
La Cámara Federal de Casación Penal volvió a dejar libre el camino para el regreso del ex asesor macrista Fabián Rodríguez Simón, quien consiguió una eximición de prisión, previo pago de una fianza de $3.120.000.000 y la imposición de una serie de obligaciones procesales, para poder regresar de Uruguay sin riesgo de ser detenido. Tanto la jueza María Servini como la Cámara Federal habían hecho lugar al pedido de la defensa. Pero los abogados Carlos Alberto Beraldi y Ary Rubén Llenovoy, querellantes en representación de Carlos Fabián De Sousa, interpusieron recurso de casación para cuestionar la decisión.
En un fallo firmado ayer, los jueces Carlos Mahiques y Javier Carbajo sostuvieron que “el recurrente no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado que permita hacer excepción a dicho principio general, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que el a quo consideró relevantes para confirmar la decisión”. Según dijeron, los magistrados de la Cámara Federal “analizaron correctamente el caso” y “resolvieron conforme las constancias obrantes en el expediente”. “Se advierte que las alegaciones expuestas por el recurrente traslucen una mera disconformidad con el análisis efectuado sobre la cuestión, sin lograr conmover a través de los argumentos expuestos en el recurso de casación los fundamentos” de la resolución. “Por todo ello, y toda vez que no se observa la existencia de cuestión federal suficiente o la verificación de un supuesto de arbitrariedad es que debe rechazarse la queja interpuesta, con costas”, agregaron.
Por su parte, el juez Daniel Antonio Petrone coincidió diciendo “el recurrente no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, por lo que adhiero a la solución propuesta por mis colegas”. De esta manera, el tribunal rechazó el recurso de queja.

Los problemas judiciales para Rodríguez Simón comenzaron en marzo de 2021. Para ese entonces, Servini había avanzado con una investigación en su contra en la que se lo acusaba de haber integrado una presunta asociación ilícita. Se trata de la denuncia que radicó el empresario De Sousa diciendo que se conformó una banda para sacarle el Grupo Indalo y en la que operó en conjunto con la AFIP y la prensa.
Servini llamó a indagatoria a “Pepín”, pero el ex asesor no se presentó a la cita. Fue entonces cuando la jueza lo declaró en rebeldía en mayo de 2021 y dictó una orden de captura. Previo al pedido a Interpol para su detención y extradición en Argentina, Simón inició el trámite ante la CORE (Comisión de Refugiados) para obtener la condición de refugiado en ese país. La Corte Suprema de Uruguay rechazó un recurso de casación presentado por el ex funcionario macrista, pero el fallo no tuvo efectos inmediatos porque la defensa de Rodríguez Simón presentó un segundo pedido de refugio en diciembre pasado de 2022.
A cinco meses de la asunción del gobierno de Javier Milei, la defensa de “Pepín” sorprendió con un pedido de eximición de prisión para poder volver a la Argentina sin ser detenido y presentarse en los tribunales a su indagatoria. Entendió que con las nuevas autoridades podía volver y se estimaba corroborada una intención real de sustraerse de la justicia.
El 8 de mayo, la jueza Servini le concedió el pedido bajo caución real de $3.120.000.000 y la imposición de una serie de obligaciones procesales. Tanto el fiscal Guillermo Marijuan como los empresarios López y De Sousa apelaron contra la resolución de Servini. La defensa de Rodríguez Simón cuestionó que los querellantes pudieran oponerse al tema, pero la Cámara Federal confirmó su rol por “la amplia participación de la víctima en el marco de un proceso penal”.
El tribunal de alzada se pronunció por dos votos a uno. El juez Martín Irurzun rechazó el pedido de la defensa al asegurar que “el mantenimiento en el tiempo de la condición de prófugo constituye un factor de envergadura a la hora de merituar el riesgo de fuga”. Y cuestionó “la alegación de una suerte de ‘persecución’ (político/judicial)” de “Pepín”.

El juez Leopoldo Bruglia tuvo otro criterio. “No se desconoce que fueron tres años en los que el imputado permaneció en esa situación procesal, pero resultan dirimentes a los fines de esta incidencia ponderar cuáles fueron los motivos y justificativos que esgrime para ausentarse del proceso. Y justamente, en ello radica la excepcional particularidad que reviste el presente caso”, dijo. Y aseguró que “Rodríguez Simón no ha permanecido oculto y con paradero desconocido (circunstancia ésta excepcional que no caracteriza los procesos en rebeldía), sino que se ha trasladado a la República Oriental del Uruguay -fijando allí domicilio- a los efectos de ejercer un derecho que entendió legítimo, cual fue el de solicitar el 6 de mayo de 2021 el reconocimiento de su condición de refugiado político. Esta circunstancia fue debidamente anoticiada en autos el día 18 del mismo mes y año”, resaltó.
“Si los justificativos que esgrime aquí para ampararse en el derecho de refugio fueron reales y si Rodríguez Simón es responsable de los hechos que se le imputan en esta causa, lo sabremos y tendrá la respuesta jurisdiccional que corresponda -con todas las instancias de garantía- en el ámbito de este proceso y mediante su debida sujeción al mismo”, advirtió. Y ponderó que la manera de avanzar con el proceso es concretar la indagatoria.
A la hora de desempatar, el juez Pablo Bertuzzi destacó que “ha sido la propia instructora quien, tras haber decretado la rebeldía de Fabián Jorge Rodríguez Simón en el año 2021, consideró admisible la actual pretensión del encartado de presentarse al proceso en libertad, tras entender que resultaba favorable el cambio de actitud por él demostrado, como así también que acceder a lo solicitado permitiría avanzar en el trámite del expediente a su respecto”. Para Bertuzzi, “tampoco resulta apropiado considerar que Rodríguez Simón se mantuvo prófugo y con paradero desconocido”.
Esta fue la resolución que cuestionó la querella de De Sousa y que hoy fue ratificada por la Cámara de Casación.
Últimas Noticias
Intentaron cruzar a Uruguay con USD 52.200 sin declarar y evitaron el juicio al entregar el dinero al Estado
Encontraron los billetes escondidos en una camioneta con la que iban a embarcar rumbo a Colonia: se les aceptó que el dinero quede como donación para “reparación integral” del daño

A los 17 perdió el útero tras una infección luego de una cesárea: 20 años después la Justicia rechazó su demanda
La joven pasó tres meses en terapia intensiva y debió someterse a diálisis tras sufrir una grave sepsis. El tribunal absolvió a cuatro profesionales y declaró prescripta la acción contra la municipalidad por la intervención realizada en 2006. El fallo concluyó que la atención médica se ajustó a las guías clínicas y que se administró correctamente la profilaxis antibiótica

Jugaba un partido de fútbol 5, se quebró la pierna por un pozo en el sintético y la Justicia ordenó indemnizarlo con $79 millones
Le ocurrió a un joven en un complejo de Pilar. Sufrió una grave fractura, debieron colocarle clavos y tornillos y quedó con secuelas físicas y psicológicas permanentes. La Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad de los dueños del predio por no garantizar condiciones seguras para la práctica deportiva y elevó considerablemente el monto de la indemnización

Un ventilador, un cortocircuito y un juicio que le salió caro a una aseguradora: deberá pagar casi tres veces su valor más intereses y costas
La compañía rechazó la cobertura al alegar que se trataba de un “riesgo no cubierto”. Sin embargo, la Justicia concluyó que incumplió su deber de información hacia el consumidor y le impuso una multa por daño punitivo

Caso AMIA: el Estado deberá indemnizar a un expolicía detenido durante seis años
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó que existió error judicial en la causa “Brigadas”, una derivación de la investigación del atentado contra la mutual judía, y dejó pendiente la eventual responsabilidad civil del ex juez federal Juan José Galeano y de los exfiscales Eamon Mullen y José Barbaccia




