
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dictó una serie de disposiciones que prohiben la venta de productos cosméticos, domisanitarios y para el cuidado del hogar y automóviles, debido a varias irregularidades como la falta de registro sanitario.
Los textos se publicaron en Boletín Oficial y aumáticamente entraron en vigencia con motivo de resguardar la salud de los consumidores ante la circulación de artículos sin control sanitario.
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Mediante la disposición 2780/2026, el organismo prohibió la comercialización de productos para el cabello bajo la marca TAURINA, identificando la presencia de artículos como alisado de coco, shock de queratina, brillo de seda, oro plex, cauterizador, alisado mota, alisado gloss 3D, shock de botox, shampoo y acondicionadores de argán y queratina, shampoo y acondicionador ácido de cereza, loción de biotina pura y oro líquido, todos ellos sin datos de inscripción sanitaria en sus rótulos.
La investigación detectó que estos productos se ofrecían a través de sitios web con envíos a todo el país y que, al consultarse la base de datos de cosméticos inscriptos, no figuraban con el registro ante la autoridad regulatoria.
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Por medio de la disposición 2865/2026, la entidad amplió la prohibición a productos para el cabello comercializados bajo la marca LACIOS PERFECTOS. El extenso listado de productos incluye shampoo neutro, botox capilar, shock de keratina, alisado 3D plastificado, alisado japonés, alisado espejo y alisado definitivo.

Todos estos carecían de inscripción sanitaria y eran ofrecidos a través de plataformas digitales. La ANMAT reiteró que la comercialización de productos sin registro constituye un serio riesgo sanitario y recordó que sólo pueden ser fabricados y distribuidos aquellos cosméticos debidamente registrados y elaborados en establecimientos habilitados.
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En cuanto a los artículos domisanitarios se encuentran en la disposición 2794/2026 productos para la limpieza y el acabado de superficies de automóviles de las marcas Cars Willis, Gloss lab, Revisur, Lambik, Secoo Waterless, Panthom Car, Rino Car Products y AMSPRO, con excepción de algunos productos específicos de las marcas Rino Car Products y AMSPRO que cuentan con inscripción vigente.
La medida se adoptó tras recibir denuncias sobre la venta y promoción de productos no registrados a través de páginas web y redes sociales. El organismo detalló que los productos de las mencionadas marcas, al no estar inscriptos, no ofrecen garantías sobre sus condiciones de manufactura y seguridad para los consumidores.
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Siguiendo con esta línea, la Disposición 2863/2026 alcanzó a la marca Re! Refillería Botánica de productos identificados como limpiador antigrasa, limpiador antibacterial, limpiador multiuso, jabón líquido para ropa, detergente lavavajillas, así como a los aromatizantes de la marca Aromas de la Tierra.
La fiscalización detectó que estos artículos se comercializaban sin registro ante la ANMAT, tanto en tiendas físicas como por internet. La empresa responsable alegó que no realizaba ventas con tránsito interjurisdiccional, pero la investigación comprobó que en su página web se ofrecían envíos a todo el país, motivo por el cual se dispuso la prohibición hasta tanto regularicen su situación ante la autoridad sanitaria.
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También se publicó la disposición 2864/2026 que alcanzó a mercadería de la marca Gorrión, en todas sus presentaciones. Esta incluyó insecticidas, desinfectantes, limpiadores, perfume para ropa y lustra muebles. Si bien la marca poseía productos registrados anteriormente, la habilitación fue dada de baja y actualmente no cuentan con inscripción para su comercialización.

Solo dos insecticidas en aerosol bajo la marca Gorrión Max y Gorrión, con registro vigente en la provincia de Buenos Aires, quedan exceptuados de la prohibición, pero solo pueden comercializarse en esa jurisdicción.
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Ante los riesgos por la falta de registro sanitario, la ausencia de datos obligatorios y la falta de habilitación, ANMAT procedió a informar a las autoridades sanitarias provinciales y nacionales, así como a organismos de defensa del consumidor.
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