
El episodio que dio origen a la denuncia de Cynthia Hotton contra la interventora del Inadi (Instituto Nacional contra la Discriminación), Victoria Donda, tuvo lugar en diciembre del año pasado, durante el debate por la legalización del aborto.
“Leamos el proyecto, si nos dejamos llevar por fanatismos religiosos tenemos un problemón”, había dicho Donda durante la discusión, y Hotton acusó: “Sos directora del INADI, esto es un acto discriminatorio. Soy una ciudadana cristiana y vos me estás discriminando”. A lo que Donda replicó: “El tuyo es un fanatismo religioso”.
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Hotton presentó entonces una denuncia que ahora el organismo que dirige Donda rechazó como “inadmisible”. En sus fundamentos, el Instituto sostiene que Hotton dio “información errónea y falsa sobre el proyecto de ley”. Y aclara: “Dijo que permitiría los abortos en embarazos de siete meses y medio, cosa ajena a la regulación del proyecto en discusión”.

Además de que esa opinión de Hotton no hace al fondo de la cuestión -en todo caso Donda debió llamarla mentirosa, pero no decirle como le dijo que por sus convicciones religiosas no estaba en condiciones de entender la ley-, el Inadi debería releer lo que entonces era proyecto y ahora es Ley aprobada por el Congreso de la Nación. En ninguna parte del texto de la norma se pone límite de gestación a los abortos por causales como violación o afectación a la vida o a la salud de la madre. Por lo tanto, tiene razón Hotton: por el principio de que lo que la ley no prohíbe está permitido, al no fijar un plazo, no existe límite gestacional y por lo tanto se puede abortar hasta el término del embarazo.
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Según el relato del Inadi, “la discusión siguió y la denunciante Hotton continuó afirmando hechos falsos (sic) sobre el proyecto de ley, a lo que Donda le señala que eso no es cierto y que ‘leamos el proyecto porque si nos llevamos por fanatismos religiosos es un problemón’”. Por si no quedaba claro, el Inadi reitera que Donda “afirmó que el de la denunciante era un ‘fanatismo religioso’”.
Luego el Inadi analiza el concepto de “fanatismo religioso”, en términos francamente sorprendentes por tratarse del organismo que debe velar por la no discriminación: “Respecto a si la denunciante es religiosa [N.de la R: algo que, de nuevo, no era el tema en debate], no cabe la menor de las dudas. Durante su gestión como diputada fue una ferviente militante en contra del matrimonio igualitario, siendo muchos de sus argumentos basados en la religión”. Parece que Hotton también asistió acompañada de “pastores religiosos” (sic), dice el Inadi. Y otros antecedentes que enumera el organismo casi como cargos acusatorios.
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“Ahora bien, vamos ahora a considerar el término ‘fanática’”, sigue diciendo la resolución del Inadi. Y enumera que existen “fanáticos/as de equipos de fútbol, fanáticos/as de la música clásica, fanáticos/as de partidos políticos, fanáticos/as de actores o actrices, fanáticos de ciertas comidas o bebidas, etc. Muchos/as de ellos/as se sienten, incluso, orgullosos/as de serlo y lo manifiestan abiertamente. Es decir, en sí el fanatismo, incluso el fanatismo religioso, no es estigmatizante, ni denigrante, ni discriminatorio, si es que no se da el elemento del prejuicioso odio hacia ese/a fanático/a”, aclaran, no sin generosidad.
“La referencia al fanatismo religioso en el programa de televisión estaba referido a que dicha lente ideológica no le permitía entender correctamente el texto del proyecto, y por eso, hacía una interpretación sesgada”, aclaran, haciendo suyos los argumentos de la interventora.
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Es decir que Donda, en vez de rebatir los argumentos de Hotton con pruebas, o sea citando por ejemplo la parte del proyecto de Ley donde se fija un límite gestacional al aborto por causales de violación o afectación a la salud de la madre -algo imposible porque como vimos no existe eso en la Ley-, descalifica a la referente celeste por sus convicciones.
Donda le dijo que no podía entender una ley por ser fanática religiosa y el organismo que ella dirige lo ratifica en esta resolución. Y en realidad la que estaba malinterpretando la ley y desinformando era ella misma.
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Eso sí, comprensiva, “Donda -dice el Inadi- aclaró que ella también tiene creencias religiosas y que muchas personas involucradas en el debate lo tienen y que eso no es erróneo, sino que lo erróneo era leer el proyecto bajo una lente que no le permitía comprender lo que decía el texto”. O sea, de nuevo: según la interventora del organismo que debe velar por la no discriminación, las creencias religiosas de una persona le impiden entender una ley.
“Podemos afirmar, entonces -concluye el organismo-, (que) no se observa que haya en ellos un mensaje de odio religioso o racial, como tampoco que impliquen un mensaje discriminatorio de acuerdo a lo establecido por el artículo 1 de la ley 23.952”.
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Recordemos qué dice el artículo 1° de la Ley y que cada cual juzgue si Donda incurrió en menoscabo del derecho de Hotton a expresarse y debatir sobre un tema de interés público en razón de su postura religiosa: “Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos”.
El episodio no ha concluido aún ya que Cynthia Hotton hizo uso de su derecho a pedir una revisión de lo decidido por el Instituto. En su presentación, la ex diputada dice que “resulta inadmisible que un hecho denunciado ante vuestro organismo sobre intolerancia sea analizado a la luz de la Ley de 27.610 (IVE) y no a través de las disposiciones de la ley 23.592 sobre actos discriminatorios”.
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Hotton acusa al Inadi de no haber respetado los principios “de imparcialidad, celeridad, investigación y citación de la presunta responsable de la denuncia”, de haber ido “más allá de sus atribuciones incumplidas” y de la pretensión de “desarrollar un nuevo concepto de fanatismo, solo para el caso de autos, solo para total beneficio de su jefa”.
“He sido lesionada en mi identidad, honra, reputación, e imagen, sufriendo como consecuencia un menoscabo a mi dignidad, toda vez que en un programa televisivo con alto impacto de audiencia fui tratada de PROBLEMÓN, y de FANÁTICA”, reitera Hotton.
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Para Hotton, “el problemón” es que el Inadi, “una institución con un presupuesto de más de 500 millones de pesos, haya dejado de cumplir su finalidad de proteger a los argentinos y se lo haya instrumentado para atacar a la oposición, defender a los amigos del Gobierno y pagar militancia partidaria”.
“El Inadi, con tal de defender a su jefa, llegó al absurdo de discriminar a todos los que no piensan como ella. No sólo las personas de fe, sino también todos los fans de cualquier persona, equipo o causa, no estarían capacitados para opinar sobre una ley”.
Y volvió a pedir que Donda presente su renuncia. O que el Presidente se la exija.
También aclaró que “quien no supo interpretar el texto del proyecto de ley es la misma Donda”, porque efectivamente, el proyecto aprobado no establece límites de tiempo, entre otros casos, “si estuviese en peligro (...) la salud integral de la persona gestante”.
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