Estos son los años que puedes ir a la cárcel si vendes pirotécnicos clandestinamente

En los últimos días dos almacenes clandestinos de pirotecnia ocasionaron la muertes de personas tras iniciarse dantescos incendio. Uno de ellos fue en el distrito de Ate y otro en Ventanilla.

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La Sucamec advirtió que los lugares clandestinos pueden ser denunciados por los ciudadanos.
La Sucamec advirtió que los lugares clandestinos pueden ser denunciados por los ciudadanos.

La venta de pirotécnicos en nuestro país aumentan considerablemente, sobre todo en fiestas navideñas. Ante esto, existe una ley que regula la venta, fabricación y transporte de estos productos que son altamente peligrosos.

El pasado 28 de diciembre se conoció que dos almacenes donde se fabricaban pirotécnicos de manera clandestina explotaron y ocasionaron la muerte de tres personas. El primero se registró en el distrito de Ventanilla, exactamente en la zona de Pachacútec.

“La explosión ha sido fuerte (...) adentro vivían bebitos, quien iba a imaginar que se fabricaban cohetes”, narró una vecina a América TV.

El siniestro dejó como saldo dos muertos y 11 heridos con quemaduras de segundo, tercer y cuarto grado, de acuerdo a la confirmación de la PNP del Callao.

El segundo caso fue en el distrito de Ate Vitarte en donde un hombre perdió la vida tras el fuerte incendio que se produjo en un almacén clandestino en horas de la tarde. Tras este siniestro, un trabajador de 42 años falleció y dos personas resultaron heridas.

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¿Qué dice el Código Penal sobre los pirotécnicos?

Según el artículo 6 del Código Penal, hace mención sobre esta infracción, el cual al fabricar estos productos clandestinos se convierte en una grave sanción.

6.1 Las personas naturales y los representantes legales de las personas jurídicas que fabriquen, importen, exporten, depositen, transporten y comercialicen productos pirotécnicos de cualquier tipo, sin cumplir con el requisito de la autorización previa a que se refiere el Artículo 2 o los que vendan estos productos a menores de edad, serán reprimidos con pena privativa de la libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años y trescientos sesenta y cinco días multa.

6.2 La pena será no menor de cinco ni mayor de diez años, si a causa de la fabricación, importación, depósito, transporte y comercialización de artículos pirotécnicos, se produjesen lesiones graves o muerte de personas.

6.3 Sin perjuicio de que el juez gradúe la pena conforme a lo dispuesto en el Artículo 46 del Código Penal, también deberá tener en consideración la importancia de las acciones típicas, la cantidad de material empleado en el hecho punible y demás circunstancias que fueran pertinentes.

Varios distritos han solicitado permisos, pero solo una ha recibido autorización hasta el momento.
Varios distritos han solicitado permisos, pero solo una ha recibido autorización hasta el momento.

Municipalidad de Ate se pronuncia

Sonia Ortiz Lévano, sub gerente de Fiscalización de la Municipalidad de Ate, contó a los medios de comunicación que el lugar siniestrado es una vivienda multifamiliar, por lo que el almacenamiento de artefactos pirotécnicos se realizaba de manera clandestina. Además, aclaró que los vecinos nunca denunciaron el almacenamiento de estos productos.

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“Eso es falso. Lamentablemente, los vecinos, en una falsa complicidad, lamentablemente no denuncian. Esta es una vivienda multifamiliar. Todas son familias no han denunciado. No tenemos una denuncia, no teníamos conocimiento. No podíamos haber visto porque como ve todas son viviendas. La Municipalidad es un ente administrativo y no podemos ingresar a una vivienda con una orden judicial”, acotó para Canal N.

“Recién los vecinos han comenzado a comentar. Hemos ido a los dos puntos conjuntamente con la Policía. También son dos viviendas, no hemos podido acceder. Vamos a hacer las coordinaciones para que se inicie el proceso de ingreso. Solo con autorización judicial podemos ingresar ahí. Lamentablemente, como en este caso, se trabajó de manera oculta con complicidad de los propios vecinos”, insistió.

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