
La colaboración internacional y la tecnología digital resultaron determinantes para que la Justicia de Río Negro lograra condenar a dos hombres por delitos vinculados con material de abuso sexual infantil (MASI) en el Alto Valle. Ambos recibieron una pena de cuatro años de prisión efectiva, según informó el Ministerio Público Fiscal de la Segunda Circunscripción.
Las investigaciones, desarrolladas en distintas localidades de la provincia, permitieron establecer que los condenados poseían y distribuían archivos con contenido de abuso sexual infantil. En el primer caso, que fue detectado en Choele Choel, la intervención de Google fue decisiva, a través de la organización National Center for Missing and Exploited Children (NCMEC).
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Por medio de una alerta generada, se activó la denuncia que señalaba la existencia de múltiples fotos y videos con material de explotación sexual infantil. De esta manera, la coordinación entre NCMEC, la Fiscalía porteña y el Ministerio Público Fiscal de Río Negro posibilitó la verificación de los hechos y la obtención de la confesión del acusado.
El segundo caso ocurrió en General Roca, en donde el segundo condenado admitió su responsabilidad en tres episodios delictivos cometidos durante el año. Según la información publicada por Diario Río Negro, el primero consistió en la carga de dos videos con contenido de abuso sexual infantil en la plataforma WhatsApp, detectados nuevamente por NCMEC.
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En línea con esto, el segundo hecho implicó facilitar el acceso a dos videos y recibir otros diecisiete. Luego de que la investigación avanzara con un allanamiento en su domicilio, la Oficina de Investigación de Telecomunicaciones (OITel) secuestró un teléfono celular que contenía 21 videos de pedofilia, lo que confirmó la gravedad de los delitos.
La contundencia de las pruebas fue determinante para las sentencias. De acuerdo con los reportes de NCMEC, los allanamientos, los informes de OITel, el trabajo del Gabinete de Criminalística y los peritajes médicos forenses constituyeron elementos fundamentales en ambos procesos. Asimismo, los análisis permitieron establecer la edad de las víctimas presentes en las imágenes.
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En ambas causas, tanto la Fiscalía como la defensa acordaron solicitar una pena de cuatro años de prisión. La aceptación de los hechos por parte de los imputados y la renuncia a los plazos procesales permitieron que ambos ya se encuentren cumpliendo su condena en prisión.
La sentencia dictada en Choele Choel se fundamentó en la “tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil, a título de autor, en concurso ideal entre sí”, conforme a los artículos 128, 45 y 54 del Código Penal y en concordancia con la Ley 26.061.
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En el caso de General Roca, la calificación legal aceptada fue: “Tenencia de material de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de trece años en concurso real con facilitación de imágenes de abuso sexual infantil agravada por ser las víctimas menores de trece años”, según los artículos 128, 45 y 55 del Código Penal.
Buscan a un ex docente prófugo, tras haber sido condenado por 12 casos de abuso sexual
El paradero de José Ruffa Saraspe, ex docente condenado por abuso sexual a menores en la provincia de Río Negro, continúa siendo desconocido para las autoridades. Por este motivo, resolvieron emitir una orden de captura nacional tras su fuga.
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La sentencia, que lo condenó a trece años y seis meses de prisión por delitos cometidos contra alumnos de la Escuela N° 247 de Balsa Las Perlas entre 2017 y 2019, fue confirmada a finales de octubre por el máximo tribunal de la provincia, según informó LM Neuquén.
La investigación judicial se inició en 2019, cuando la familia de una de las alumnas denunció los hechos ante el Ministerio Público Fiscal de Cipolletti. A partir de esa presentación judicial, otros padres y madres se presentaron con sus hijos, quienes también relataron situaciones similares, lo que llevó a la acumulación de múltiples denuncias y a la apertura de un proceso penal que culminó con la condena.
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Durante el juicio, se acreditaron doce episodios de abuso sexual relatados por siete estudiantes menores de edad, quienes declararon bajo el sistema de cámara Gesell. El tribunal, integrado por los jueces Marcelo Gómez, Guillermo Baquero Lazcano y Laura González Vitale, consideró a Ruffa Saraspe responsable de “delitos por abuso sexual simple de menores de trece años, agravado por haber sido cometido por el encargado de su educación”.
Asimismo, la investigación determinó que los abusos ocurrieron en distintos grados y turnos de clase. Incluso, las declaraciones de las víctimas aportaron descripciones de tocamientos en las partes íntimas y situaciones en las que el docente sentaba a los alumnos sobre sus piernas en el aula.
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Durante la etapa de instrucción, la Fiscalía solicitó en varias ocasiones la prisión preventiva de Ruffa Saraspe, tras argumentar el riesgo de fuga y posible entorpecimiento de la investigación. Sin embargo, el tribunal interviniente rechazó estas solicitudes, lo que permitió que el acusado permaneciera en libertad bajo medidas cautelares, una situación que la fiscalía definió como una “medida híbrida judicial”.
Aunque el imputado tenía la obligación de presentarse dos veces por semana ante la autoridad judicial, en los días previos al fallo definitivo de la Corte, Ruffa Saraspe incumplió con estas presentaciones. El domicilio que figuraba en el expediente correspondía a la provincia de Tucumán, específicamente en la localidad de Alberti.
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Sin embargo, se confirmó que no existía monitoreo electrónico ni restricción de traslado. Esta situación generó sospechas de que el condenado se había dado a la fuga, lo que llevó al Poder Judicial a declararlo en rebeldía y a solicitar la colaboración de todas las fuerzas de seguridad del país para su localización. Actualmente, la hipótesis más firme es que podría encontrarse en alguna localidad del interior tucumano.
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