CTS: todo sobre el pago del beneficio en el mes de noviembre

Las empresas tienen hasta el 15 de noviembre para hacer el depósito. Conoce a cuánto equivale el monto.

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Foto: Andina
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Las empresas a nivel nacional tienen hasta este 15 de noviembre para pagar la Compensación por tiempo de Servicios (CTS), como lo estipula el Decreto Supremo N° 001-97-TR. El beneficio será recibido por todos los trabajadores formales de empresas privadas que tienen una jornada de trabajo mínima de 4 horas.

La CTS es un beneficio que se paga semestralmente en los meses de mayo y noviembre de cada año. El depósito equivale a medio sueldo, aproximadamente; si es que laboraste en el periodo desde mayo hasta octubre del 2021.

Entonces, si el trabajador ha laborado en el periodo semestral completo (de mayo a octubre), se le depositará una CTS del 50% de su sueldo de octubre de 2020, con un sexto adicional de la gratificación del mes de julio 2020. Los empleadores tienen dentro de los cinco días hábiles de efectuado el depósito de la CTS para generar la liquidación de esta a cada trabajador.

Por otro lado, a partir de la ley N° 31171, las personas en un trabajo formal pueden retirar hasta el 100% de su cuenta de CTS, lo cual puede hacerse solo hasta el 31 de diciembre del 2021.

¿QUÉ FECHAS DEPOSITARÁN EL CTS EN NOVIEMBRE?

Al ingresar a un trabajo formal, se crea una cuenta CTS en una institución financiera y el beneficio se deposita dos veces al año, en mayo y noviembre. Cada abono constituye la mitad del salario mensual.

Los diferentes bancos, cajas municipales y entidades financieras han publicado en sus páginas web y redes sociales los pasos requeridos para el retiro de la CTS. En el caso de BBVA, se podrá retirar incluso sin salir de casa desde la Banca móvil o la Banca por Internet para evitar aglomeraciones. Sin embargo, los clientes que deseen también pueden hacerlo en alguno de los 1.900 cajeros automáticos a nivel nacional o en cualquiera de las oficinas BBVA.

¿CUÁNTAS VECES SE PUEDE RETIRAR EN EL AÑO?

En el mes de marzo del presente año, el Gobierno del Perú promulgó la ley que autoriza el retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).

Ante ello, la ley promulgada permite sacarlo, solo una vez al año y hasta el 31 de diciembre del presente año, que los trabajadores dispongan libremente del 100% de los depósitos por CTS efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.

¿QUIÉNES PUEDEN RETIRARLO?

Esta norma beneficia a todos los trabajadores formales, quienes encontrarán el 100% de su CTS liberada y disponible para su retiro. Esto incluye:

Trabajadores del sector privado comprendidos dentro de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobada por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, independientemente del régimen laboral al que estén sujetos.

- Trabajadores de empresas del Estado sujetos al régimen laboral de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-97-TR.

Servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-97-TR.

¿CÓMO SOLICITARLO?

Cabe resaltar también que los diferentes bancos, cajas municipales y entidades financieras han publicado en sus páginas web y redes sociales los pasos requeridos para el retiro de la CTS. En el caso de BBVA, se podrá retirar incluso sin salir de casa desde la Banca móvil o la Banca por Internet para evitar aglomeraciones. Sin embargo, los clientes que deseen también pueden hacerlo en alguno de los 1.900 cajeros automáticos a nivel nacional o en cualquiera de las oficinas BBVA.

El trabajador puede solicitar el retiro a la entidad depositaria de la CTS por vía online. El desembolso se habría mediante transferencia a una cuenta bancaria. Además, esta transferencia debe hacerse en un plazo no mayor de dos días hábiles desde que se recibe la solicitud.

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