
Para la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el argumento de la emergencia sanitaria del gobierno para suspender las clases presenciales en la ciudad de Buenos Aires fue “sin mayores explicaciones” e “insuficiente”. Así lo entendieron los jueces del máximo tribunal que hoy hicieron lugar a la demanda del gobierno porteño para que la educación siga siendo en las aulas.
El gobierno de Alberto Fernández había suspendido del las clases presenciales en el AMBA y dispuesto que sean virtuales por la crítica situación que se vivía en esa región por el aumento de casos de coronavirus y la demanda al límite que comenzaba a tener el sistema sanitario. Según el Ejecutivo, el incremento de un 25% en el uso del transporte público con el regreso de las clases, el aumento de la cantidad de casos positivos de chicos de entre seis y 17 años (en enero era de 5,3% y que en marzo y abril -con las escuelas abiertas- subió al 7,3%), y que los grupos etarios de 13 a 18 años y de 20 a 29 “son los que mayor aumento relativo presentaron en las últimas semanas”. Con esos datos el Estado nacional entendía que se debía cortar la circulación de la gente que iba a la escuela.
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Los mismos argumentos utilizó la Procuración del Tesoro de la Nación, a cargo de Carlos Zannini, cuando le pidió a la Corte Suprema que se rechace la demanda del gobierno de Horacio Rodríguez Larreta. Los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Carlos Maqueda y Horacio Rosatti señalaron que esos argumentos sanitarios no estaban justificados.

“En el caso, las alegaciones ensayadas sobre la cantidad de personas que utilizaron el transporte público de manera coincidente con el inicio de las clases presenciales, la circulación masiva de personas entre el Gran Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires, o el aumento de la proporción de casos de COVID-19 en personas de trece (13) a dieciocho (18) años y de veinte (20) a veintinueve (29) años, sin mayores explicaciones sobre la particular incidencia relativa de la educación presencial en la propagación del COVID-19, no alcanza para justificar el ejercicio de una competencia sanitaria federal que incide de manera tan drástica en la modalidad de la enseñanza, en lo que aquí interesa, porteña”, sostuvieron en su voto conjunto Rosatti y Maqueda.
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Los magistrados agregaron que su postura “no significa avalar (o desautorizar) decisiones sanitarias” pero que deben “basarse en criterios de razonabilidad entre los que pueden mencionarse la necesidad, la proporcionalidad y el ajuste a los objetivos definidos conforme a criterios científicos , elementos estos que resultan ajenos al pronunciamiento adoptado por esta Corte en la presente decisión”.
Por su parte, el juez Rosenkrantz señaló en la misma línea que el gobierno nacional hizo referencia “al transporte de pasajeros dentro del territorio denominado AMBA pero lo hace de modo global, sin discriminar el transporte interno de cada jurisdicción y el transporte que pasa de una a otra”. Para el Presidente de la Corte Suprema “ello resulta insuficiente” para determinar en qué medida el uso del transporte público “se habría incrementado como consecuencia del comienzo de las clases presenciales dentro de la Ciudad Autónoma”. Y agregó que el gobierno nacional no rebatió el argumento del estado de la ciudad de que solo tres de cada diez personas que van al colegio en ese distrito usan el transporte público.
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En la causa, el gobierno de Rodríguez Larreta informó en su última presentación de la semana pasada que desde el regreso a las clases presenciales el 17 de febrero hubo 9.008 casos de coronavirus hasta el 22 de abril, lo que es cerca del 1,40% de los alumnos y personal docente y no docente.
“La Ciudad de Buenos Aires ha proporcionado elementos de juicio que indican que el impacto interjurisdiccional de la actividad regulada es meramente conjetural. Ha mostrado el carácter geográficamente acotado de a prestación de clases presenciales en función de varios indicadores, tales como la baja incidencia de los contagios dentro de los establecimientos educativos, el criterio de proximidad con el que se asignan las vacantes en el sistema público y la reducción en el uso de transportes públicos por alumnos en relación con la tasa de uso previa a la pandemia”, concluyó Rosenkrantz.
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En su voto, el juez Lorenzetti hizo referencia a que los jueces no son los encargados de evaluar las estadísticas sanitarias. “La magistratura carece de información suficiente para decidir sobre cuestiones vinculadas a la salud pública”, sostuvo.
Y agregó en su argumento: “No se pueden analizar los datos empíricos relativos a la conveniencia o no de clausurar las clases presenciales, pues ello supondría conocer cuántas escuelas hay, el estado de los edificios, el cumplimiento efectivo de las normas de seguridad en la pandemia, si se ha asegurado la preservación de la salud de los docentes, si los alumnos tienen que usar transporte o pueden llevarlos sus padres, si esa actividad es contagiosa o no”.
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“El Poder Judicial no puede evaluar si ese contagio se propaga dentro de un barrio, de la ciudad o al área del AMBA, o si, como ocurrió en el año 2020, lo que sucede en el AMBA luego termina trasladándose a todo el país”, explicó y propuso que “deberían existir mediciones científicamente inobjetables sobre el efecto que estas aperturas y cierres tienen sobre el nivel de contagio general” y contar con “información específica que exponga de modo comparativo la influencia del contagio en las escuelas con otras actividades que se permiten”.
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