Confirmaron el procesamiento de un ex juez y un ex fiscal de Orán por favorecer a narcos

La Cámara Federal de Salta ratificó la ampliación de cargos contra Raúl Reynoso y José Luis Bruno, acusados de beneficiar a un hombre clave en una red de tráfico de cocaína mediante resoluciones judiciales irregulares

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El entonces juez Raúl Reynoso en el momento de ser detenido
El entonces juez Raúl Reynoso en el momento de ser detenido

La Cámara Federal de Salta confirmó la ampliación del procesamiento por prevaricato contra el ex juez federal de Orán, Raúl Juan Reynoso, y el ex fiscal federal de esa jurisdicción, José Luis Bruno, en el marco de una investigación, bajo la órbita del juez federal Julio Leonardo Bavio, que expuso un patrón de irregularidades judiciales en causas de narcotráfico.

La resolución, dictada el 29 de octubre de 2025, sostiene que ambos funcionarios incurrieron en conductas que favorecieron la impunidad de imputados vinculados al tráfico de drogas, en particular en la causa conocida como “Molina-Alemán”.

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El caso se remonta a 2011, cuando Gendarmería detectó una red delictiva dedicada al transporte de estupefacientes entre Bolivia y varias provincias argentinas. En noviembre de ese año, un operativo permitió el secuestro de 70 kilos de cocaína y la detención de Melisa Alemán, Gustavo Molina (luego identificado como Emmanuel Gabriel Cala) y Federico Rojas.

Las pruebas, que incluyeron intervenciones telefónicas y seguimientos, ubicaron a Rojas como pieza clave en la logística del traslado, actuando como “puntero” para alertar sobre controles policiales.

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El ex juez Reynoso en el que era su despacho
El ex juez Reynoso en el que era su despacho

El 10 de enero de 2012, el juez subrogante Ramón Antonio Valor procesó a los tres detenidos como coautores o partícipes necesarios del delito de transporte agravado de estupefacientes, dictando prisión preventiva.

Sin embargo, meses después, el entonces juez Reynoso revocó esa decisión y modificó la calificación de Rojas a “cómplice secundario”, lo que permitió su inmediata liberación. Esta resolución, según la Cámara, se basó en una “clara tergiversación de las constancias de la causa”, omitiendo pruebas fundamentales y otorgando verosimilitud a descargos “contradictorios e inverosímiles”.

La defensa de Reynoso argumentó que la decisión se tomó en un contexto de sobrecarga judicial y falta de recursos, y negó cualquier acuerdo ilícito con el fiscal Bruno. “No existen pruebas de que hubiese acordado con el Fiscal Bruno, actuar de manera ilícita, pues jamás se le encontró dinero. Cada uno desempeñaba el rol que le correspondía”, sostuvo el ex juez en su descargo. Además, señaló que otros magistrados adoptaron criterios similares sin ser acusados penalmente y que su renuncia en 2016 lo eximía de responsabilidad por la posterior fuga de imputados.

Por su parte, la defensa de Bruno alegó que la falta de impugnación a la recalificación de Rojas no puede considerarse un delito, ya que el procesamiento es una medida provisoria y su modificación es habitual en la instrucción penal. También subrayó que la fiscalía actuó bajo una carga de trabajo extraordinaria, con 3.960 causas delegadas a seis empleados, según una auditoría de la Procuración General de la Nación. “La decisión la tenía el fiscal directamente, los expedientes que ingresaban iban a su oficina y él repartía a cada uno, si era algo para apelar tenía un cartelito que decía ‘apelar’”, declaró una empleada de la fiscalía, reforzando la idea de que Bruno tenía control sobre las decisiones de recurrir o no.

Sin embargo, la Cámara Federal de Salta consideró que la conducta de ambos funcionarios no puede explicarse por diferencias de criterio jurídico ni por negligencia. El tribunal destacó que la resolución de Reynoso “partió de una clara tergiversación de las constancias de la causa”, y que la supuesta “colaboración mínima” de Rojas en el delito carecía de sustento probatorio.

“La única discusión posible entonces era entre la coautoría o participación primaria de Rojas, pues lejos de encontrarse subordinado a la actividad ilícita desplegada por Molina (Cala) y Alemán, su opinión fue vinculante para la ejecución del hecho, decidiendo en un plano de igualdad y en sociedad con su medio hermano el destino de la droga”, señala el fallo.

Respecto a Bruno, el tribunal subrayó que su inacción fue deliberada y no producto de un descuido. A pesar de haber recurrido la excarcelación de otros imputados en la misma causa, el fiscal no apeló la liberación de Rojas, quien enfrentaba cargos más graves.

“En el caso de menor gravedad, el fiscal Bruno no solo recurrió la libertad de Rueda, sino que además reclamó que el recurso que había interpuesto el defensor contra el procesamiento de Rueda sea remitido inmediatamente a la Cámara. En cambio, en el decisorio que benefició a Rojas. Bruno no hizo lo que imperativamente le correspondía hacer para ‘promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad’”, concluye la resolución.

El fallo también contextualiza la maniobra dentro de un modus operandi detectado en otras causas tramitadas por Reynoso, en las que se asignaban participaciones secundarias a imputados de narcotráfico para facilitar su excarcelación.

Reynaldo Delfín Castedo
Reynaldo Delfín Castedo, uno de los narcos favorecidos por Reynoso

La Cámara recuerda que este patrón fue probado en la causa “Reynoso 1”, donde el ex juez y la abogada María Elena Esper (defensora de varios imputados) fueron condenados por favorecer a organizaciones criminales mediante resoluciones judiciales ilegítimas.

La resolución rechaza los recursos presentados por Reynoso y la defensa de Bruno, y confirma la ampliación de sus procesamientos.

El tribunal enfatiza que “la ausencia total de cualquier tipo de cuestionamiento del fiscal Bruno a la resolución prevaricatosa dictada en la causa ‘Molina-Alemán’ no encuentra fundamento en una mala praxis del fiscal, sino que los elementos de cargo analizados convencen, que su proceder fue deliberado y que con él produjo un claro perjuicio en la persecución de responsabilidad de uno de los partícipes en el hecho allí descubierto, contribuyendo con el accionar ilícito iniciado por el ex juez Reynoso y desatendiendo sus obligaciones como titular a cargo de la Fiscalía Federal de Orán”.

Entre los datos destacados por la Cámara figuran las declaraciones de empleados judiciales y de la fiscalía, quienes describieron la dinámica interna de ambos organismos y la influencia de Reynoso y Bruno en la toma de decisiones.

Además, se resalta que tras la liberación de Rojas, este permaneció prófugo y la causa se encuentra paralizada desde diciembre de 2023, mientras que otros imputados continuaron involucrados en actividades delictivas y fueron posteriormente condenados por nuevos hechos de narcotráfico.

La confirmación del procesamiento por prevaricato para Reynoso y Bruno se suma a antecedentes de condenas firmes contra el ex juez por delitos similares, consolidando la hipótesis de un esquema de corrupción judicial vinculada al narcotráfico en el norte argentino.

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