
La Contraloría General de la República reveló que el Instituto Nacional de Salud (INS) gastó S/ 105 millones 791 mil 416 en la compra de 5 millones 233 mil 346 unidades de pruebas rápidas para la detección de la COVID-19, las cuales terminaron resultaron no ser eficaces para el diagnóstico. Además, señaló que se cometieron una serie de omisiones en el control y supervisión de la distribución de estos bienes.
Esto se dio a conocer en el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 028-2021-2-0229-AC, el cual constó de un periodo de evaluación del 1 de marzo de 2020 al 30 de junio de 2021. En el mismo, señalan que el INS no advirtió que las pruebas rápidas no podrían ser usadas para el diagnóstico del virus, ya que solo detectaban anticuerpos IgM e IgG.
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Además, no se tenía sustento técnico para respaldar la compra, por parte de la responsable del Laboratorio de Virus Respiratorio del Centro Nacional de Salud Pública del INS, de una mayor cantidad de pruebas rápidas en lugar de pruebas moleculares. Estas últimas, como se sabe, sí identifican la presencia del virus y están indicadas para el diagnóstico en etapas tempranas de la enfermedad.
Esta situación desafortunada ocasionó que gran parte de los recursos públicos se destinen a la adquisición de pruebas, cuyo uso disminuyó la capacidad de respuesta frente a los contagios. Esto además hizo más difícil que se establezcan medidas de control para evitar la propagación de la COVID-19 en el Perú, al inicio de la pandemia cuando el país se ubicaba entre las naciones con la tasa de letalidad más alta en el mundo.
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El informe está publicado en el Buscador de Informes de Servicios de Control del portal institucional de la Contraloría.
Aquí los detalles:
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FALTAN MÁS PRUEBAS
De la revisión efectuada, la Contraloría comprobó que hay 71 mil 720 pruebas rápidas faltantes, valorizadas en S/ 1 420 218.60. Hasta la publicación del documento no se pudo explicar su destino.
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El informe de auditoría establece que la persona responsable del Laboratorio de Referencia Nacional de Virus Respiratorio del INS dio conformidad de las pruebas rápidas recepcionadas, pero no realizó ninguna supervisión en la distribución y su uso.
SE INCUMPLIERON PARÁMETROS
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La Contraloría también detectó que el INS, a través del CENARES, distribuyó 63 mil 100 pruebas rápidas de lotes que no cumplían con los parámetros de sensibilidad (mayor o igual a 91%) y especificidad (mayor o igual a 96%) necesarios. Esto resultó en diagnósticos con resultados nada confiables. Al no contar con los porcentajes mínimos de sensibilidad y especificidad hay una mayor posibilidad de tener falsos positivos y falsos negativos.
Los funcionarios del Equipo de Pruebas Rápidas COVID-19 del INS autorizaron la distribución de pruebas rápidas antes de realizarse las verificaciones técnicas necesarias. A esto se le suma la falta de diligencia del director ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Enfermedades Transmisibles por no haber supervisado al Equipo de Pruebas Rápidas.
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Las pruebas fueron distribuidas a cinco entidades nacionales de salud, como la Red de Salud Bagua (Diresa Amazonas), Red de Salud Condorcanqui (Diresa Amazonas), Diresa Tumbes, EsSalud y el propio INS.
RESPONSABLES
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Se determinó como presuntos responsables a ocho funcionarios del INS, de los cuales cuatro también tendrían responsabilidad civil y otros dos tendrían responsabilidad penal. Por ello, la Contraloría recomendó al titular de la entidad, Víctor Javier Suárez Moreno, iniciar las acciones administrativas para el deslinde de responsabilidades de los involucrados.
También se recomendó notificar a la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Salud (Minsa) para que inicien las acciones legales correspondientes.
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NO SE APLICARON PENALIDADES AL PROVEEDOR
Hubo retrasos del contratista, proveedor, de las pruebas en la entrega de los equipos en tres laboratorios regionales: un día para la región de Arequipa, dos días para San martín y 14 días para Cusco. Sin embargo, toda la situación evitó la aplicación de penalidades por mora, las cuales alcanzaban un valor de S/ 210 630. Eso, entonces, generó un perjuicio económico al Estado.
También se generó un perjuicio económico de S/ 170 362.50 al no aplicarse las penalidades al proveedor por el retraso en la instalación y prueba de los equipos para procesar los kits para detección molecular. Esto no fue advertido por el director general del Centro Nacional de Salud Pública, el director ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Enfermedades Transmisibles del Centro Nacional de Salud y el responsable del Laboratorio de Referencia Nacional de Virus Respiratorio.
NO INGRESARON BIENES
También se expuso que el INS había aceptado una guía de remisión de un proveedor de insumos para realizar el diagnóstico de COVID-19 con una fecha anterior al requerimiento de dichos bienes. Se elaboró un informe de conformidad y pecosa (pedido de comprobante de salida) pese a que nunca ingresaron dichos bienes al Almacén Central del INS ni al Laboratorio de Microbiología y Biomedicina de la entidad. Esto evidenció el interés indebido del personal y una conducta contraria a la ley para viabilizar el pago al proveedor.
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