
El Tribunal Oral Federal 4 será el encargado de realizar el juicio oral y público por el caso de los gastos que hicieron para publicar un libro destinado a ensalzar los logros del kirchnerismo, pero que jamás se imprimió.
La historia se inició en 2013, cuando se llamó a licitación para imprimir un texto sobre "La Década Ganada". La licitación fue obtenida por la sociedad estatal Casa de Moneda, que no está preparada para realizar ese tipo de impresiones.
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El caso judicial comenzó en 2016 por una denuncia de las nuevas autoridades de la Casa de Moneda. Se descubrió que, para realizar esa impresión, la Casa de la Moneda había gastado $ 2.652.000 en papel -adquiridos antes de que resultara adjudicataria de la licitación- y más de un millón de pesos en costo de depósito de ese mismo papel.
El libro fue solicitado por la Unidad Ejecutora Bicentenario, que estaba a cargo de los festejos de los 200 años de la Revolución de Mayo y era encabezada por Javier Grosman. La licitación fue hecha por la secretaría General de la Presidencia, que estaba al mando de Oscar Parrilli. Por su parte, la Casa de Moneda estaba conducida por Katya Daura.
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El expediente estuvo a cargo del juez Claudio Bonadio y del fiscal Carlos Rívolo. El primero de ellos dictó los procesamientos de Oscar Parrilli, Grosman, Daura y su cuñado Matías Njirjak, quien trabajaba en el área de Relaciones con la Comunidad de la Casa de Moneda. En el procesamiento firmado por el mismo magistrado respecto al delito de defraudación a la administración pública se señaló que "existen serios indicios que llevan a sostener que la contratación analizada desde sus inicios fue direccionada para que resultase finalmente la Casa de Moneda la adjudicataria de la misma, precisamente porque en caso de incumplimiento por parte de la Unidad requirente, la sociedad estatal nada podría exigirle".

La Sala II de la Cámara Federal los confirmó y luego de eso Rívolo firmó el pedido de elevación a juicio. Bonadio clausuró la investigación y mandó el caso a sorteo. Así, los cuatro imputados serán juzgados por el Tribunal Oral Federal 4.
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En el requerimiento de elevación a juicio de Rívolo, había explicado que "se justificó dicho requerimiento en que la 'Unidad Ejecutora Bicentenario de la Revolución de Mayo 1810-2010' de la Presidencia de la Nación se encontraba en ese entonces desarrollando eventos tendientes a 'generar espacios de celebración, reflexión y participación popular' en el contexto del plan integral de festejos por el bicentenario de la Revolución de Mayo. Concretamente, sostuvo el Director de la referida Unidad que el alcance de la contratación requerida 'encuentra fundamento en el marco del Plan Integral de Festejos, los que buscan construir un sentir de pertenencia, integración y creciente participación de la sociedad toda'".
La Casa de Moneda nunca imprimió el libro, a pesar de haber recibido como adelanto $ 800.000 para poner en circulación algunos ejemplares. Se iban a imprimir 100.000 libros a un costo de $ 72 cada uno y el monto total sumado el IVA alcanzaba los $ 8.000.000.
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Al momento de la acusación, Rívolo determinó que la actuación "tuvo como denominador común el uso indiscriminado de los recursos del Estado –que ellos administraban-, sorteando invariablemente los canales regulares propios de la administración pública y bajo la apariencia de un proceso licitatorio normal que en realidad no fue tal, y que ha redundado en un claro perjuicio para el erario público".
El fiscal había dicho que Parrilli en "su carácter de máximo responsable de la gestión y administración de los fondos correspondientes a la Unidad Ejecutora del Bicentenario, tomó parte en la ejecución del hecho, acordando con la Sociedad del Estado Casa de Moneda (SECM) – por fuera de los canales legales- los términos y condiciones de una licitación para la impresión de un libro, cuyo interés público no se encontraba debidamente justificado y disponiendo el pago de una suma de dinero a SECM por un trabajo que jamás fue realizado, y sin perjuicio de lo cual nunca reclamó su devolución; deberá responder en calidad de autor".
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Rívolo había diferenciado a Grosman de Parrilli: "En el caso de Grosman-señaló- hemos visto que su actuación ha resultado esencial para la realización de la maniobra aquí investigada. Sin embargo, no puede obviarse el hecho de que, en definitiva, era Oscar Parrilli, a la sazón su superior jerárquico, quien tenía a su cargo la responsabilidad por la ejecución y administración de los fondos para el desarrollo de las acciones específicas relacionadas con la organización y ejecución de los festejos conmemorativos del Bicentenario. En el delito que nos ocupa, debe verificarse una infracción al deber especial del funcionario de resguardar el patrimonio; entonces si la persona, en este caso el Director Ejecutivo Javier Grosman, no es destinataria de ese deber, no puede ser punible como autor mediato y corresponderá imputarle su participación, en virtud de haber prestado al autor –Parrilli- una colaboración sin la cual el delito no habría podido cometerse. Por lo expuesto, entiendo que la conducta de Javier Alberto Grosman lo convierte en partícipe necesario del delito de administración infiel, en perjuicio del patrimonio estatal".
Luego de ser procesado, Parrilli había ensayado una defensa ante la Cámara Federal. Había argumentado que el dinero destinado al nunca publicado libro se utilizó para imprimir uno sobre la "Casa Rosada". Esa explicación fue desestimada en diferentes instancias judiciales.
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Sobre la participación de Daura en el hecho, quien fue puesta al frente de la Casa de Moneda por el ex vicepresidente Amado Boudou, Rívolo había dicho: "La presidente de SECM, Katya Daura, obligó abusivamente el patrimonio de la sociedad estatal, en primer lugar al participar de una licitación para un trabajo que el organismo no podía afrontar por sí solo y obligaba a tercerizarlo, al menos en parte, y a bonificar todo lo concerniente al trabajo a realizarse en ella, para ofrecer una oferta competitiva. Luego, disponiendo la compra del material respectivo, con carácter previo a su adjudicación".
Rívolo había concluido que "en el caso bajo análisis, los encausados sabían que su actuar, contrario a las normas que debían cumplir y respetar, implicaba un perjuicio al patrimonio público cuya administración les fuera confiada".
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La instrucción fue clausurada y el caso ya tiene Tribunal Oral. Serán los jueces Pablo Bertuzzi, Gabriela López Iñíguez y Néstor Costabel los encargados del caso. Se espera un juicio para el año 2018.
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