
"Terminemos con las polémicas: el Poder Judicial debe su existencia y su vigencia a la Constitución Nacional y, afortunadamente no depende ni de la voluntad ni de opiniones coyunturales", sostuvo hoy el juez de la Corte Horacio Rosatti, al abrir el segundo día de las Jornadas organizadas por Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial (FAM), que se realizan desde ayer en el Centro Cultural Kirchner (CCK).
Ante la mirada atenta de más de 800 jueces y funcionarios judiciales de todo el país e invitados internacionales, Rosatti enfatizó los diferentes roles de los poderes en la República, en medio de la polémica abierta por las declaraciones de dirigentes kirchneristas de "revisar" las sentencias judiciales. "El legislador crea las leyes, el Ejecutivo las reglamenta y el juez las aplica. Pero todos los poderes tienen su límite en la Constitución Nacional. Se pide que el juez no juegue a ser político y estoy de acuerdo. Pedimos que el político respete las decisiones judiciales, aunque no las comparta".
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En ese sentido, señaló: "El juez no debe reemplazar al legislador. Los magistrados tenemos una herramienta que es la declaración de inconstitucionalidad de las leyes que debemos aplicar con criterio muy restrictivo, porque los legisladores son los representantes directos del pueblo. A diferencia del político que tiene un amplio espectro de opciones para tomar su decisión, y que viene concebida por su formación ideológica, el juez posee una limitada capacidad de maniobra que consiste en interpretar las leyes que dicta el Congreso".
Rosatti se explayó, asimismo, sobre las diferencias sobre el rol del político y el de los magistrados. "El político piensa en las consecuencias y luego toma sus decisiones, en función de las mayorías que legitiman esas decisiones. El juez se maneja distinto, y debe atenerse al derecho" aunque sus decisiones sean "contramayoritarias".
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Participación "popular" en la Justicia
También, en alusión a la propuesta de esos sectores de reemplazar al Poder Judicial por órganos con representación popular, insistió en que la Constitución Nacional y diversas Constituciones provinciales ya prevén esta alternativa a través de los juicio por jurados.
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En ese sentido, subrayó "en el juicio por jurados se congregan el saber técnico propio del juez que dirige el proceso, del fiscal y defensor que cumplen con su rol en defensa de la sociedad y de los imputados, y el saber prudencial que ejercen los ciudadanos que integran el tribunal de juzgamiento".
Ley del arrepentido y prisión preventiva
Rosatti fue crítico del "abuso" de la prisión preventiva en procesos penales y el uso indiscriminado de la mentira como estrategia de la defensa. "Algunas herramientas como la prisión preventiva no pueden ser ejercidas como coacción para que yo hable. Pero si me decido a hablar, tengo que decir la verdad. No hay un derecho constitucional a mentir".
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En esa línea resaltó que si bien "no hay una obligación de hacer hablar" a un acusado en un proceso penal, "el derecho constitucional a no declarar contra sí mismo, que emerge del art. 18 de la Ley fundamental, no consagra un derecho a la mentira". Y expresó su desacuerdo respecto de que "el silencio del acusado deba ser entendido como presunción de culpabilidad".

Las causas en la Corte
Respecto del funcionamiento de la Corte Suprema, Rosatti destacó que "la conformación de una agenda temática ha permitido escoger casos líderes que impacten en los distintos niveles de la justicia, para dar previsibilidad al funcionamiento judicial y celeridad a aquellas causas que involucran miles de casos análogos".
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Según Rosatti, "este procedimiento permitió, por ejemplo, gracias al fallo "Blanco" (determinación del índice aplicable para el nivel inicial de retiro) resolver – entre febrero y mayo de este año – 15.000 expedientes similares. Este hecho adquiere especial relevancia en el marco de un cuerpo colegiado que toma sus decisiones por mayoría y que conforme a las temáticas de especialización jurídica suelen ser cambiantes".
Enumeró alguno de los últimos fallos trascendentes que resolvió el Máximo Tribunal como "Barrick Gold" (ley de glaciares), "Canales" (juicio por jurados), "García" (impuesto a las ganancias de jubilados), los vinculados a temas electorales en las provincias de La Rioja, Río Negro y Santa Cruz, y al desarrollo de las audiencias relativas a casos como "Esso contra Municipalidad de Quilmes" y "Fondo Sojero".
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Finalmente, el magistrado recordó que "los casos que acceden a la Corte no los inventan los jueces sino que llegan con una demanda que requiere una pronta solución", y porque no se resolvieron en instancias anteriores.

Las XXV Jornadas Científicasde la Magistratura Argentina organizadas por la FAM -que este año tienen lugar en el CCK en Buenos Aires- se realizan cada dos años y son el lugar de encuentro y debate más importante para los magistrados y funcionarios judiciales de todo el país.
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