
La Cámara de Apelaciones de San Nicolás ratificó la prisión preventiva para los sindicalistas de Camioneros involucrados en los bloqueos a una pyme de San Pedro y revocó el beneficio de la prisión domiciliaria, por lo que irán a una cárcel común.
El 17 de mayo, el juez Román Parodi había dictado la prisión preventiva contra Maximiliano Cabaleyro, el jefe de la seccional nicoleña de Camioneros, y Fernando Espíndola por los delitos de turbación de la posesión -dos hechos-, coacción en grado de tentativa -dos hechos-, extorsión -dos hechos- y extorsión en grado de tentativa en concurso real.
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En esa misma resolución, el juez Parodi les concedió la domiciliaria: “Conforme las condiciones personales de los encausados –que cuentan con arraigo y contención familiar, y carecen de antecedentes penales condenatorios-, y su situación procesal, y el estado de la causa –prácticamente concluida-, es mi convencimiento que en el caso de autos, median razones que justifican la aplicación de un grado de coerción menos gravoso que la prisión en un establecimiento carcelario, no advirtiéndose además, motivos para presumir que en el caso de otorgarse el beneficio solicitado, exista peligro de fuga o de entorpecimiento del proceso”.
Parodi estaba subrogando el juzgado de María Eugenia Maztegui, la magistrada que debió pedir licencia por estrés. Dirigentes de la oposición denunciaron que Maiztegui había sido presionada por el diputado kirchnerista Leopoldo Moreau, quien en su condición de presidente de la Comisión Bicameral de Inteligencia amenazó con denunciarla por mal desempeño. La magistrada recibió el apoyo de la Asociación Argentina de Fiscales (AAF) y la Sociedad Rural de San Pedro, que consideraron que lo de Moreau “es una afectación de la independencia de los fiscales con motivo de los procesos que les toca intervenir”.
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La abogada denunciante, Florencia Arietto, apeló el beneficio de la tobillera electrónica porque consideró que podrían entorpecer la investigación. Lo mismo hizo la fiscal del caso, María del Valle Viviani.
La Cámara decidió hacer lugar a ese reclamo porque consideró que no estaba justificado el beneficio. “Hacer lugar a los recursos de apelación y nulidad interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y el particular damnificado intervinientes y en consecuencia anular dejando sin efecto la parte pertinente de la resolución en crisis: concesión de medidas de atenuación de la coerción como arresto domiciliario a los prevenidos (punto 3)”, dice el fallo al que tuvo acceso Infobae.
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En febrero de 2021, Cabaleyro y Espíndola protagonizaron el bloqueo a una empresa familiar de la ciudad bonaerense de San Pedro, que funciona desde 1989 y tiene 35 empleados. El dueño de esa empresa, Ricardo Rey, de 70 años, se hizo conocido cuando se viralizó un video que se filmó en medio del hostigamiento sindical y luego de una nueva inspección a su pyme realizada por el Ministerio de Trabajo bonaerense.
A fines de marzo, la jueza de Garantías de San Nicolás ordenó la detención de los responsables de los bloqueos, aunque la misma se concretó una semana más tarde luego de que la Cámara de Apelaciones desestimó el pedido de eximición de prisión efectuado por los acusados.
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Por esta causa, la Justicia allanó hace un mes la sede central del sindicato de Camioneros. Ocurre que la delegación nicoleña del Ministerio de Trabajo acreditó la existencia de la supuesta deuda del empresario Rey, pero no aportó documentación que lo avalara, por lo que la jueza le pidió a la seccional de San Nicolás que la presentara. Como esta seccional explicó que había enviado esa información a la sede central del gremio, el juzgado de Maiztegui libró un oficio a la organización que lidera Moyano, pero primero no obtuvo respuesta y luego no recibió ningún detalle al respecto.
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