Tal como se había anticipado, la Oficina Anticorrupción (OA) pasó a ser a partir de este sábado un "organismo desconcentrado de la Presidencia de la Nación”, por lo que será un ente autárquico y no dependerá del Gobierno de turno. La medida fue ordenada en el Decreto 54/2019, publicado en el Boletín Oficial.
El documento lleva la firma de Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de la ministra de Justicia, Marcela Losardo. Entre otras cosas, el texto explicó que el titular de la OA “gozará de independencia técnica y cumplirá las funciones que le competen sin recibir instrucciones” ni del jefe de Estado ni de ninguna otra autoridad superior del Poder Ejecutivo.
Además, la norma aclara que la persona que esté al frente de este organismo, cargo que actualmente le corresponde al fiscal Félix Crous, “tendrá rango y jerarquía equivalente a Ministro y dependerá funcionalmente de la Presidencia”, aunque no deberá cumplir sus órdenes.
Asimismo, detalla que los funcionarios de la Oficina “tendrán relación jerárquica y dependencia funcional con dicho organismo desconcentrado e integrarán la dotación de personal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”.
Por otra parte, el Decreto vuelve a establecer como un requisito necesario para ser titular de la OA el “ser abogado o abogada”, condición que regía hasta la llegada de Laura Alonso, designada en este puesto en diciembre de 2015 por la entonces administración nacional de Mauricio Macri.

“Las Direcciones de Investigaciones y de Planificación de Políticas de Transparencia estarán a cargo de funcionarios que tendrán rango y jerarquía de Subsecretario, y serán designados y removidos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, a propuesta del titular de la Oficina Anticorrupción”, precisó otro artículo del documento.
El Gobierno también modificó la tarea principal del funcionario al frente de este organismo: "Deberá elevar al Presidente de la Nación un informe semestral y una memoria anual sobre su gestión que contenga especialmente y de manera detallada las recomendaciones sobre reformas administrativas o de gestión que, a su juicio, colaboren en la prevención de hechos ilícitos o irregularidades en el ámbito de la Administración Pública Nacional”.
Por último, el Decreto aclaró que estos informes periódicos "serán públicos y deberán estar disponibles a través del portal de internet del organismo”.
Entre los considerandos, el Gobierno resaltó que “resulta aconsejable dotar a la Oficina Aticorrupción de mayor jerarquía institucional y elevar el cargo de su titular al rango de Ministro”, ya que se trata de “un órgano especializado en la lucha contra la corrupción, y que el mismo debe gozar de la independencia necesaria para el cumplimiento de sus funciones conforme a los principios fundamentales de cada Estado”.
En este sentido, remarcó que “su ámbito de aplicación comprende a la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, empresas, sociedades y todo otro ente público o privado con participación del Estado o que tenga como principal fuente de recursos el aporte estatal”.
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