
Pasó una década del asesinato del estudiante que fue acribillado en plena ciudad mientras paseaba con amigos por el barrio porteño de Belgrano. Tres disparos (uno en la cabeza y dos en el pecho) lo tumbaron de manera instantánea y horas después falleció en el Hospital Pirovano mientras era operando. La muerte le llegó a los 18 años, luego de que Marcelo Ríos —sin motivos conocidos ni declarados— descargara su arma tirando a mansalva contra las personas que caminaban por avenida Cabildo, entre ellos, Alfredo Marcenac y otras seis personas que resultaron heridas. El criminal escapó trepándose a un colectivo que iba por José Hernández.
Antes de cumplirse el décimo aniversario de aquel fatídico 6 de julio de 2006, la Cámara Federal de Casación Penal declaró que Ríos, conocido desde ese día como "el tirador de Belgrano", era "inimputable" por esquizofrenia. La familia de la víctima rechaza la absolución y se mantiene firme en el reclamo de justicia.

"El pasado 22 de abril, después de 10 años de reclamar en la Justicia, los jueces de Casación Penal absolvieron definitivamente al asesino Martín Ríos, porque 'más allá del encuadre que pudiera darse al desorden que padece, es acertado concluir que no podía comprender la criminalidad de su conducta'", se quejaron los familiares del joven estudiante, y acusaron que el fallo "cierra un capítulo más de los casos de injusticia que suceden en nuestro país". Al mismo tiempo consideraron que los argumentos de la sentencia "son débiles e inconsistentes y su escrito demuestra que eligieron lo más fácil: tomaron los dichos del Tribunal 26 y de los médicos psiquiatras que hablaron allí varias horas sobre la esquizofrenia, pero no tomaron en cuenta los señalamientos de la querella sobre las pericias psiquiátricas iniciales, infundadas y mentirosas, que son la base de la 'artimaña' que construyó la defensa para que Ríos no fuera condenado. Casación Penal puso en evidencia que el corporativismo existente entre el poder médico y el poder de los jueces facilita la impunidad, aun en casos de evidente e indiscutible culpabilidad".
Entre una cantidad de puntos, detallados en un escrito, sobre los fundamentos de la defensa de Ríos y que tomó el Tribunal para dictaminar, subrayan que el informe pericial emitido por las psicólogas del Cuerpo Médico Forense expresaba que "no se evidencian elementos que den cuenta de defecto residual y/o deterioro (…) No se observan fallas en las funciones sintético cognitivas del yo. No se observan indicadores de posibles componentes de organicidad en el material. No se observan, al momento del examen, elementos compatibles con alteraciones
sensoperceptivas", por lo que sostienen que "se ha corroborado que el encausado pudo comprender la antijuridicidad de su accionar y dirigir su conducta conforme a esa comprensión".

A 10 años de ese crimen, los deudos de Marcenac convocan a la sociedad a "rechazar la absolución por inimputabilidad", mañana, 6 de julio, a las 11:30 en Cabildo 1700.
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