
En el marco de la primera audiencia del juicio contra Justo Fernando Barrientos, el único acusado por el ataque incendiario que terminó con la vida de Pamela Cobbas, Roxana Figueroa y Andrea Amarante, y dejó gravemente herida a Sofía Castro Riglos, el imputado escuchó los cargos en su contra y se negó a declarar ante los magistrados.
En otro orden, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 5, integrado por los jueces Fabián M. Dinesta, Rafael A. Oliden, Fátima Ruiz López y Adrián A. Perez Lance, rechazó los pedidos planteados por la querella de la única sobreviviente y la defensa del homicida para la televisación completa del proceso y la exclusión de una prueba, respectivamente.
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El planteo de la abogada Luciana Sánchez, querella particular en representación de Castro Riglos, fue ante el pedido del Tribunal para que las audiencias testimoniales no se transmitan en directo. En este sentido, la letrada puntualizó en la importancia de la publicidad de los testimonios en un juicio de estas características. "Entendemos que los testimonios son el corazón probatorio del debate, y que por eso es muy importante que todas las personas que están pendientes de este juicio tengan acceso a la información y a las audiencias, y al contenido de esos testimonios", explicó.

Y en esa misma línea, solicitó: "La restricción debería resolverse para cada testimonio. Si no van a transmitirse todos, que sí se transmitan los testimonios de los peritos técnicos y de los testigos expertos".
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En cuanto al pedido de la defensa, el abogado Ricardo Antonio Richiello planteó la necesidad de que Barrientos sea informado de los hechos y de la prueba que se va a producir durante el juicio. En este sentido, hizo hincapié en un peritaje de ADN que se le solicitó en abril de este año al Cuerpo Médico Forense, el cual todavía continúa pendiente de realización y no fue incorporado al expediente.. “En caso de que efectivamente no se haya cumplimentado o incorporado, solicito que se tome la decisión de excluirlo de este debate en la medida que no se pueda avanzar en este primer acto o en la oportunidad de la declaración indagatoria de mi asistido sin conocimiento previo de cuales son los elementos de cargo o de descargo que eventualmente puedan ser incorporados al debate”, justificó.
Al cabo de unos 20 minutos de debate, los magistrados regresaron a la sala y comunicaron el rechazo a ambos planteos. Si bien el Tribunal consideró que fue “sabia” la propuesta de la doctora Sánchez, al mismo tiempo contemplaron la importancia de que no se contamine la “memoria espontánea” de los testigos que serán citados a declarar, como por ejemplo los vecinos del hotel donde ocurrió el trágico ataque y aquellas personas que estaban presentes al momento de la detención de Barrientos.
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“Una vez que agotemos este grupo de personas, después sí podremos transmitir en directo el resto del juicio”, puntualizó el juez Oliden.
Sobre el planteo formulado por la defensa de Barrientos, el Tribunal también lo rechazó al considerar que no se puede excluir una prueba que por el momento no fue producida ni incorporada a la causa. “No podemos hacerle saber a Barrientos la prueba existente cuando él se siente ahi porque todavía no hay ninguna prueba producida”, resolvieron los magistrados.
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La segunda audiencia del juicio se realizará el próximo viernes, desde las 10:00, cuando el TOCC N° 5 reciba en la sala a dos agentes de la Policía de la Ciudad que fueron testigos de la detención de Barrientos luego del brutal ataque.
El caso
El hecho ocurrió el 6 de mayo de 2024, en una pensión de la calle Olavarría al 1600, en el barrio porteño de Barracas. Según la acusación, Barrientos arrojó una bomba tipo Molotov dentro de la habitación donde estaban las cuatro mujeres. Las querellas sostienen que el ataque estuvo atravesado por el odio a la orientación sexual de las víctimas, un agravante que buscarán acreditar durante el juicio oral.
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Barrientos llegó al debate detenido en el Complejo Penitenciario de Ezeiza. Durante el juicio se prevé la declaración de unos 20 testigos, entre vecinos, policías y peritos. La única sobreviviente, Sofía Castro Riglos, no declarará por recomendación de su equipo médico, según informaron fuentes judiciales a la agencia Noticias Argentinas.
La acusación contra Barrientos es por “triple homicidio agravado por haber sido cometido por odio de género y por la orientación sexual de las damnificadas, con alevosía y ensañamiento, y por un medio idóneo para crear un peligro común, en concurso real con homicidio en grado de tentativa por idénticos motivos y agravantes”. Se espera una pena de prisión perpetua.
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En el caso hay tres querellas: una que representa a familiares de las víctimas, otra a Castro Riglos como sobreviviente y la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT+), que buscan un fallo ejemplar que reconozca los lesbicidios.
En diálogo con Infobae, la representante de la FALGBT+, Samanta Pedrozo, explicó que la intervención de la Federación en el debate oral tiene un peso particular: será la primera vez que la organización llegue a juicio como querellante en una causa penal de estas características, con la posibilidad de acusar y pedir pena. Hasta ahora, la FALGBT+ había intervenido en otros procesos como amicus curiae o desde un rol de acompañamiento civil.
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“La importancia de que la FALGBT+ pueda sentarse en este proceso penal y acusar y pedir pena de perpetua marca un antes y un después”, sostuvo la abogada. Para la querella, el caso no debe ser leído como un hecho aislado, sino como un ataque dirigido contra mujeres lesbianas y con impacto sobre todo el colectivo LGBT.
Uno de los puntos centrales del debate será la acreditación del agravante del odio. Según explicó Pedrozo, para ello se hará hincapié en los llamados “elementos contextuales”: testimonios que permitan reconstruir cómo era el vínculo entre el acusado y las víctimas antes del ataque. En este caso, la querella pondrá el foco en las declaraciones de vecinos y de amigos del propio imputado que, según esa parte, dan cuenta de conflictos anteriores, discusiones previas e insultos vinculados con estereotipos sobre la orientación sexual, la forma de vida y el proyecto de vida de las víctimas.
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“Ya sabemos que hubo un incendio, ya sabemos quién lo provocó. Ahora vamos a investigar y vamos a profundizar a ver por qué se lleva adelante ese incendio, por qué se lleva adelante ese ataque”, planteó la abogada. En esa línea, buscarán demostrar que Barrientos no actuó por un conflicto circunstancial, sino en un contexto previo de hostigamiento hacia las víctimas por su condición de mujeres lesbianas.

La FALGBT+ tuvo que litigar para ser aceptada como querellante. De acuerdo con Pedrozo, durante la instrucción el pedido fue rechazado bajo el argumento de que no había elementos suficientes para demostrar que se tratara de un crimen de odio y, luego, porque las víctimas ya contaban con representación. La organización apeló y finalmente obtuvo el reconocimiento de la Cámara de Casación en diciembre de 2024.
María Rachid, presidenta de la FALGBT+, también remarcó ante Infobae la importancia del juicio. “No se trata únicamente de las víctimas directas, sino también del mensaje que un crimen así produce sobre toda una comunidad. Los crímenes de odio buscan disciplinar, sembrar miedo y recordarles a las personas lesbianas y LGBT que pueden ser atacadas por ser quienes son”, señaló.
Para Rachid, el reconocimiento judicial de estos hechos como crímenes de odio implica también que el Estado admita la existencia de una violencia específica contra la diversidad sexual. “Ese reconocimiento es indispensable para desarrollar políticas públicas capaces de prevenir, reparar y erradicar esa violencia”, sostuvo.
El ataque tuvo consecuencias inmediatas. Pamela Cobbas murió el 7 de mayo de 2024, un día después del incendio, en el Instituto del Quemado. Roxana Figueroa falleció dos días más tarde, también internada allí, con el 90 por ciento del cuerpo quemado. Andrea Amarante, de 42 años, murió luego de cinco días de agonía en el Hospital Penna. Sofía Castro Riglos sobrevivió, aunque sufrió graves quemaduras y permaneció internada durante un mes.
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