
Luego de que la Fiscalía de Bariloche impugnara la prisión domiciliaria de Konstantin Rudnev, el presunto líder ruso de una secta transnacional dedicada a la trata de personas, su defensa presentó un hábeas corpus para reclamar que su cliente siga preso en la Unidad 6 de Rawson cuando existe una orden judicial firme para que cumpla arresto domiciliario en su domicilio de San Vicente, Buenos Aires.
La presentación, a la que accedió Infobae, fue realizada por el abogado Martín Sarubbi, quien aseguró que la situación de Rudnev “constituye un agravamiento ilegítimo” porque, aunque hay una resolución judicial firme, el traslado del detenido sigue pendiente.
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Según el escrito, el Tribunal de Revisión dispuso la prisión domiciliaria el 23 de abril. El depósito de la caución económica exigida se realizó seis días después, el 29 de abril, por el monto determinado. Pero aún así, no lo llevaron a la casa.
El lugar asignado para la detención es una vivienda en San Vicente. Allí, la Justicia fijó condiciones estrictas: instalación de tobillera electrónica, intervención de garantes que aseguren el cumplimiento de las reglas, prohibición expresa de contacto con la presunta víctima y el pago de una suma de dinero como caución.
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La defensa afirmó que “todas esas obligaciones ya están en regla” y resaltó que la Dirección de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica informó al tribunal que el mecanismo de control “se encuentra disponible para su colocación y solo falta indicar la fecha de traslado”.

Sarubbi también propuso costear de forma privada y a cargo de la defensa el traslado en avión para reducir las dilaciones, señalando que la Unidad 6 de Rawson no puso objeciones. La Policía Federal Argentina debía coordinar la fase final del traslado, algo que tampoco avanzó.
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Según la presentación, ni el juez interviniente ni la oficina judicial activaron los procedimientos necesarios para que se concrete el arresto domiciliario. La defensa advirtió que esta omisión es jurídicamente significativa y puede generar perjuicios irreparables.
El habeas corpus permite reclamar ante cualquier cambio ilegal o empeoramiento en las condiciones de detención. En este caso, la defensa aclaró que no solicita la libertad de Rudnev, sino que se aplique de inmediato el arresto domiciliario ya concedido, corrigiendo la situación que considera contraria a derecho.
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“La demora en ejecutar la medida ya dispuesta vulnera garantías constitucionales de la persona detenida”, resaltó Sarubbi en el escrito.
La impugnación de la Fiscalía
En las últimas horas, la Sede Fiscal Descentralizada de San Carlos de Bariloche presentó un recurso de impugnación para que se revoque la prisión domiciliaria concedida a Konstantin Rudnev. La fiscalía cuestionó la decisión tomada el 23 de abril por los jueces de Revisión del Distrito General Roca, Richar Fernando Gallego y Mariano Roberto Lozano, quienes hicieron lugar parcialmente al planteo de la defensa y dispusieron que el imputado cumpla su prisión preventiva en su domicilio de la localidad bonaerense de San Vicente.
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La impugnación se centró, entre varios argumentos, en el hecho de que el imputado cumpliría prisión domiciliaria junto a una mujer que fue investigada en la causa, aunque no resultó imputada.
Según la fiscalía, “no resulta lógico ni la experiencia indica que resulte razonable otorgar una prisión domiciliaria a R.K. en un domicilio donde conviviría con una mujer en una situación de vulnerabilidad, máxime cuando estamos ante un caso de la gravedad ya indicada y donde justamente, ambas víctimas (madre e hijo) se encontraban en una situación de vulnerabilidad extrema”.
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El lugar elegido para la prisión domiciliaria generó reparos adicionales: se trata de un predio rural de aproximadamente dos hectáreas, ubicado a más de 1.400 kilómetros del tribunal donde tramita el expediente y de difícil acceso, ya que, según el informe realizado, se recomienda ingresar en un vehículo 4x4. Sobre el monitoreo electrónico, la fiscalía advirtió que el dispositivo “supervisa la presencia del imputado en el lugar, no supervisa el tipo de contacto que pueda tener con terceros, ni advierte sobre la presunta comisión de nuevos delitos”.
El Ministerio Público Fiscal insistió en la existencia de peligro de fuga, recordando la condena previa del imputado en Rusia —once años de prisión por abuso sexual con acceso carnal, actos de violencia sexual y delitos de producción, venta y envío ilegal de estupefacientes— y el momento de su detención en el aeropuerto de Bariloche, cuando según el expediente intentaba huir de la ciudad e intentó autolesionarse con una hoja de afeitar.
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En su presentación, la fiscalía concluyó que “los elementos reseñados —valorados de manera conjunta— permiten concluir que el imputado desplegó una maniobra concreta de planificación de fuga, valiéndose de mecanismos idóneos para confundir a las autoridades y maximizar sus posibilidades de evasión, lo que constituye un indicador claro y contundente del peligro de fuga en los términos del Código Procesal Penal Federal”.
La causa investiga una organización que, bajo la fachada de un espacio espiritual y de prácticas de yoga, habría captado, trasladado y acogido a la víctima y a su hijo con fines de explotación sexual y reducción a la servidumbre, empleando engaño y coerción, aprovechando la situación de vulnerabilidad de ambos. A K.R. se le atribuye no solo la captación de la joven en su país de origen, sino también el intento de inscribir al recién nacido con su apellido, alterando así la identidad del niño.
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