
Se acerca septiembre y, una vez más, el Banco Central espera una disparada de las compras de dólares por parte de minoristas que se concentran en su mayoría en los primeros días del mes. Aunque la mayor parte de los compradores son ahorristas cuyos movimientos no pueden ser objetados de ninguna manera por la entidad conducida por Miguel Pesce, aun así el regulador está en alerta para desincentivar maniobras que hagan aún más fuerte el impacto sobre las reservas.
Este mes el BCRA dio a conocer una lista de casi 5.000 personas que quedaron inhabilitadas para comprar dólares en el mercado formal y a las que se les armó un sumario que puede derivar en una causa judicial con multas de hasta 10 veces lo operado y hasta 8 años de prisión en caso de reincidencia. Cada caso es distinto, pero en el agregado los movimientos financieros de los ahorristas involucrados muestran patrones en común.
Se trata de cuentas en pesos y en dólares que fueron abiertas en simultáneo, en general sin historia previa de movimientos cambiarios relevantes, y muchos de ellos simplemente prestaron sus DNI. No se trata de personas que superaron el límite de transferencias mensuales ni otros incumplimientos menores, que tienen otro tratamiento.
Los 5.000 sumarios llegaron semanas después de la inhabilitación para operar en cambios de otros 360 CUIT, también por supuestas violaciones a la ley penal cambiaria.
Sin la posibilidad de cerrar esa canilla, en el Gobierno primaron los temores respecto al impacto político y financiero que tendría hacerlo, ahora la entidad trata de limitar el crecimiento de las compras desde lo regulatorio. Y de aumentar la percepción de riesgo de los que intentan distintos trucos para evadir los controles de cambio.
¿Por qué el BCRA investiga al “chiquitaje”? La preocupación de la entidad monetaria se basa en el sacrificio de reservas líquidas para equilibrar la oferta del mercado de cambios. El Central vendió en la plaza de contado más de USD 900 millones en agosto tras sacrificar USD 568 millones más el mes previo.
Según pudo conocer Infobae, el factor en común entre las personas inhabilitadas por el BCRA es que, en general, abrieron las cuentas sin la documentación correspondiente. La primera cuenta bancaria se puede abrir por “debida diligencia” con apenas la presentación digital de un DNI. Nuevas aperturas requieren medidas de seguridad más estrechas, más específicamente antilavado, que deben cumplir los bancos y entidades financieras, del tipo “conozca a su cliente”. Esto es, que los bancos deben ocuparse de exigir pruebas tangibles del origen de los fondos de sus clientes.
Por lo general, también, estas cuentas relativamente nuevas recibieron transferencias en pesos que usaron de inmediato para comprar dólares. Luego, remitieron los dólares a una cuenta recaudadora, de un tercero. En las operaciones los bancos digitales –entidades financieras sin sucursales que abren cuentas a distancia y permiten operar con mayor agilidad y menos costos– tienen un rol preponderante.
Los que están en la lista, técnicamente, son acusados por el BCRA por “falsas declaraciones en operaciones de cambio” y los organizadores, dueños de las cuentas recaudadoras a las que eran destinadas los dólares, por “operar en cambios sin autorización”.

La sospecha es que muchos de los nuevos compradores prestaron sus DNI a terceros que abrieron las cuentas y las utilizaron para comprar divisas, aprovechando el cupo de USD 200 asignado a cada uno de ellos. Los prestanombres cumplieron el rol de “coleros digitales”, mientras que los segundos son “organizadores” o “recaudadores”.
La suspensión por tiempo indeterminado para operar en cambios no es la única medida que toma el BCRA contra estos usuarios. La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias, encargada de la regulación, arma sumarios y los deriva a la Justicia. Los casos quedan a cargo de juzgados penales económicos porteños, en el caso de ciudadanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o de los juzgados federales en el caso de residentes del resto del país.
Las penas a las que están sujetos “coleros digitales” y “recaudadores” van desde multas que pueden alcanzar hasta 10 veces el monto de la infracción o, incluso, en caso de reincidencia, penas de prisión que en principio llegan a los 8 años. Además, el BCRA tiene la posibilidad de inhabilitar para operar en el mercado de cambios hasta por 10 años.
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