
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves a través de su publicación en el Boletín Oficial, una harina importada por distintas irregularidades administrativas.
La Disposición 7998/2021 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: “Harina de Moringa Oleifera; Instantáneo; Alcalino; Originario de la India; marca LUC VER; Luc Ver Productos Naturales Lip & Hnos.; Monte Los Pinos 256, Stgo. de Surco, Lima, Perú; R.U.C 10420756998, Reg. Sanit. 93705908SNASBTA”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento (RNE) y de producto (RNPA), resultando ser un producto ilegal.
En su considerando señala que las actuaciones se iniciaron a partir de la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación al producto el cual no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Que atento a ello, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL realizó la consulta correspondiente al Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior de la Dirección de Fiscalización y Control del INAL, con el objeto de averiguar si constan antecedentes de registro y/o ingreso al país del citado producto; quien informó que no constan antecedentes de registro del producto, como así tampoco antecedentes de su ingreso al país.
Que en consecuencia, el INAL notificó el Incidente en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).
Además y dado que el producto se publicita y promociona en plataformas de venta en línea, se solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Comercio Exterior que evalúe las medidas a adoptar.
Se estableció que el producto se encuentra en infracción por carecer de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), resultando ser en consecuencia un producto ilegal.
Explica que por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina.
Asimismo, y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en sitios de venta en línea del citado producto.
Últimas Noticias
Rescataron a un puma y un oso melero en Córdoba: hay un detenido y armas secuestradas
La Patrulla Rural y la Policía Ambiental participaron de una serie de allanamientos en la localidad de Rayo Cortado, que permitieron recuperar a dos animales de especies protegidas

Un nuevo tiroteo entre bandas criminales en Fuerte Apache dejó al menos un muerto y un adolescente herido
El ataque ocurrió este viernes por la tarde dentro del complejo en Ciudadela. La víctima fatal aún no fue identificada y el chico de 14 años fue trasladado al Hospital Ramón Carrillo. Hay cuatro detenidos

Juicio a “La Toretto”: la defensa desistió de los últimos testigos y el tribunal fijó fecha para los alegatos
Tras cinco audiencias, este viernes se cerró la etapa probatoria del debate oral por la muerte de Walter Armand

Un ex juez de la Corte Suprema bonaerense se metió con su auto a un negocio y atropelló a cinco mujeres
Francisco Roncoroni, de 85 años, perdió el control de su vehículo e impactó de lleno contra el local

La Justicia ordenó mantener a un centro de rehabilitación en el Registro Nacional de Prestadores: priorizó los derechos de 61 pacientes
El Estado, luego de haber detectado deficiencias edilicias, operativas y administrativas, había solicitado la baja. La institución inició una acción de amparo y presentó documentación destinada a acreditar las mejoras y reparaciones realizadas


