
La Sala V del Tribunal de Casación Penal bonaerense confirmó las condenas de 20 años de prisión para Fátima Vanesa Báez y de 13 años para su hermano, Carlos Damián Báez, por el asesinato de Dante Canteros Barrientos, el adolescente de 14 años que recibió un disparo en la cabeza en Dock Sud tras una discusión originada por celos. Los jueces rechazaron el recurso de la defensa y ratificaron que ambos tuvieron una intervención decisiva en el ataque.
La resolución, firmada por Manuel Bouchoux y Florencia Budiño, confirmó la sentencia del Tribunal en lo Criminal Nº 3 de Avellaneda-Lanús, que había condenado a la mujer como coautora de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, con declaración de reincidencia, y a su hermano como partícipe necesario del mismo delito. Ezequiel Smalaquias, pareja de Vanesa y señalado como el autor del disparo, continúa prófugo.
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El defensor Jorge Luis Esquivel había solicitado la absolución de los hermanos o, de manera subsidiaria, una modificación del grado de participación atribuido a cada uno. Sostuvo que Vanesa solo había querido amedrentar con un cuchillo a las jóvenes con las que discutió y que la decisión de matar a Dante había sido exclusiva de Smalaquias. Respecto de Carlos, argumentó que desconocía las intenciones de sus acompañantes y que su propósito era llevar a su hermana al Hospital Fiorito.
Casación descartó esos argumentos. En el voto al que adhirió Budiño, Bouchoux consideró que la valoración de la prueba era “consistente, adecuada a las reglas que la gobiernan y suficiente para acreditar fuera de toda duda la hipótesis de la acusación”.
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La discusión y el regreso con armas
El crimen ocurrió durante la madrugada del 24 de febrero de 2024, en la intersección de Manuel Estévez y el pasaje 921, en Dock Sud. Según la reconstrucción judicial, Dante estaba con un grupo de jóvenes cuando Vanesa Báez y Smalaquias pasaron por el lugar rumbo a un kiosco.
La mujer increpó a las chicas porque, según les reprochó, habían mirado a su pareja. Al regresar del comercio, ambos volvieron a confrontar con el grupo. Una de las testigos relató que Smalaquias rompió una botella e intentó atacarla. En esa secuencia, golpeó a Dante en el cuerpo y el adolescente le devolvió la agresión, en lo que el tribunal consideró un acto de legítima defensa.
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La pareja se retiró entre amenazas. De acuerdo con el testimonio recogido en la sentencia, Smalaquias anunció: “Ahora voy a traer una pistola y los vamos a matar a todos”. Vanesa, a su vez, lo instaba: “Vamos, vamos a buscar la pistola”.
Para Casación, esas expresiones resultaron centrales al evaluar la responsabilidad de la mujer: demostraban que conocía la existencia del arma de fuego, que el regreso había sido anunciado y que el ataque no estaba dirigido exclusivamente contra una persona.
“La prueba de cargo revela que el plan fue expuesto a viva voz por Fatima Vanesa Baez y Smalaquias, que comenzaron a ejecutarlo al munirse de armas y volver al lugar del hecho para ejecutar aquella promesa inicial”, sostuvo Bouchoux.
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La pareja regresó en un Volkswagen rojo conducido por Carlos Báez. Smalaquias viajaba en el asiento del acompañante y Vanesa, atrás. Él llevaba un arma de fuego y ella, al menos un cuchillo.
Mientras la mujer persiguió a las jóvenes, Smalaquias se dirigió hacia Dante y le disparó en la cabeza. Según los hechos que el tribunal tuvo por acreditados, luego efectuó al menos otros dos disparos mientras el adolescente se desvanecía.
La defensa había intentado separar ambas conductas y sostuvo que Vanesa no había participado de la decisión de matar. Sin embargo, Casación entendió que debían analizarse en conjunto, desde la amenaza inicial hasta el regreso armado.
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El fallo explicó que “el plan concreto, que en el caso era matarlos a todos o algunos” debía ser considerado al evaluar los aportes de cada uno. Por eso, rechazó que la persecución con el cuchillo y el ataque a tiros fueran hechos independientes.

El rol del hermano
Otro de los puntos centrales de la revisión fue el papel de Carlos Damián Báez, quien sostuvo que había salido de su casa para llevar a su hermana al hospital porque estaba herida y que desconocía que ella y Smalaquias portaban armas.
El tribunal contrastó esa versión con los testimonios, el reconocimiento médico y las imágenes de las cámaras de seguridad. Uno de los elementos que debilitó la explicación fue que no se constataron lesiones cortantes en los brazos de Vanesa compatibles con las que habían descripto los testigos de la defensa.
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También advirtió una contradicción entre los hermanos: mientras Carlos negó conocer el conflicto previo, Vanesa declaró que le había contado lo sucedido.

A esos indicios se sumaron el recorrido elegido y la forma en que el conductor llegó al lugar. Según la sentencia, los testimonios y las cámaras permitieron reconstruir que manejó de manera tal de generar sorpresa: “Lento hasta llegar al lugar, acelerando a último momento y frenando abruptamente frente al grupo”. El fallo agregó que abandonó la escena después del primer disparo de Smalaquias.
Con esos elementos, Casación confirmó la responsabilidad de Carlos como partícipe necesario. Consideró que las pruebas permitían descartar que hubiera desconocido el ataque y respaldaban el carácter esencial de su intervención.
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