
El 22 de febrero de 2017 marcó un antes y un después en la vida Magdalena Rioboo y Gastón Bohn. Esa noche de verano, su hijo de 11 años, Iñaki Bohn Rioboo jugaba con seis amigos en la pileta del área común de su barrio, el country Altos de Hudson II, en Berazategui. La tragedia que sucedió después fue imposible de imaginar para sus padres: cerca de las 20, el niño salió del agua para buscar una pelota, tocó una farola que tenía corriente eléctrica y sufrió una descarga que lo mató.
Pese al esfuerzo de los paramédicos y del personal médico en la Unidad de Pronta Atención de Hudson, que intentó asistirlo cuanto antes; Iñaki no logró ser reanimado y falleció producto de la electrocución. Para la Justicia no fue un accidente: ocho años después, hay tres imputados por homicidio culposo que enfrentarán un juicio oral por su responsabilidad en el hecho.
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“Más allá de la condena que tengan, que es lo que esperamos, que sea ejemplar; sabemos que, obviamente, nada nos va a devolver a Íña. Pero sí terminar con este proceso, que es lo judicial, y que tanto dolor nos causa a los papás, a la familia, a los amigos y a todos los que lo conocíamos”, le dijo a Infobae Gastón, tras más de ocho años convivir con la ausencia terrible de su hijo.
La muerte de Iñaki fue investigada por el fiscal Jorge Squeo, titular de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N°14 del Departamento Judicial de Quilmes, quien descubrió que hubo negligencia profesional y falta de mantenimiento en las instalaciones eléctricas del predio.
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Entre otras irregularidades, se determinó que la farola que provocó la descarga tenía corriente por la falta de un disyuntor, que no había una jabalina de puesta a tierra (sistema de descarga a tierra para evitar electrocuciones) y la existencia de empalmes prohibidos en el tendido eléctrico.
Estas conclusiones fueron arrojadas tras una serie de pericias técnicas realizadas en la escena por personal de la empresa Edesur, las cuales fueron analizadas por el Laboratorio de Alta Tensión de la Universidad Nacional de La Plata.
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Tras recolectar más de 80 elementos de prueba, todos incorporados en el expediente, el fiscal resolvió que en el fallecimiento de Iñaki hubo responsabilidad penal de cinco personas. Entre los acusados incluyó a personal de la administración del country y de la empresa contratista encargada del mantenimiento eléctrico:
- Santiago Domingo Collavini, administrador del consorcio, está acusado de no supervisar la seguridad eléctrica ni fiscalizar el contrato de mantenimiento.
- Guillermo Marcial Franco, arquitecto y director de obra, está señalado por autorizar y omitir fallas graves en la instalación
- Rubén Daniel Bentolila, electricista matriculado, se le imputa haber ejecutado la obra sin cumplir con los dispositivos de protección reglamentarios.
- Alejandro Héctor Lucero, presidente de ENIMSA S.A., la empresa de mantenimiento; fue imputado por no garantizar las tareas de prevención ni detectar situaciones de riesgo
- Enrique Rodrigo Rocha, empleado de mantenimiento eléctrico de la firma ENIMSA S.A., señalado por no advertir ni subsanar anomalías evidentes, pese a haber trabajado en el lugar hasta el día anterior al incidente.

Entre las pruebas en contra de estos cinco imputados en el expediente hay contratos de servicios de mantenimiento, planos de mensura y distribución eléctrica, reglamentos internos, libros de actas, órdenes judiciales, informes periciales y declaraciones indagatorias de los imputados y otros involucrados.
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Además, el fiscal requirió pericias informáticas sobre archivos y dispositivos secuestrados y solicitó documentación a la Inspección General de Justicia y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).
Las pericias técnicas comprobaron la carencia de disyuntores y dispositivos de puesta a tierra en puntos críticos, y el mantenimiento de las áreas comunes fue calificado como deficiente, según los informes. El análisis de contratos, reglamentos de copropiedad y archivos societarios completa el cuadro probatorio.
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En este sentido, el pedido del fiscal Jorge Squeo al Juzgado Correccional N°5 de Quilmes para llevar la causa a juicio señala la existencia de una cadena de omisiones y fallas estructurales en la administración y mantenimiento eléctrico que derivaron en la muerte de Iñaki Bohn Rioboo en el Barrio Cerrado Altos de Hudson II.

En un juicio abreviado, Marcial Franco y Rocha recibieron a un año de prisión en suspenso y cinco de inhabilitación.
Y la Justicia fijó fecha para el comienzo del debate oral de los otros tres para el pasado 3 de noviembre. Sin embargo, el inicio se aplazó para el próximo martes 11. El motivo fue que uno de los acusados solicitó acceder a un juicio abreviado para obtener una pena menor.
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No obstante, el abogado Fernando Burlando, que representa a la familia del niño, advierte que la solicitud realizada por el imputado es algo que puede ocurrir con el resto y adelantó a este medio que pedirá que sean juzgados por homicidio con dolo, considerando que hay pruebas suficientes para señalar que fue una muerte evitable.
“La farola fue una trampa mortal”, aseguró el letrado que planea hacer su presentación el mismo 11 de noviembre, cuando debería comenzar el juicio. La solicitud provocaría que la causa cambie de tribunal. Pese a ello, Gastón insiste: “Las expectativas que tenemos, obviamente, es llegar al juicio. Estamos tratando de cambiarle la carátula a la causa”.
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