
Es histórico. Por primera vez la Justicia argentina dispuso una serie de condenas por la pulverización aérea con agroquímicos sobre un colegio, la escuela rural Nº 44 de Santa Anita, Entre Ríos.
En medio del debate por los cambios que impulsa el Gobierno nacional para acortar las distancias permitidas para la aplicación de agroquímicos, el Tribunal Oral de Concepción del Uruguay condenó a los tres procesados a 18 meses de prisión. Se trata del dueño de la empresa fumigadora, Erminio Bernardo Rodríguez, el propietario del campo, José Mario Honecker, y el piloto César Martín Visconti.
El 4 de diciembre de 2014, en pleno horario de clase y sin aviso previo, el avión de la empresa Villaguay Aero Litoral SA que piloteaba Visconti aplicó agroquímicos en un campo de arroz lindero a la escuela rural de Santa Anita. En el colegio estaban la directora Mariela Leiva y cinco alumnos. De manera casi instantánea, la docente y sus estudiantes empezaron a sentirse mal. Mareos, dolores de cabeza y de estómago, vómitos, irritaciones en la nariz y los ojos… los agroquímicos los habían intoxicado.
Fue la propia Leiva la que impulsó la denuncia con el apoyo de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER), que inició la campaña "Paren de Fumigar las escuelas". En el medio, sufrió amenazas. "Callate la boca, porque si no la vas a pasar mal", le advirtieron.
Para sorpresa de muchos, la investigación avanzó y el 22 de septiembre empezó el juicio oral que hoy terminó con la inédita condena por "lesiones leves culposas y contaminación ambiental culposa". El fallo, del que aún no se conocen los argumentos, lleva la firma de los jueces Fabián López Mora, Mariano Martínez y Mariela Emilce Rojas.
La pena de 18 meses de prisión impuesta a los tres acusados coincide con el pedido de la fiscalía. El piloto, además, deberá cumplir con una inhabilitación por el tiempo que dure la condena.
Al pedir la pena, el fiscal Fernando Lombardi subrayó que no se cumplió con las 48 horas de preaviso ni se llenaron las planillas con indicaciones, y destacó que la empresa no estaba habilitada, el avión fumigador no estaba registrado en Entre Ríos y no había un ingeniero al momento de la aplicación de los agroquímicos. Son, en suma, muchos de los problemas que los críticos de la actividad suelen resaltar.
Pese que se trata de una pena baja que no será de cumplimiento efectivo, la Red de Abogados de Pueblos Fumigados celebró la sentencia, ya que "marca un precedente jurídico".
En esa sintonía, el sindicato AGMER consideró que la resolución "sienta un precedente a nivel provincial y nacional, y es un aliento a los docentes y ciudadanos que presencian este tipo de actividades ilegales que ponen en peligro la salud de los estudiantes y trabajadores, a realizar la denuncia pertinente".
También la docente celebró la decisión. "Estamos muy satisfechos, es increíble esta sentencia. Buscábamos que se sentara un precedente, pese al tiempo que ha transcurrido desde que sucedió el hecho", dijo Leiva a Radio Máxima.
No obstante, consideró que la pena fue baja. "Yo hubiese preferido que fuera el máximo para estos casos, que es de tres años, pese a que no iban a cumplirlos en una cárcel. Pero más allá de esto, lo importante es el precedente que se está sentando y por eso hay que alentar a todos los vecinos y a los docentes a que denuncien esta clase de hechos", evaluó.
A su vez, lamentó que la Justicia no haya logrado determinar el nivel de intoxicación y las consecuencias que sufrieron ella y sus alumnos. "En un primer momento nos extrajeron muestras de sangre y de orina y Criminalística de la Policía de Entre Ríos dijo que no tenía los medios para realizar los análisis para saber si tenemos agrotóxicos en nuestros cuerpos", concluyó.
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