
Una vez más la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios del Congreso de la Provincia de Buenos Aires será el organismo que decidirá si acusará a dos jueces que dejaron en libertad antes de cumplir su condena a un peligroso delincuente que salió de prisión y asesinó a una mujer. En este caso se trata de Nadia Arrieta, una comerciante de 31 años a quien Néstor Maximiliano Montiel, maniató, desnudó y degolló en su tienda de regalos ubicada en Villa Tesei. Dieciséis años antes, había violado, robado y apuñalado a otra mujer.
El tema es recurrente y cada vez que sucede la sociedad parece conmoverse. La tragedia y el debate salta a la primera plana de los medios.
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Están quienes piden mano dura y califican a los magistrados de "abolicionistas" y de "garantistas". Otros los defienden y sostienen que las salidas anticipadas estaban contempladas en la ley que escribieron los legisladores.
En este caso, los magistrados cuestionados son los integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial de Morón, Fabián Cardozo y Fernando Bellido.
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Iris Pereyra de Avellaneda, la copresidente de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, les endilga los supuestos delitos de "mal desempeño de sus funciones y manifiesta violación a los derechos humanos y garantías de orden constitucional".
Incompatibilidad para Bellido
En el escrito, que ingresó al Senado Bonaerense en las últimas horas, también se asegura que Bellido "es el presidente de la ONG Puente (entre la Justicia y la Gente) la cual armó hace apenas un año y que rápidamente generó un vínculo con la Intendencia de Morón, que ya le habría destinado fondos para un plan en el que se dictarán capacitaciones, trabajos de investigación y docencia para maestros y profesores del distrito".
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La denuncia recuerda que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a través de la acordada 3.872, prohíbe a "los magistrados y los funcionarios del ministerio público ejercer cargos en órganos de administración, fiscalización o de disciplina en personas jurídicas, exceptuando a aquellas entidades que representen los intereses de los jueces y/o funcionarios judiciales o que se encuentren vinculadas con el estudio o investigación del derecho".

Según la interpretación que realizó la ONG que presentó el pedido de juicio político contra los magistrados de la Sala I, la fundación de Bellido no solo no cumple con esos preceptos sino que: "En el año 2016 en forma inexplicable suscribió un convenio con el recién electo Intendente de Morón, Ramiro Tagliaferro. De este modo Bellido dejando de lado su condición de Magistrado, convenía desde una ONG de la que es presidente, con un Jefe Comunal de su jurisdicción al que eventualmente tendría que investigar en su condición de Juez de la Cámara de Garantías Departamental, convirtiendo así a Morón en un verdadero Macondo (que no es ningún pueblo ficticio como el de García Márquez en 100 AÑOS DE SOLEDAD, es real)".
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Para los impulsores de la destitución de Bellido esto es un segundo agravante, ya que su condición de juez es incompatible con las funciones que cumple en su fundación.
El "chacal" de Nadia
Pero volvamos al comienzo. En los fundamentos del pedido de juicio político tanto para Cardoso como para Bellido, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre hace expresa referencia a que la libertad que le otorgaron a Montiel, a quien denominan "chacal", cinco años antes que se cumpliera su condena a 18 años de prisión, tiene relación directa con el violento crimen de Nadia.
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El presunto homicida de la comerciante de Villa Tesei había sido condenado a 18 años de prisión en 2004 por un hecho brutal que llevó adelante en 2001.
En ese juicio, los jueces encarcelaron a Montiel "en orden a los delitos de robo agravado por el uso de arma, privación ilegal de la libertad agravada por violencia, abuso sexual agravado por el uso de arma, homicidio calificado por alevosía reiterado –cuatro hechos- en grado de tentativa". Y la pena impuesta había sido de "dieciocho años de prisión, accesorias legales y costas, con vencimiento el día 21 de octubre de 2019".
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Al firmar su libertad condicional en el año 2012, insiste el escrito, "posibilitaron que el chacal pusiera fin a la vida de Nadia Arrieta cuando tendría que haber estado detenido".
La denuncia contra los dos camaristas se centra además en un punto neurálgico y que se explica de esta manera: "El mal desempeño de los denunciados no reviste mayor análisis si consideramos que la Señora Juez de Ejecución Laura Conti denegó el pedido defensista de conceder salidas transitorias (a Montiel). La Sala I de la Cámara de Garantías con la intervención de Bellido y Cardozo le otorga la libertad condicional con fecha 20 de octubre de 2014".
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En la presentación también se recuerda que "el accionar de Bellido y Cardozo guarda similitud con el jury del juez de Ejecución de Penas de Gualeguaychú, Carlos Rossi, magistrado que liberó a Sebastián Wagner, quien luego terminara condenado a prisión perpetua por el femicidio de Micaela García". El juez Rossi fue suspendido en sus funciones y será enjuiciado por mal desempeño, según decidió del Jurado de Enjuiciamiento entrerriano.
"Idéntico es el caso del Juez de Ejecución de la Ciudad de La Plata José Villafañe quien le concedió la libertad a Edgardo Echegaray Biel autor del homicidio de la niña Abril Bogado, una joven de 12 años de edad durante un intento de robo en la Ciudad de La Plata", señala el texto.
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La ONG impulsora de la destitución de los magistrados de Morón reconoce que "así se puede consignar un sinnúmero de situaciones en que los jueces son investigados por acciones como las denunciadas, pero JAMÁS por un hecho de la magnitud como el de Nadia Arrieta".
Una perla televisada
"Yo creo que hoy hay muchos beneficios que se transforman en un exceso, que tienen que ser revisados. Nosotros hicimos algunos aportes en el Congreso de la Nación, principalmente en la Cámara de Diputados, para la modificación de la Ley 24.660, hoy tiene media sanción en la cual básicamente restringe la salida a los delitos más violentos, salidas anticipadas. También agrega robos agravados que no están previstos en la ley (…) Es una demanda de la sociedad y del momento que estamos viviendo. Me parece que durante años tuvimos una ley mala, que tenía cosas insólitas, como por ejemplo que se le denegaba la salida anticipada a quien mataba en el marco de un robo, pero podía tener salida anticipada, a quien mataba en el marco de matar por placer, por codicia, por ensañamiento, por alevosía, como que había dos categorías de homicidios distintos".
El entrecomillado es la respuesta textual que el juez Bellido concedió a un canal de TV local de Morón cuando militaba junto al entonces candidato presidencial Sergio Massa por la reforma al Código Penal. Es decir que por un lado proponía una cosa, pero por el otro, firmaba salidas anticipadas, sobre las que protestaba, aunque la misma ley lo amparaba para otorgarlas o no, tal como aconsejaba la jueza de Ejecución Penal, pero ni Bellido ni Cardoso la escucharon.
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