Multa electoral 2026: ¿cuánto pagarás si no votas o no cumples como miembro de mesa en la segunda vuelta?

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó que las sanciones por no participar o faltar como miembro de mesa variarán según la condición socioeconómica del distrito, basándose en el valor actual de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT)

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Un votante deposita su papeleta en una urna en una mesa de sufragio en Perú, mientras tres miembros de mesa observan sentados en escritorios
Ciudadanos peruanos depositan sus votos en una mesa de sufragio, supervisados por miembros de la mesa, durante las elecciones generales en Perú. (Foto: ONPE)

Una sanción económica será impuesta a quienes no asistan a votar o no ejerzan su función como miembros de mesa en la segunda vuelta presidencial del próximo domingo 7 de junio de 2026, según confirmó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El monto de la multa varía de acuerdo con la clasificación socioeconómica del distrito del votante y la escala se calcula en función a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente.

El sufragio sigue siendo obligatorio para los ciudadanos peruanos entre 18 y 69 años. La ausencia en las urnas generará una penalidad económica que depende del distrito consignado en el Documento Nacional de Identidad (DNI).

Varias personas en una sala, dos sentadas en mesas azules escribiendo en documentos electorales. Una mujer de pie con chaleco supervisa y otra persona se inclina
Miembros de mesa en Perú recopilan información de boletas electorales para determinar al próximo presidente y congresistas bicamerales tras el cierre de las mesas de votación. (Andina)

De acuerdo con el JNE, existen tres niveles de multa que se aplican según la clasificación socioeconómica determinada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y el valor de la UIT, que este año es de S/ 5 500.

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Las sanciones se distribuyen de la siguiente manera:

Distritos “No pobres”: S/ 110.00, equivalente al 2 % de la UIT.

Distritos “Pobres”: S/ 55.00, equivalente al 1 % de la UIT.

Distritos de “Pobreza extrema”: S/ 27.50, equivalente al 0.5 % de la UIT.

Esta escala se aplicó durante la primera vuelta realizada el pasado domingo 12 de abril y regirá nuevamente para la segunda vuelta, convocada tras la ausencia de un candidato con más del 50 % de votos válidos.

El Jurado Nacional de Elecciones subrayó que la imposición de las multas busca garantizar la participación ciudadana y evitar la omisión del deber cívico. Además, la inasistencia al sufragio puede generar futuras restricciones administrativas para el ciudadano.

Dos hombres con chalecos de la ONPE operan laptops en una mesa. Al fondo, otras personas y equipos de grabación en un centro de procesamiento electoral
Miembros de la ONPE trabajan diligentemente en el procesamiento de votos de las Elecciones Generales 2026 en su centro de cómputo. (ONPE)

Multa para miembros de mesa

La normativa electoral también contempla sanciones para quienes han sido designados como miembros de mesa y no cumplen con su función el día de la elección. El JNE informó que, en estos casos, la penalidad asciende al 5 % de la UIT vigente, es decir, S/ 275.

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Esta disposición fue reiterada por la autoridad electoral con el objetivo de asegurar la organización y el desarrollo adecuado de la jornada electoral. Los ciudadanos que no asuman el cargo de miembro de mesa enfrentarán la misma multa tanto si no acuden como si se retiran antes de finalizar el proceso.

Restricciones para la segunda vuelta

Además de las multas, el Jurado Nacional de Elecciones estableció una serie de restricciones que estarán vigentes desde el lunes 1 de junio hasta el domingo 7 de junio.

Estas medidas buscan preservar la transparencia y el orden durante el proceso electoral en el que Keiko Fujimori (Fuerza Popular) y Roberto Sánchez (Juntos por el Perú) disputan la presidencia.

aviso de Ley seca en local de venta de bebidas alcohólicas
Los ciudadanos no están impedidos de tomar bebidas alcohólicas durante las elecciones, pero la Ley seca impide que se vendan productos. - Crédito Andina

Entre las restricciones destacan:

  • Prohibición de difusión de encuestas de opinión en medios de comunicación desde las 00:00 horas del lunes 1 de junio.
  • Suspensión de reuniones y manifestaciones políticas desde la medianoche del viernes 5.
  • Prohibición total de propaganda política a nivel nacional desde las 00:00 horas del sábado 6.
  • Restricción en la venta de bebidas alcohólicas desde las 8:00 a. m. del sábado 6 hasta la misma hora del lunes 8, conocida como “ley seca”.
  • Prohibición de reuniones políticas a menos de 100 metros de los centros de sufragio durante el día electoral.

Estas disposiciones fueron detalladas por el Jurado Nacional de Elecciones, presidido por Roberto Burneo. La entidad remarcó que el cumplimiento de las restricciones y la participación en el proceso electoral constituyen obligaciones que, de no respetarse, derivan en sanciones económicas y restricciones administrativas para los ciudadanos.

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