Juan Carlos Peinado ya no volverá a sentarse en el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid. El magistrado se jubiló este domingo, apenas unos días después de dictar el auto que envía a Begoña Gómez y a su asesora, Cristina Álvarez, a juicio con jurado popular. La causa que ha marcado los últimos dos años y medio de su carrera queda ahora en manos de la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá poner fecha al juicio y resolver las cuestiones que todavía planteen las partes.
Para Luis María Pardo, presidente de Iustitia Europa y una de las acusaciones populares personadas en la causa, el balance de esa instrucción es claro. Frente a quienes han cuestionado la actuación del magistrado durante estos meses, Pardo sostiene que Peinado “ha realizado una instrucción acorde a derecho” y considera que las críticas que ha recibido han sido “indecentes e inmorales”.
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Su defensa del juez llega precisamente cuando el instructor acaba de abandonar la carrera judicial y después de una investigación en la que la Audiencia Provincial de Madrid ha corregido algunas de sus decisiones. El tribunal dejó finalmente en dos los delitos por los que Gómez será juzgada —tráfico de influencias y malversación— y descartó otros dos que Peinado había incluido inicialmente: corrupción en los negocios y apropiación indebida. También levantó las medidas cautelares personales que había acordado contra ella.
Pardo, sin embargo, interpreta esas correcciones dentro del funcionamiento normal de la Justicia. “El juez tiene un tribunal superior que le corrige”, señala. Y recuerda que varias de las resoluciones de Peinado fueron recurridas sin que ello terminara en una sanción al magistrado. “Nos puede gustar más o menos lo que haga un juez”, admite, pero considera que la presión sobre el instructor terminó siendo “absolutamente desmedida”.
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No es una cuestión menor para Pardo. A su juicio, esa presión no solo afectó a Peinado, sino que podía terminar proyectándose sobre los tribunales llamados a revisar sus decisiones. “Lo único que se intentaba era hacer una presión, ya no tanto sobre él, que la ha sufrido y seguramente su familia también, también como la jueza Biedma, sino que esa presión escalara a los tribunales que tenían que decidir”, sostiene.
La defensa de Peinado
Entre las decisiones más discutidas estuvieron precisamente las medidas cautelares que el magistrado llegó a imponer a Gómez. En julio, la Audiencia Provincial anuló la retirada de su pasaporte, la prohibición de salir de España y la obligación de comparecer periódicamente ante el juzgado al considerar que no existía un riesgo real y efectivo de fuga con la intensidad necesaria. Pardo mantiene que Peinado actuó dentro de sus competencias. “Él adopta como juez de instrucción unas medidas cautelares porque, en el momento, piensa que esas son las medidas que él tiene que adoptar”, explica. Que la Audiencia las revocara, añade, no significa que el instructor hubiera cometido una irregularidad susceptible de sanción.
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Y ahí introduce uno de los episodios que más le llamaron la atención de aquella resolución, como es el debate sobre la posibilidad de que la escolta de Gómez pudiera facilitar una eventual huida. “Que no nos digan que no se puede fugar con la escolta, eh”, afirma Pardo, antes de recurrir a un precedente italiano. Cita el caso de Bettino Craxi, antiguo presidente del Consejo de Ministros italiano, que abandonó un hotel pese a la presencia policial y terminó muriendo en Túnez, fuera del alcance de la Justicia.

Pero el siguiente movimiento que Pardo reclama ya no tiene que ver con Peinado, sino con Pedro Sánchez. El presidente del Gobierno fue citado durante la instrucción y declaró ante el juez, aunque se acogió a su derecho a no responder a las preguntas de las acusaciones. Ahora, con el procedimiento encaminado hacia un juicio con jurado, las acusaciones deberán plantear qué testigos consideran necesarios para la vista. Entre ellos, Pardo quiere que vuelva a aparecer el nombre de Sánchez. “Si hubiera sido otro caso, pues sería el primero que al que se citaría”, sostiene. Y añade: “Yo entiendo que debería comparecer, claro”.
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La razón que esgrime está vinculada al origen de una de las principales líneas de acusación: la influencia que, según la tesis acusatoria, pudo ejercer Gómez en relación con la creación y desarrollo de la cátedra de la Universidad Complutense que codirigió. La Audiencia Provincial consideró en julio “perfectamente verosímil” que la condición de esposa del presidente pudiera ser un elemento a tener en cuenta para investigar ese posible tráfico de influencias, aunque el juicio tendrá que determinar si existió realmente una influencia penalmente relevante y si esta fue determinante para obtener un beneficio.
Preguntado por qué espera de una eventual declaración de Sánchez, Pardo responde sin demasiados rodeos: “Nada bueno. De Pedro Sánchez no espero nada bueno”. La declaración del presidente, en cualquier caso, no sería la única que considera relevante. Pardo señala también al vicerrector de la Complutense Juan Carlos Doadrio y al director de la cátedra. “Van a tener que explicar muchas cosas”, afirma. Para la acusación popular, ambos pueden resultar especialmente importantes a la hora de reconstruir cómo se puso en marcha la cátedra y qué papel desempeñó Gómez en todo ese proceso.
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El problema de demostrar la influencia
Ahí aparece, en realidad, una de las principales dificultades que Pardo identifica de cara al juicio. Más allá de las personas que puedan sentarse en el banquillo de los testigos, el reto será convertir los indicios acumulados durante la instrucción en una prueba que permita sostener una condena contra Begoña Gómez. “El delito de tráfico de influencias, un delito típico español, es el delito del enchufado”, resume Pardo. Y apunta directamente al principal problema probatorio: “Lo más difícil de acreditar es cuando tú has enchufado a una persona a través de una influencia”.
La dificultad, explica, está en que ese tipo de actuaciones rara vez dejan una prueba documental directa. “Nadie va a poner por escrito: ‘Yo te doy el puesto’, y te lo firma y te dice: ‘Hola, soy el rector’, y te pone la fecha y un sello. Eso no va a existir”. Por eso, sostiene, la acusación tendrá que apoyarse en los indicios. “¿Qué tenemos que buscar? Los indicios que acrediten que eso ha sucedido". El objetivo será que esos indicios puedan convertirse durante el juicio ante el jurado en una prueba de cargo capaz de acreditar la culpabilidad.
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Pardo reconoce que no será sencillo. Para ilustrarlo, recurre al procedimiento seguido contra David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, donde su partido político también ejerció la acusación. Según recuerda, la Audiencia Provincial de Badajoz concluyó que no se había acreditado quién habría ejercido la supuesta influencia. “Ante la duda, el derecho penal español está a favor siempre del reo”, señala.
El juicio de Begoña Gómez tendrá ahora que recorrer precisamente el camino de determinar qué hechos pueden darse por acreditados y cuáles se quedan en el terreno de los indicios. La Audiencia Provincial ya ha fijado el marco con dos delitos y un jurado popular. Para Pardo, la clave estará en que las acusaciones consigan responder a una pregunta muy concreta: quién influyó, cómo lo hizo y hasta qué punto esa influencia fue determinante. “Tendremos que esmerarnos mucho en que eso se produzca y que encontremos los indicios que hagan prueba. No será sencillo”, sentencia.
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