6 de agosto: ¿este feriado también se aplicará al sector privado y público?

Sin bien la normativa publicada en diario El Peruano hace referencia solo al sector público, un especialista hace importante observación.

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Foto referencial: Andina.
Foto referencial: Andina.

El pasado 26 de julio, el diario oficial El Peruano hizo público la oficialización de la Ley 31530 que declara el día de hoy 6 de agosto como feriado nacional. La normativa fue aprobada con el fin de conmemorar la Batalla de Junín. De esta manera, las entidades e instituciones públicas podrán gozar de un feriado más en el calendario 2022.

Muchos ciudadanos recién toman conocimiento sobre esta ley, y por ello, han surgido dudas sobre si esta aplica también para el sector privado, así como los pagos salariales que corresponden por ley a quienes laboren en fechas festivas.

Ante ello, resolvemos estas dudas en los siguientes párrafos.

¿EL SECTOR PRIVADO TAMBIÉN DEBERÁ RECIBIR BENEFICIOS POR TRABAJAR EL 6 DE AGOSTO?

Este feriado 6 de agosto alcanza tanto al sector público como al privado, según explica el abogado laborista Ricardo Herrera para diario La República.

“Si bien es cierto el artículo 1 de la ley que declara el 6 de agosto como feriado solamente se refiere al sector público, el artículo 2 modifica la ley de descansos remunerados, que es el Decreto Legislativo 713, y en esa modificatoria incluye esta fecha como feriado. De esta forma queda demostrado que también para el sector privado es día feriado nacional”, señaló el especialista para el mencionado medio.

De esta manera, los trabajadores en modalidad remota o presencial de empresas privadas también podrán pedir sus beneficios de ley a la entidad a la que está sujeto. Cabe mencionar que, la empresa contratadora tiene el deber de pagar un sueldo mas un doble de esta remuneración a sus empleados o negociar un descanso sustitutorio.

¿CUÁNTO DEBO RECIBIR SI TRABAJO EL FERIADO 6 DE AGOSTO?

Si trabajas el 6 de agosto recibirás un doble pago a fin de mes y esto aplica para el sector público como el privado. Recuerda que el pago total de tu salario incluye todos los días feriados del mes, por lo que el primer pago del 6 de agosto ya está cubierto.

Sin embargo, si trabajas en esta fecha, toma en cuenta que recibirás un doble pago tal como lo indica la legislación.

Por ejemplo, si el trabajador recibe S/ 1500 soles mensuales, deberá de dividirlos entre 30 días y el resultado será 50. Eso quiere decir que, por día laborado, percibe S/ 50 soles.

Entonces si trabaja el 6 de agosto, por esa fecha recibirá un adicional de S/ 100 soles, monto que verá a fin de mes.

DATO: No se le denomina pago triple porque el pago general es aquel que el trabajador ya conoce y el monto adicional solo equivale a dos pagos, según ‘El Peruano’.

¿QUÉ OTRO FERIADO HAY EN EL MES DE AGOSTO?

Hay un feriado nacional y es el 30 de agosto y se celebra el día de Santa Rosa de Lima. Solo en el caso del sector público el 29 de agosto es día no laborable, pero compensable.

FERIADOS EN PERÚ 2022

Ahora, según el artículo 6, además del 6 de agosto, los días feriados son los siguientes:

- Año Nuevo (1 de enero)

- Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)

- Día del Trabajo (1 de mayo)

- San Pedro y San Pablo (29 de junio)

- Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)

- Santa Rosa de Lima (30 de agosto)

- Combate de Angamos (8 de octubre)

- Todos los Santos (1 de noviembre)

- Concepción (8 de diciembre)

- Batalla de Ayacucho (9 de diciembre)

- Navidad del Señor (25 de diciembre)

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