Casación concedió el arresto domiciliario a Julio De Vido por cuestiones de salud en la causa por la tragedia de Once

El beneficio fue otorgado ante informes médicos que identifican dolencias cardíacas y enfermedades crónicas, que exigen tratamientos permanentes. El juez del TOF 4 ya ordenó su traslado desde el penal de Ezeiza al domincilio del ex funcionario en Zárate

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Ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido/NA-HUGO VILLALOBOS
Ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido/NA-HUGO VILLALOBOS

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal autorizó el arresto domiciliario para Julio Miguel De Vido, ex ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, fundamentando su decisión en el delicado estado de salud del ex funcionario condenado en la causa “Tragedia de Once 2”.

La medida implica controles periódicos y queda sujeta a la modalidad que determine el magistrado interviniente, según informó la propia Sala III compuesta por Mariano Hernán Borinsky, Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci.

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El juez del tribunal oral federal 4, Ricardo Angel Basílico, dispuso hoy mismo el traslado de De vido desde el penal de Ezeiza hasta el domicilio del ex fucionario, en la localidad de Zárate, con imposición del dispositivo de tobillera electrónica y control, además del mantenimiento de la prohibición de salida del país.

El tribunal federal fundamentó su resolución considerando la multiplicidad de enfermedades crónicas diagnosticadas a De Vido, de 76 años, así como el episodio cardíaco sufrido recientemente, que motivó una internación por arritmia y una intervención con angioplastía y colocación de stent.

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La defensa, liderada por el abogado Maximiliano Rusconi, apeló la decisión del Tribunal Oral Federal N° 4, que el 16 de abril había negado la prisión domiciliaria.

Según la presentación, De Vido sufre enfermedad cardiovascular arteriosclerótica difusa, diabetes tipo 2 insulinodependiente, fibrilación auricular persistente e hipertensión, además de antecedentes de ACV. Entre los datos incorporados, se describió un infarto agudo de miocardio ocurrido el 1 de abril de este año, que requirió traslado urgente y atención en tres centros médicos diferentes, incluida una angioplastia con implante de stent.

El informe del Cuerpo Médico Forense

El Cuerpo Médico Forense advirtió que, si el entorno carcelario no cumplía de manera estricta con las recomendaciones médicas señaladas, se incrementaba el peligro de crisis de salud o complicaciones irreversibles para el ex funcionario.

El expediente médico presentado ante la Cámara Federal de Casación Penal detalla que De Vido debió ser sometido a una cardioversión eléctrica, a una cinecoronariografía y a una posterior revascularización coronaria. Desde entonces requiere tratamiento permanente con anticoagulantes (apixaban) y antiarrítmicos (amiodarona), a los que se suma la necesidad de dieta controlada, controles clínicos de seguimiento y una infraestructura sanitaria adecuada para su condición de paciente de alto riesgo cardiovascular.

Las autoridades judiciales destacaron, según el fallo difundido, que la unidad penitenciaria donde De Vido se encontraba privado de libertad carece de los medios suficientes y apropiados para proveer todas las condiciones recomendadas como imprescindibles por el Cuerpo Médico Forense.

Decimo tercer aniversario de la Tragedia de Once
Decimo tercer aniversario de la Tragedia de Once/Gustavo Gavotti

“Si no se cumplía total o parcialmente con las exigencias señaladas, el entorno carcelario se consideraría un lugar inadecuado para el alojamiento del mencionado, incrementando el riesgo de descompensaciones y de la aparición de trastornos irreparables para su salud”, resalta la resolución de la Sala III, de acuerdo al análisis pericial incorporado al expediente.

La condena en la causa Once

De Vido cumple una condena de cuatro años de prisión e inhabilitación especial perpetua por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, en el contexto de la denominada “Tragedia de Once 2”. El TOF 4 consideró que no cumplió con su deber de controlar el uso de los fondos públicos asignados a Trenes de Buenos Aires (TBA), pero lo absolvió del delito de estrago culposo, por las muertes y lesiones del accidente, ocurrido en febrero de 2012 y que provocó la muerte de cincuenta y dos personas.

En noviembre pasado, La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme esa condena impuesta por el TOF 4. Esta decisión judicial implicó que la pena podía ejecutarse, dado que hasta ese momento no había estado detenido en el marco de esta causa.

La tragedia de Once, la mayor que tuvo lugar en el sistema ferroviario argentino, marcó un hito en la historia judicial del país por la magnitud de sus consecuencias y la implicación de altos funcionarios. La resolución de la Corte Suprema representó un paso definitivo en el proceso judicial iniciado tras el accidente, al consolidar la responsabilidad penal de De Vido por administración fraudulenta.

El ex ministro está siendo juzgado en otras causas judiciales, entre otras la causa Cuadernos, que se encuentra en pleno juicio oral y analiza el pago de supuestos sobornos millonarios en la obra pública.

En el transcurso de estos años, la defensa de De Vido habia pedido reiteradamente el beneficio del arresto domiciliario por motivos de edad y de salud, pero todos estos pedidos habían sido rechazados.

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