
Comenzó la cuenta regresiva para los monotributistas. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que “la implementación ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes introdujo un conjunto de beneficios y modificaciones que las y los monotributistas deben confirmar o tramitar a través de la página web de la AFIP”.
En este sentido, precisó que “las fechas relevantes para tener en cuenta son las siguientes: el Vencimiento de la fecha de ingreso de las obligaciones mensuales de enero a junio es hasta el 5/8; la adhesión a la moratoria, desde el 6/8; la recategorización del 28/7 al 17/8; el pago de obligación de agosto, hasta el 27/8″.
En tanto, la obligación mensual del monotributo correspondiente a junio vence mañana, jueves 5 de agosto. “La AFIP había postergado el vencimiento que operaba en el sexto mes para acompañar la discusión en el Congreso Nacional de la ley de alivio fiscal”, que tuvo que ser sancionada por los errores reglamentarios previos que generaron una deuda entre miles de pequeños contribuyentes.
“El valor que rige para la cuota del monotributo de junio se retrotrajo al de diciembre de 2020. Las escalas que se deben tener en cuenta son las correspondientes a la Ley 27.618, que pueden consultarse en la página web del Monotributo de la AFIP”.
Mañana también “opera el vencimiento de las obligaciones mensuales de entre enero y mayo para las y los monotributistas que aún no las abonaron”.
“La ley de alivio fiscal contempla que las cuotas del primer semestre de 2021 sean abonadas con los valores vigentes en diciembre de 2020. Quienes tengan saldos a favor podrán reimputarlos”.

En tanto, “el vencimiento de la obligación mensual de agosto se postergó hasta el 27 del mes en curso. Para el pago de los tres componentes de la cuota del monotributo de agosto -impositivo, obra social y jubilación- regirán los valores correspondientes a la recategorización que comenzó el 28 de julio y que se extiende hasta el 17 de agosto”.
Respecto de la moratoria para monotributistas, “entre los beneficios que habilitó la AFIP para monotributistas, previstos en la ley de alivio fiscal, se encuentra la moratoria para que las y los pequeños contribuyentes regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021”.
“El servicio web para adherirse estará disponible a partir del viernes 6 de agosto. Este plan de facilidades, que estará habilitado hasta el 30 de septiembre, contempla la condonación de intereses y multas. Los pequeños contribuyentes podrán regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%”, señaló la AFIP.
Sobre la recategorización, “comenzó el 28 de julio y estará habilitada hasta el 17 de agosto; este plazo fue dispuesto por la AFIP para garantizar que las y los pequeños contribuyentes realicen el procedimiento con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal”.
“Con la reglamentación de la ley de alivio fiscal para las y los monotributistas, la AFIP instrumentó la actualización excepcional de las escalas que contempló un incremento en la facturación máxima por categoría de hasta 77%”.
De este modo, “la recategorización en curso podrá realizarse con los nuevos valores. Las escalas actualizadas pueden consultarse en la página web del monotributo de la AFIP”. A su vez, “los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022”.
“La recategorización es un procedimiento obligatorio que se realiza dos veces al año donde las y los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo le corresponde de acuerdo con su actividad durante los últimos 12 meses. Todos los contribuyentes deben realizar el procedimiento. Cuando no corresponda modificar la categoría, las personas deben confirmar su permanencia en la que corresponda”, señaló el organismo tributario.
Monotributo unificado
La AFIP y la ARBA lanzaron una medida conjunta para que más de 1 millón de contribuyentes de la provincia de Buenos Aires puedan pagar el monotributo y el impuesto a los Ingresos Brutos en una sola operación. La implementación del monotributo unificado simplificará el cumplimiento de las obligaciones tributarias y reducirá la carga administrativa a la hora de pagar.
Según explicó la AFIP en un comunicado, la unificación permitirá “simplificar y unificar trámites nacionales y provinciales como el pago de impuestos. Con la firma de la resolución conjunta entre la AFIP y la ARBA, Buenos Aires pondrá a disposición de sus contribuyentes los beneficios a los que ya acceden Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Río Negro, San Juan y Salta. Durante agosto las y los contribuyentes deberán adherirse al nuevo monotributo unificado que comenzará a regir a partir de septiembre”.
La implementación del monotributo unificado permitirá que los contribuyentes utilicen una única Constancia de Inscripción. Quienes adhieran al régimen también dejarán de presentar declaraciones juradas mensuales y anuales de Ingresos Brutos. Además, a esos contribuyentes ya no se les practicarán retenciones ni percepciones por los movimientos que realicen en sus cuentas bancarias ni en las operaciones con tarjetas de crédito.
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