El Congreso de Sinaloa rechazó el matrimonio igualitario; no se podrá reagendar el tema en la actual Legislatura

Con 20 votos en contra, se restringió de su derecho al colectivo LGBTTTI en ese estado

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Algunos diputados de Morena votaron
Algunos diputados de Morena votaron en contra (Foto: Twitter congresosinaloa)

Este 18 de junio se rechazó el dictamen que proponía reformas que extenderían el matrimonio y el concubinato a personas del mismo sexo en el estado de Sinaloa.

Durante la sesión ante el Pleno, con 20 votos en contra, no se aprobó el dictamen con el que se pretendía modificar los artículos 40 y 165 del Código Familiar del estado.

Según el artículo 162 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado, estas iniciativas no aprobadas no podrán volver a presentarse en el mismo periodo ordinario de sesiones.

Solo 18 diputados votaron a favor de los derechos del colectivo lésbico, gay, bisexual, transgénero, travesti, transexual, intersexual (LGBTTTI).

La diputada de Morena, Francisca Abelló, dijo que el matrimonio igualitario se trata de un derecho humano, y que los derechos "no se votan, se asumen".

Señaló que desde septiembre de 2014 no existen definiciones de matrimonio ni concubinato porque las que contempla el Código Familiar fueron declaradas inconstitucionales por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sentencia de ese año.

Sin embargo, recordó que recientemente la Suprema Corte declaró inconstitucional las porciones normativas que dicen "hombre y una mujer" al considerarlas excluyentes, discriminatorias y contrarias al Artículo 1 Constitucional y a las obligaciones internacionales contraídas por México en cuanto a la no discriminación por motivos de preferencia sexual al limitar el matrimonio y el concubninato a parejas heterosexuales.

De nuevo, su justificación para
De nuevo, su justificación para la negativa es proteger a la familia (Foto: Twitter congresosinaloa)

Las bancadas del PRI, PAN, dos diputados del PT y algunos de Morena votaron en contra.

La diputada del PRI Elva Margarita Inzunza Valenzuela mencionó rechazan de manera contundente las reformas al Código Familiar, porque se ataca a una institución fundamental para la sociedad, como lo es la familia, donde se busca incluir el matrimonio entre personas del mismo sexo, y de manera implícita y oculta, también se pretende legalizar la adopción de niñas y niños.

Durante la sesión en el Congreso de Sinaloa, grupos a favor y en contra del matrimonio igualitario se manifestaron, y pero solo unos celebraron la decisión del pleno.

En otros estados

En Hidalgo ya es un
En Hidalgo ya es un hecho el matrimonio igualitario (Foto: Cuartoscuro)

Apenas hace una semana, el matrimonio igualitario se convirtió en una realidad en el estado de Hidalgo, luego de que se publicara en el Periódico Oficial del Estado por el gobernador Omar Fayad.

Se reformaron los artículos 8, 28 fracción primera, 41, 142 y 151 de la Ley para la Familia, por lo que se sustituyó en la Ley de la Familia el concepto de "un solo hombre por una sola mujer" por el de "entre dos personas".

Hidalgo se convirtió en la entidad número 16 en aprobar las uniones legales entre personas del mismo sexo.

En mayo pasado, San Luis Potosí también aprobó la iniciativa para reconocer los derechos de parejas del mismo sexo.

No fue así en el Congreso de Yucatán, donde al igual que en Sinaloa, se rechazó el matrimonio igualitario, luego de que grupos religiosos rezaron para que eso ocurriera.

Solo 9 votaron a favor de la propuesta para derogar los incisos tercero y cuarto del artículo 94 de la Carta Magna del estado que de manera expresa reserva el matrimonio a la unión de un hombre con una mujer.

En las calles de Ciudad
En las calles de Ciudad de México así se vive el orgullo gay (Foto: Twitter @COPRED_CDMX)

Pero hay que recordar que en 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los Códigos Civiles de los estados que consideren el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer son inconstitucionales.

"Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales", precisa la jurisprudencia.

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