
La Audiencia Provincial de Madrid ha revocado la decisión del juez Juan Carlos Peinado de investigar por presunta malversación al actual delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín Aguirre, en el marco de la causa abierta contra Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
En un auto al que ha tenido acceso EFE, los magistrados estiman los recursos presentados tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado contra la resolución dictada en mayo por Peinado, que había acordado imputar a Martín por su supuesta implicación en la contratación y supervisión del trabajo de Cristina Álvarez, asesora de Gómez, durante su etapa como secretario general de la Presidencia del Ejecutivo entre 2021 y 2023.
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La Audiencia sostiene que no existe “el más mínimo indicio” de que Martín participara en alguna desviación de las funciones asignadas a Álvarez, motivo por el cual rechaza la querella presentada por Vox que originó esta línea de investigación.
Un revés procesal a la querella de Vox
Con esta decisión, el tribunal madrileño ordena retirar al delegado del Gobierno su condición de investigado y aboca al archivo de esta parte del procedimiento. Los magistrados recalcan que la imputación impulsada por Peinado se basaba en acusaciones que califican de “meras suposiciones”, sin sustento documental ni conexión probada con las decisiones de contratación o supervisión de la asesora destinada en La Moncloa. La querella atribuía a Martín la participación en un supuesto desvío de funciones que habría favorecido los intereses personales de Gómez, una hipótesis que la Audiencia descarta de forma tajante.
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El auto recuerda que Cristina Álvarez fue nombrada en 2018, tres años antes de que Martín asumiera la secretaría general de la Presidencia, lo que a juicio del tribunal ya invalida la consideración de que participara en ese proceso de designación. Además, los magistrados insisten en que no existe ningún indicio de que el delegado del Gobierno ejerciera tareas de control directo sobre la actividad de la asesora ni de que hubiera sido advertido de un eventual exceso en sus funciones.
En su resolución, la Audiencia precisa que la acusación popular que presentó Vox atribuyó a Martín un posible delito que, según el tribunal, no queda respaldado por prueba alguna. Los magistrados subrayan que la ausencia total de elementos incriminatorios impide sostener una línea de investigación contra él y que, por tanto, la querella nunca debió ser admitida a trámite.
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La Audiencia marca el rumbo de la instrucción
El tribunal aprovecha el auto para insistir en cuál debe ser el objeto real de la investigación: determinar si la asesora Cristina Álvarez pudo sobrepasar sus funciones para favorecer un supuesto plan delictivo vinculado a un delito de tráfico de influencias atribuido a Begoña Gómez. Ese sería, según los magistrados, el núcleo de la causa, y no la ampliación del círculo de investigados hacia antiguos altos cargos de Presidencia sin conexión acreditada con los hechos.
Este pronunciamiento se suma a otros correctivos recientes al juez Peinado. El Tribunal Supremo ya descartó investigar al ministro de Justicia, Félix Bolaños, por los mismos hechos, mientras que el propio instructor archivó días atrás la causa respecto de la sucesora de Martín, Judit Alexandra González, a quien también llegó a considerar imputar. La Audiencia incide en que ninguna de las querellas que han tratado de extender responsabilidades hacia estos cargos ha aportado pruebas suficientes para justificar su inclusión en el procedimiento.
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La decisión llega después de que Francisco Martín compareciera en mayo ante Peinado para negar cualquier participación en la contratación de Álvarez o en la presunta desviación de sus funciones. Explicó entonces que asumió su cargo en 2021, cuando la asesora llevaba tres años en su puesto, y que nunca recibió advertencia alguna de irregularidades. Su testimonio, según subraya ahora la Audiencia, no ha sido desmentido por ninguna documentación aportada por las acusaciones.
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