
El Tribunal Oral Federal N° 2 absolvió este martes a los ex presidentes del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), Liliana Amalia Mazure y Jorge Armando Alvarez, quienes afrontaron un juicio oral por una acusación de defraudación millonaria vinculada a fondos destinados a subsidios cinematográficos.
La sentencia también incluyó la absolución de tres productores que estuvieron imputados en la causa, Fernando Rubén Sokolowicz, Pablo Luis Rovito y Alejandro Juan Tossenberger.
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Los jueces del TOF N° 2, Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Néstor Costabel, fueron los encargados de dar a conocer el veredicto del juicio que había comenzado el 3 de junio pasado. Los fundamentos se darán a conocer el 11 de noviembre.
Tras emitir el fallo, el Tribunal dispuso el cese de las medidas cautelares que se ordenaron durante el proceso con relación a todos los imputados.
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Liliana Mazure y Jorge Álvarez estuvieron a cargo del INCAA durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner.
La investigación de la causa se inició en 2007, durante el primer mandato kirchnerista. El caso estuvo inicialmente a cargo del juez Claudio Bonadio, quien en 2018 procesó a los funcionarios mencionados y a Jorge Coscia, quien presidió el INCAA entre 2002 y 2005, pero falleció antes del juicio. La causa también fue instruida por el fiscal Gerardo Pollicita.
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Jorge Álvarez asumió la presidencia del organismo en diciembre de 2005, reemplazando a Coscia, luego de haber ocupado el cargo de vice. Alvarez se desempeñó hasta 2008, momento en que lo sucedió Mazure.
Ante el fallecimiento de Coscia, la acusación se centró en el periodo en que Mazure y Álvarez estuvieron a cargo del organismo, entre 2005 y 2013.
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De qué se trató la acusación
Según la elevación a juicio de la causa, las supuestas maniobras que no lograron probarse, de acuerdo al veredicto, consistían en irregularidades en la suscripción de convenios con diversas productoras.
La acusación señaló que los funcionarios que administraban los fondos no dispusieron de las medidas necesarias para comprobar la efectiva progresión de la obra cinematográfica. También se habían advertido presuntas falencias en las rendiciones de gastos que presentaron las productoras.
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Además de las supuestas irregularidades en la rendición de los subsidios, la Fiscalía sostuvo que muchas de las producciones cinematográficas en cuestión nunca se hicieron, lo que, según la acusación, generó un perjuicio económico al Estado.
El fiscal Gerardo Pollicita evaluó en su momento que la defraudación al Estado llegaría a 16.637.423 pesos, suma a la que se le debían añadir las actualizaciones correspondientes.
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Los convenios investigados se regularon por el Artículo 3 inciso “J” de la Ley 17.441, norma que permite al director del INCAA celebrar acuerdos con productoras, pero establece un límite del 70% del monto total presupuestado para la participación del organismo.
La elevación a juicio indicó que, en algunos casos donde se detectaron irregularidades, el INCAA aportó un porcentaje significativamente mayor al convenido sin que se realizaran acciones destinadas a recuperar lo que el organismo pagó.
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La acusación también expuso casos donde se dictaron adendas a los convenios originales para modificar los porcentajes de participación del INCAA, adecuándolos al costo definitivo de la producción, y otros casos donde las películas objeto del convenio nunca se entregaron.
Los proyectos
Respecto a Sokolowicz y Rovito, el fiscal Pollicita los imputó por el proyecto denominado “La Historia de América Latina”, una serie de 63 episodios (50 capítulos más un resumen de otros 13).
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Aunque los productores “percibieron la totalidad del aporte del INCAA”, que ascendió a 1.600.000 pesos, pagos que se realizaron durante las presidencias de Coscia y Álvarez, “solo se entregaron 18 de los 63 capítulos convenidos”, había sostenido la acusación.
En el caso de Tossenberger, se debatió el proyecto “La misión de Aukán”. Al momento de la firma, el productor recibió la suma de 275.000 pesos.
En 2013, Liliana Mazure declaró resuelto el convenio por incumplimiento, ante la falta de presentación de la copia final requerida por parte de la productora, y se dispuso el inicio de acciones judiciales. Sin embargo, la elevación a juicio señaló que no existían constancias de la efectiva promoción de dichas acciones.
En su alegato, la Fiscalía retiró la acusación contra el productor Alejandro Tossenberger.
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