
El Gobierno endureció los controles sobre los presos alojados en pabellones de alto riesgo del Servicio Penitenciario Federal, mediante la Resolución 153/2025 del Ministerio de Seguridad que fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Desde hoy, y a un año de la implementación del Sistema de Alto Riesgo, los internos en prisiones federales bajo esa categoría verán restringidas, aún más, sus visitas con la finalidad de “neutralizar las mafias intra carcelarias”, indicaron a Infobae fuentes de la cartera a cargo de Patricia Bullrich.
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De acuerdo a esas fuentes, los presos más pesados estarían echando mano a un nuevo truco para trasmitir órdenes al exterior: usar a sus familiares directos y a sus abogados defensores para dar instrucciones operativas a miembros de sus organizaciones.
“Se registraron, entre el año pasado y este, 11 casos: 9 familiares y 2 abogados que fueron arrestados por pasar información para cometer crímenes”, detallaron. Entre ellos, la esposa de Luciano “Lucho” Cantero y la hija de Ariel “Guille” Cantero, de Los Monos.
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Los delitos que les imputan son asociación ilícita, amenazas, incendio y secuestro extorsivo, entre otros.

En referencia a las detenciones de los familiares y abogados de los presos de alto riesgo, las autoridades remarcaron que “son razones objetivas y fundadas para reforzar las medidas implementadas en relación con las visitas de todos los internos incorporados al Sistema, aplicando restricciones que resultan razonables y proporcionadas”.
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De la misma manera, sostuvieron que el endurecimiento de los controles era estrictamente necesario “para cumplir con los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino vinculados con la prevención y persecución del crimen organizado”.
El miércoles pasado, agentes penitenciarios divisaron una hoja escrita por un preso rosarino de alto riesgo cuando se lo entregaba a su madre que lo visitaba. “En ella, se impartían órdenes claras para que se sigan cometiendo delitos que desencadenen más muertes, por lo que la visitante fue retenida y quedó a disposición de la Justicia, quien ordenó su detención inmediata”, aseguraron.
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Aunque no es el caso, un investigador destacó a Infobae que un capo suele comunicarse con “papelitos” con los abogados que lo visitan.
A raíz de este episodio, sumado al resto, los presos de alto riesgo podrán recibir la visita de hasta 2 familiares directos mayores de 16 años, y de sus hijos menores, cada 15 días y por 60 minutos. Además, las visitas se harán exclusivamente en locutorios, sin contacto físico.
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Desde el traspaso a fines del 2023 del Servicio Penitenciario Federal a la órbita del Ministerio de Seguridad, a través de la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios, a cargo de Julián Curi, se implementaron medidas tendientes a evitar el ingreso de droga, elementos punzantes y celulares.
Por otra parte, el Sistema reguló el régimen de visitas, de comunicaciones telefónicas y de correspondencia, en particular, estableció impedir que los internos pudieran comunicarse con el exterior con fines ilegales.
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Al mismo tiempo, se habían reforzado las medidas luego de que se recibiera un alerta acerca que dos capos presos, Esteban Lindor Alvarado y Claudio “Morocho” Mansilla, pudieron encomendar alguno de los crímenes ocurridos en la ciudad de Rosario durante 2024.
En esa oportunidad, se dispuso suspender por el término de 30 días sus comunicaciones telefónicas, a excepción de las cursadas con sus abogados defensores y con los organismos de control. A su vez, se determinó suspender por 30 días las visitas autorizadas, a excepción de aquellas que realizaran sus abogados defensores debidamente acreditados en los expedientes judiciales.
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Para eludir los controles, los internos habrían comenzado a utilizar la novedosa estrategia.
Ahora, el Servicio Penitenciario Federal deberá requerir a la Justicia que se informe si existe algún impedimento para autorizar las visitas de cada uno de los familiares directos solicitados por los internos incorporados en el sistema.
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Si se revoca la autorización de un visitante por parte de un preso, no podrá volver a solicitar que sea autorizado en un plazo de seis meses.
La medida dispone, al mismo tiempo, que no se autorizará el ingreso como visita a personas que hayan sido condenadas o que se encuentren investigadas por la posible comisión de un delito. A su vez, los internos incorporados a este protocolo no podrán recibir visitas de apoderados ni de allegados.
“El Servicio Penitenciario Federal deberá denunciar todos los delitos de los cuales se tome conocimiento en el contexto del ‘Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo en el Servicio Penitenciario Federal”, encomendaron en el artículo 2° del escrito.
En caso de que se detectara una infracción, las autoridades habilitaron a los agentes penitenciarios a poner en funcionamiento sanciones como, por ejemplo, intervención de las comunicaciones telefónicas, monitoreo de visitas, suspensión o prohibición de visitas o de establecer comunicaciones telefónicas, o cualquier medida que pudiera resultar útil para hacer cumplir la medida.
La decisión se toma luego de que la Cámara Federal de Casación Penal, a través de su Sala de Feria, resolviera por mayoría declarar la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis inciso 10 de la Ley 24.660 y el 14 inciso 10 del Código Penal, que restringen el acceso a la libertad condicional para condenados por delitos de narcotráfico.
El fallo, que fue apelado por el fiscal Raúl Pleé, habilitó a 15 mil presos por venta de drogas a solicitar la libertad condicional.
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