futbolistas Argentinos Agremiados durante un procedimiento en el inicio de la investigación, y que le fue entregado en el 2017 a la asociación para que lo guardase en custodia.

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Desde que en diciembre del año pasado el tribunal absolvió a todos los acusados, tras declarar la nulidad del alegato fiscal, reclamó la devolución del dinero en varias oportunidades.

Cuando la AFA recibió la última intimación del tribunal, su presidente Claudio Tapia pidió que le permitan pagar en tres cuotas, después de que termine la Copa Mundial, con el argumento de que va a “recibir un pago de al menos U$S 12.500.000 por la participación de la selección argentina”.

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Con este antecedente, los jueces José Michilini, Ricardo Basilico y Adrián Grünberg rechazaron la propuesta y dispusieron proceder con el cobro de la póliza expedida por El Surco Compañía de Seguros S. A., para el pago de la suma de U$S 2.191.811 en favor del TOF 1.

En el mismo sentido, intimaron a la aseguradora para que, en un término de diez días, materialice el depósito o transferencia en la cuenta corriente en dólares abierta a la orden del tribunal.

La historia de los 2 millones

Los U$S 2.191.811 provenían de dos allanamientos ordenados por la jueza María Servini como parte de la causa Fútbol para Todos, que se realizaron en las cajas de seguridad de los bancos Santander Río y HSBC.

Según la pesquisa, se trataba de un giro que habían recibido de la AFA, como parte de un convenio que obligaba a transferir a la Fundación el 2 por ciento de las sumas brutas totales que recibía del Estado por la televisación de los partidos.

Por resolución del juzgado, el dinero en discusión fue entregado a la AFA el 19 de marzo de 2018, en su carácter de depositaria judicial.

Juicio por Fútbol para Todos
TOF 1 Juicio Fútbol para Todos (Adrián Escandar)

El TOF 1 recordó que “en la sentencia absolutoria del 5 de diciembre de 2025, se ordenó levantar embargos preventivos”, entre ellos los de la propia Asociación del Fútbol Argentino.

La primera intimación para devolver el dinero fue cursada el 13 de marzo de 2026, con un plazo de 10 días. Como no hubo cumplimiento, el tribunal citó al asesor legal Andrés Patón Urich para que explicara la situación, pero por encontrarse fuera del país compareció en su lugar el apoderado Alejo Kufert.

Kufert sostuvo que “la AFA tenía voluntad de cumplir, aunque señaló que el 30 de marzo de 2026 había sido embargada hasta cubrir $350.000.000 en la causa que tramita en el fuero penal económico por la presunta evasión del pago tributario de $19.000 millones a ARCA”. Por este motivo, el abogado sugirió que “se le pida a ese juzgado el levantamiento parcial de la medida o la posibilidad de ejecutar el seguro de caución”.

Entonces el tribunal oral pidió una certificación al juzgado penal económico que había dictado el procesamiento sin prisión preventiva, entre otros, de la persona jurídica AFA y de Tapia.

La respuesta fue “que se había resuelto sustituir la efectivización de la medida cautelar por un seguro de caución”.

Así las cosas, los jueces intimaron personalmente a Tapia para que en cinco días hábiles devolviera el dinero, porque se confirmó que las cuentas bancarias de la AFA no estaban alcanzadas por el embargo en los términos expuestos por la defensa.

Vencido ese plazo sin respuesta, el fiscal general Miguel Ángel Osorio pidió una nueva intimación personal al presidente de la AFA, que el TOF 1 cursó bajo apercibimiento de incurrir en el delito de depositario infiel, por incumplimiento de las obligaciones legales del representante de una entidad designada como depositaria judicial.

La reacción de Claudio Tapia —a través de su letrado— fue manifestar “en forma expresa e inequívoca la plena voluntad de cumplimiento” de la AFA.

Junto con esa presentación propuso un cronograma de pagos a ejecutar después del mundial, que finalmente fue rechazado por los jueces, que ahora esperan recuperar los 2 millones de dólares a través del seguro.

La nulidad de Fútbol para Todos

Este caso evaluó la supuesta defraudación contra la administración pública a través del desvío de los fondos que el Estado Nacional remitió a la Asociación del Fútbol Argentino por la transmisión de los partidos, para que los distribuyeran entre los clubes.

Sin embargo, “en lugar de realizar transferencias directas a las cuentas bancarias, la AFA les entregaba cheques diferidos, y los dirigentes de los clubes eran inducidos a cambiar estos cheques de manera anticipada en cuevas financieras recomendadas por la misma AFA”.

Futbolistas Argentinos Agremiados FAA
Futbolistas Argentinos Agremiados FAA

Los investigados fueron el ex coordinador del programa Juan Gabriel Mariotto; los ex jefes de Gabinete Jorge Capitanich y Aníbal Fernández; los ex dirigentes de la AFA Luis Segura, Miguel Ángel Silva y Rubén Raposo.

También los representantes de Futbolistas Argentinos Agremiados Sergio Marchi, Carlos Pandolfi y Raúl Pagano; de la Fundación El Futbolista, Norberto Monteleone, el empresario de la firma IVECO Argentina, Natale Rigano, y los financistas Eduardo Amirante, Jorge Galitis y Carlos Dávola.

El TOF 1 declaró la “nulidad del alegato del Ministerio Público Fiscal por haber incumplido su deber legal de formular motivada y específicamente sus conclusiones; por no haber individualizado un hecho delictivo en relación con las personas acusadas; por violación del principio de congruencia y por valoración arbitraria de la prueba producida”.

En definitiva, resolvió absolver a todos los imputados porque no podía “reconstruir ni suplir de oficio una imputación deficiente”, y ordenó el cese de las medidas cautelares de naturaleza patrimonial.

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