
El presidente, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), levantó inquietudes tras su ingreso al Hospital Central Militar para ser sometido a un cateterismo: debido a sus padecimientos crónicos, el mandatario reveló que tiene preparado un “testamento político”.
Así lo comunicó el pasado 22 de enero, cuando detalló que el documento “garantizaría la gobernabilidad” del país en caso de fallecer antes de concluir su sexenio: “No puedo dejar un país en un proceso de transformación”, expresó.
El pronunciamiento generó críticas y burlas en Twitter por parte de la oposición, a las cuales Epigmenio Ibarra, ferviente defensor de la actual administración, tundió con varias publicaciones en la misma plataforma.
En un primer momento, el productor reconoció la iniciativa del Jefe del Ejecutivo, pues, dijo, es el cumplimiento de su “obligación” como el guía de la “transformación pacífica”. Con ese juicio, prosiguió a arremeter contra las críticas por “haber enloquecido”, expresó.

La mayoría de los reclamos reprocharon al tabasqueño quien, apuntaron, consideraba a México como un artículo escriturado, de ahí que reclamaron que el país “no le pertenece, ni es su patrimonio”.
Sin embargo, Ibarra insistió que el acto de Andrés Manuel es una alternativa para asegurar que la tarea multidisciplinaria de la autodenominada Cuarta Transformación (4T) se cumpla.
“Queremos transformar pacífica, democrática y radicalmente a un México que, por más de 36 años sometieron y saquearon. Eso toma tiempo”, publicó en un tercer tweet.
Finalmente, reiteró que la llegada de López Obrador a la silla presidencial es “solo el inicio de la transformación”; por ello, explicó, su misión es sentar las bases y emprender acciones para hacerlas irreversibles, entre las cuales se incluye la del testamento político.

Cabe señalar que de acuerdo con la Carta Magna, el artículo 84 menciona que en dado caso de que el Jefe del Ejecutivo fallezca el o la titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), en este caso Adán Augusto López, tomaría el poder de manera provisional, mientras el Congreso nombra a un presidente interino en un plazo no mayor a 70 días.
Sin embargo, si el fallecimiento del Jefe del Ejecutivo se presenta en los últimos cuatro años de su mandato y el Congreso de la Unión se encuentra en sesiones, este designará al presidente substituto, que deberá concluir el período, siguiendo el mismo procedimiento que el presidente interino.
Una reforma que se aprobó el 10 de febrero del 2014, establece que el presidente provisional no podrá remover o designar a los Secretarios de Estado sin autorización previa de la Cámara de Senadores.
Pese a ello, en dicho artículo no detalla cuál es el procedimiento a realizarse en dado caso que el mandatario cuente con un testamento político.
No obstante, aún cuando no ahondó en el contenido del documento, López Obrador se dijo seguro de que “hay presidente para un tiempo”; esto, con base en el informe médico donde se le autorizó continuar con su vida normal.
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