
El decreto que dio orígen al Régimen de Extinción de Obligaciones Recíprocas se publicó en octubre de 2024 y tenía como objetivo saldar las deudas de la Nación con las provincias y la Ciudad de Buenos Aires, y viceversa. A partir de una nueva normativa publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, el Gobierno extendió el plazo para las jurisdicciones que quieran inscribirse.
Así, mediante el artículo primero del decreto 171/2026 establecieron que los interesados “podrán manifestar ante la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, a través de la máxima autoridad de la jurisdicción, su voluntad de participar del Régimen, en el plazo de 60 días hábiles administrativos, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el que podrá ser ampliado -por única vez- por la Autoridad de Aplicación”.
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Con la reciente publicación, el Poder Ejecutivo realizó una serie de cambios sobre los primeros artículos, además del mencionado período. Los nuevos procedimientos para facilitar la compensación y cancelación de deudas entre jurisdicciones, incluyen además el 31 de diciembre de 2027 como fecha límite para que las jurisdicciones presenten la documentación respaldatoria de las obligaciones que deseen incluir, en línea con lo dispuesto en el artículo 4° reformulado.
Al respecto, indicaron que los organismos y dependencias competentes de la administración central deberán elaborar informes técnicos sobre la verosimilitud, cuantificación y conveniencia de incorporar las obligaciones al régimen, y que toda presentación requerirá intervención previa del servicio jurídico del Ministerio de Economía. Se incorpora la figura del artículo 5° bis, que asigna a cada parte -es decir las provincias, CABA y el Estado Nacional- la responsabilidad de validar y proponer las deudas y acreencias que serán negociadas y consensuadas en los acuerdos respectivos.
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En caso de discrepancias que puedan surgir de los informes, se procederá con una “instancia de negociación, que deberá ser llevada a cabo en el marco de los principios de buena fe y lealtad federal, a efectos de arribar a un consenso entre las partes” en un plazo máximo determinado previamente, el cual podrá prorrogarse “si la Autoridad de Aplicación lo estime pertinente”.
El decreto también adapta el procedimiento para los casos en los que las obligaciones estén sometidas a litigios judiciales o arbitrales, requiriendo la intervención previa de la Procuración del Tesoro de la Nación y la Sindicatura General de la Nación, conforme a la Ley 24.156 de Administración Financiera.
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Cuando el Gobierno avanzó por primera vez en este punto, el entonces vicejefe de Gabinete del Interior, Lisandro Catalán, explicaba en conferencia de prensa que para los distritos será opcional adherir y el Ejecutivo podrá entregar tierras, empresas, rutas y otros bienes para cancelar los pasivos.
“En las últimas décadas, el centralismo creciente por parte de la Nación ha llevado a que las relaciones financieras y económicas entre el Ejecutivo y las provincias no sean tan ordenadas. El objetivo nuestro, y como lo viene planteando el presidente desde hace mucho tiempo, es caminar junto con los gobernadores hacia un verdadero federalismo”, dijo el entonces minsitro y actual presidente de La Libertad Avanza en Tucumán.
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Este proceso planteó como principal objetivo “extinguir, total o parcialmente, las obligaciones recíprocas entre las jurisdicciones parte para facilitar el proceso de saneamiento de las cuentas públicas”.
En ese momento, se le otorgaban a los interesados 30 días hábiles para ejecutar las presentaciones en donde explicaban que buscaban “ser creativos en las herramientas que podemos utilizar. A modo de ejemplo se me ocurre, hoy hay empresas del Estado Nacional que están radicadas en provinciasy que su principal actividad económica repercute también en el movimiento económico provincial”.
Tras la publicación de la medida ocho gobernadores decidieron adherirse al régimen, entre ellos, Gustavo Sáenz (Salta), Raúl Jalil (Catamarca), Nacho Torres (Chubut), Hugo Passalacqua (Misiones), Sergio Ziliotto (La Pampa), Claudio Vidal (Santa Cruz), Osvaldo Jaldo (Tucumán) y Gustavo Valdés (Corrientes).
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