
En línea con el fiscal Diego Luciani, el Tribunal Oral Federal 2 denegó la suspensión del juicio a prueba para cinco manifestantes acusados de arrojar piedras, botellas y bombas molotov contra el Congreso durante una protesta en marzo de 2022 en rechazo al acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI).
Se trata de Jonatán Emanuel García, Oscar Ramón Santillán, Julián Claudio Lazarte, José Horacio Fernando Castillo y Gonzalo Martín Ezequiel Fonteina, quienes ahora deberán afrontar un juicio oral y público imputados por “haber participado en los desmanes generados en las inmediaciones del Congreso Nacional, en ocasión en la que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación se encontraba tratando el acuerdo celebrado entre el Poder Ejecutivo Nacional y el Fondo Monetario Internacional”, informó Noticias Argentinas.
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En efecto, esos disturbios en el Parlamento fueron provocados por un grupo de manifestantes el 10 de marzo de 2022 en el marco del tratamiento de un acuerdo entre el Gobierno nacional y el FMI para refinanciar la deuda. La protesta había sido convocada por el Frente de Izquierda y los Trabajadores (FIT Unidad) y otras organizaciones de izquierda. Los incidentes comenzaron poco después de que comenzara oficialmente la sesión en la Cámara Baja. Primero con una quema de gomas frente al Congreso y luego con un ataque de botellas y piedras a las ventanas de ese edificio, una de las cuales era la del despacho -ubicado en el primer piso- de la entonces vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.
El momento más crítico en la escalada de violencia se registró cuando un efectivo de la Policía porteña fue blanco de una bomba molotov arrojada por los manifestantes y resultó herido. Las agresiones comenzaron a las 15 y finalizaron una hora después con la intervención de las fuerzas de seguridad. Los daños de esa tarde fueron valuados en 6,2 millones de pesos al Congreso y 7,5 millones a la vía pública.
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La negación de la probation -que suspende el juicio a cambio de ciertos requisitos de conducta- estuvo en manos del juez Rodrigo Giménez Uriburu de forma unipersonal. El fiscal Diego Luciani, en tanto, se había negado a la propuesta de las defensas de evitar el debate oral. Todos los involucrados están acusados por los delitos de “daño agravado y resistencia a funcionarios públicos en el legítimo ejercicio de sus funciones”, y afrontan penas de hasta cinco años de prisión.
En ese sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal señaló que llegada la instancia del juicio él pediría al momento de alegar una pena de “efectivo cumplimiento”. También destacó “la necesidad de que la ciudadanía tome conocimiento de lo acontecido y del juicio de responsabilidad de los intervinientes”.
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Por su parte, las defensas de los imputados habían articulado un pedido de suspensión del juicio a prueba sin ofrecimiento de reparación económica por los daños producidos en la manifestación. Este hecho fue tomado en cuenta por el juez Giménez Uriburu, quien para denegar el beneficio procesal consideró que los cinco eran “personas jóvenes, en edad de empleabilidad, algunos de ellos efectivamente con trabajo -Lazarte y Fonteina en relación de dependencia, Santillán como artista callejero y Castillo como prestamista- y varios beneficiados con planes sociales de asistencia”.
“Recuérdese que mientras que para García el programa Potenciar Trabajo sería su único medio de subsistencia, en el caso de Lazarte y Fonteina constituye una fuente de ingreso adicional al que generan con su labor”, dijo el juez, y añadió: “Dentro de las posibilidades de cada uno y al amparo de la laxitud que permite la ley, les era exigible demostrar una mínima disposición para satisfacer un requisito esencial del instituto”.
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El juez Giménez Uriburu conformó el TOF 2 que condenó en diciembre de 2022 a Cristina Kirchner a seis años de prisión por administración fraudulenta en el caso conocido como “Vialidad”. En ese proceso participó el fiscal Luciani, que había solicitado para la expresidenta una condena de 12 años de cárcel.
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