
Una empleada pública deberá devolver cuatro millones de pesos al Instituto Provincial de Viviendas y Urbanismo (IPVU) de la provincia de Neuquén luego de que una transferencia errónea depositara esa suma en su cuenta sueldo. Ante las reiteradas consultas del organismo, la mujer alegó haber utilizado el dinero para comprar un terreno.
El fallo, emitido por el juez Martín Peliquero, determinó que el organismo provincial sufrió un empobrecimiento involuntario al transferir el dinero a la cuenta sueldo de la demandada; que ésta incorporó esa suma a su patrimonio; y que no existe causa jurídica alguna que habilite su percepción.
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El caso se originó cuando la Dirección de Tesorería del IPVU realizó por error la transferencia de los fondos, producto de una semejanza de nombres entre empleados. Tras advertir la irregularidad, el organismo contactó a la agente pública, quien en un primer momento respondió que “no sabía nada y que estaba ocupada”. En una segunda comunicación telefónica, sostuvo que suponía que el dinero recibido “era parte de un juicio” y confesó que lo había utilizado en “la compra de un terreno”. Ante la solicitud de reintegro, se negó a devolver el monto.
La situación expuso una cadena de errores administrativos y una respuesta evasiva por parte de la destinataria, que dificultaron la restitución inmediata del dinero. El fallo judicial, conocido en los últimos días, establece que la empleada deberá reintegrar el total de la suma recibida de forma indebida, a pesar de haber sido sobreseída en sede penal tras pagar una multa mínima por el delito de expropiación de cosa ajena.
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De acuerdo con lo informado por el portal LM Neuquén, la respuesta evasiva y el uso inmediato del dinero fueron considerados elementos centrales en la resolución del caso. El fallo judicial señala que la demandada tuvo conocimiento inmediato del error y que, pese a ello, se negó en primera instancia a restituir la suma. Además, realizó movimientos y extracciones con el dinero depositado.
En su resolución, Peliquero enmarcó la situación bajo el instituto del enriquecimiento sin causa, conforme a los artículos 1.794 y 1.795 del Código Civil y Comercial de la Nación. El magistrado explicó que este instituto exige cuatro condiciones: un enriquecimiento patrimonial de una parte, un empobrecimiento correlativo de la otra, ausencia de causa jurídica que justifique el beneficio y la inexistencia de otro medio legal para reclamar.
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La empleada fue condenada a devolver cuatro millones de pesos recibidos por error del IPVU. La resolución judicial ordena que la devolución sea íntegra y establece criterios para la actualización de los intereses y la eventual deducción de sumas ya retenidas.

Tipeó mal el alias, envió por error más de $3 miillones pero los recuperó
A fines del mes de enero, la intervención conjunta del Departamento Cibercrimen de la Policía de Córdoba y el Chaco permitió recuperar y devolver a su legítima dueña casi tres millones y medio de pesos provenientes de una transferencia errónea.
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La operación combinó inteligencia digital, gestiones de campo y coordinación judicial, lo que posibilitó no solo la localización del receptor accidental de los fondos, sino también la concreción del reembolso inmediato, marcando un precedente en la restitución eficiente de sumas transferidas por equivocación.
El caso se inició cuando una mujer de 44 años denunció haber enviado una transferencia electrónica a un destinatario ajeno mediante el Banco de la Provincia de Córdoba (Bancor).
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Según información de la Policía de la Provincia de Córdoba, el error ocurrió por fallo en el tipeo y elección del destinatario, lo que derivó en que los fondos -identificados luego como $3.426.153,42- llegaran a la cuenta de un hombre identificado como G. N. M.
El personal del Departamento Cibercrimen desplegó herramientas de OSINT (inteligencia de fuentes abiertas), analizando datos públicos, bases de datos financieras, registros de alias y claves bancarias, además de domicilios y vínculos digitales asociados tanto a billeteras virtuales como a plataformas de correo electrónico y telefonía móvil.
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A través de estas pesquisas se identificó un domicilio legal del receptor en la ciudad de Barranqueras, Chaco.
Posteriores tareas de campo, que incluyeron recorridos y consultas vecinales, permitieron establecer de manera fehaciente la identidad de la persona que recibió la transferencia.
El receptor, consultado por el equipo especializado, explicó de manera espontánea que desconocía la existencia de esa acreditación. Precisó que manejaba múltiples cuentas vinculadas a la plataforma Mercado Pago, muchas de ellas bloqueadas por falta de validación de seguridad.
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La gestión culminó cuando un operador de Mercado Pago detectó la transferencia de $3.426.153,42 en una de las cuentas bloqueadas. Instruyó un reembolso interno que devolvió el dinero a una cuenta activa del titular, facilitando así la inmediata disposición de la suma para el reembolso a la damnificada.
Durante su declaración testimonial, fue asistido técnicamente para recuperar el acceso a estas cuentas mediante validación biométrica facial, autenticación de doble factor, verificación por dispositivo confiable y análisis de eventos de seguridad.
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En la etapa final del procedimiento, el Equipo Fiscal N° 13, bajo la dirección del doctor Víctor Recio, ordenó la devolución inmediata del dinero y la incorporación de los comprobantes correspondientes al expediente judicial. Personal del Departamento Cibercrimen cumplió con esta disposición, cerrando la instancia administrativa y asegurando la restitución total a la afectada. El proceso judicial permanece abierto.
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