
La justicia penal desestimó una denuncia que la conductora Wanda Nara inició con Alexander Caniggia, hijo del exfutbolista de la selección argentina Claudio Paul Caniggia, por calumnias e injurias por una serie de mensajes que publicó en sus redes sociales en los que llamó a la mujer como “grasa, cabeza, tilinga y gato acomodado”.
La jueza del Tribunal Oral Criminal 5 Cinthia Oberlander rechazó la denuncia porque entendió que Nara es una figura pública y, por lo tanto, está sometida a la crítica y exposición que ella misma hace de su vida. Todo en base a precedentes judiciales que se pronunciaron de la misma manera.
Canniggia publicó en las últimas semanas una serie de mensajes en sus cuentas de las redes sociales Instagram y X en los que dijo: “Yo voy a opinar porque sé de lo que hablo. El gato callejero llora”; “Si el gato callejero y el mono tuvieran un hijo seguro sería varón (…) gordito como la madre y feo como el padre", entre otros.
Nara consideró que esos mensajes dañan su imagen y su desempeño profesional como modelo, influencer y conductora, y también agravian su condición de mujer y madre. Por eso presentó una querella penal por los delitos de calumnias e injurias contra Canniggia.
En su resolución a la que accedió Infobae, la jueza Oberlander rechazó la denuncia. Explicó que la ley establece que no son calumnias e injurias “las expresiones referidas a asuntos de interés público o las que no sean asertivas” ni “los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público”. Se trató de una reforma legislativa de 2009 tras fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre libertad de expresión.
La magistrada explicó que figura pública no solo son funcionarios del Estado y que los temas de interés público no se limitan a cuestiones institucionales o actos de gobierno.

“En el caso traído a estudio, la querellante es una personalidad pública, reconocida en todos los medios masivos de comunicación nacionales e internacionales por aspectos vinculados a su vida privada y demás ámbitos de su intimidad”, sostuvo la jueza sobre Nara. Y agregó: “Si bien el avance sobre la intimidad de figuras públicas o populares no autoriza a dañar la imagen pública o el honor de la personas y menos, sostener que no tienen un ámbito de vida privada protegida de toda intromisión, también es cierto que su actuación pública o privada puede divulgarse en lo que se relacione con la actividad que les confiere prestigio y notoriedad”.
En esa línea, la jueza dijo que Wanda Nara “ha elegido que sus actividades salgan del dominio de la esfera privada para insertarse en la esfera del debate público y, es de público conocimiento, que todas las cuestiones relacionadas a su vida, entre ellas, su separación de un jugador de fútbol (NdA: Mauro Icardi) y su actual noviazgo con un cantante (NdA: L-Gante) son, ciertamente, objeto de constante exposición en las redes sociales y programas televisivos". “Son, claramente, de interés público”, concluyó.
“En este entendimiento, es razonable sostener que la querellante se halla sometida a cuestionamientos y críticas que pueden agraviar su honor pero, al ser una ´figura pública´, la entidad y gravedad de las manifestaciones deben poseer una mayor aptitud ofensiva que las descriptas en el escritor promotor de la causa para ser consideradas injuriantes o calumniantes en el sentido del Código Penal", analizó la magistrada en otro tramo de su fallo.
Así, entendió que los dichos de Caniggia “se trataron de meras opiniones o juicios de valor que no tienen un contenido informativo sobre otros hechos o circunstancias, más allá del conocimiento que brindan sobre las ideas propias del autor, a la vez que guardan relación con hechos de dominio público, como su separación mediática y su vínculo con otras figuras conocidas”.
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