El abogado Willy Pasos Peralta planteó que la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) debe sustituir al Registro Integral de Formalización Minera (REINFO), al considerar que el régimen actual no logró incorporar a la formalidad a la mayoría de los inscritos. Según su evaluación, entre el 2% y el 5% de los mineros registrados completó el proceso previsto por el Estado peruano.
El especialista en derecho minero y ambiental sostuvo que las prórrogas sucesivas del REINFO mantuvieron abierto un procedimiento que no resolvió los obstáculos administrativos, ambientales, contractuales y territoriales que enfrentan los operadores. El resultado, afirmó, fue la permanencia de miles de personas dentro de un trámite sin una vía clara para concluir su regularización.
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Pasos Peralta señaló que una nueva regulación debe establecer diferencias entre los mineros que desarrollan actividades reales y buscan adecuarse a las exigencias legales, y quienes recurren al registro como cobertura para extraer y comercializar oro de origen ilegal. “No se puede tratar de la misma manera a quien intenta formalizarse y a quien usa el sistema para encubrir delitos”, planteó.
El REINFO dejó miles de expedientes sin una solución de formalización
Para el abogado, el debate sobre el reemplazo del REINFO debe partir de una revisión de las razones que frenaron la formalización. Entre los problemas figuran las dificultades para obtener contratos de explotación, la tramitación de instrumentos ambientales, la falta de asistencia técnica y las limitaciones de las entidades públicas para supervisar actividades en zonas alejadas.
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El régimen, explicó, permitió que numerosos operadores iniciaran procedimientos, pero no garantizó que cumplieran los requisitos necesarios para ingresar a la formalidad. A ese escenario se sumó la falta de información precisa sobre quiénes extraen mineral, bajo qué condiciones trabajan y cuál es el volumen de producción que circula fuera de los canales formales.

La discusión adquiere relevancia por la expansión de actividades ilegales vinculadas al oro. Pasos Peralta advirtió que ese circuito incluye daños ambientales, explotación laboral y sexual, extorsiones, sicariato y operaciones de organizaciones criminales. También alertó que el oro exportado por canales informales ya habría superado al volumen legal, con una pérdida de ingresos tributarios para el Estado peruano.
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Un censo minero permitiría diferenciar a los operadores en actividad
La primera medida, según Pasos Peralta, debería ser la elaboración de un censo minero nacional. El relevamiento tendría que identificar a los trabajadores y unidades productivas que operan en cada región, además de determinar su situación jurídica, ambiental, laboral y contractual. A partir de esa información, el Estado podría diseñar reglas adaptadas a las características de cada territorio.
El abogado remarcó que la minería de la selva, la sierra y la costa no presenta las mismas condiciones. En algunas zonas predomina la extracción aluvial, mientras que en otras prevalecen labores subterráneas mediante socavones. Las comunidades involucradas, las vías de acceso, la presencia estatal y los riesgos ambientales también varían según el lugar.
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En ese sentido, sostuvo que el empadronamiento debe separar a los mineros que mantienen una actividad verificable y cumplen pasos concretos hacia la formalización de aquellos casos ficticios que podrían utilizarse para lavar producción ilegal. “El Estado debe saber quién trabaja, dónde trabaja, qué extrae y bajo qué título lo hace”, indicó el especialista.
Pasos Peralta consideró que esa tarea exige recursos, personal especializado y capacidad logística. La identificación de operadores en zonas de difícil acceso requeriría presencia de organismos vinculados a energía y minas, ambiente, trabajo, seguridad y tributación. Para el abogado, la falta de coordinación entre esas áreas ha dificultado la respuesta frente a una economía que se desplaza entre regiones.
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La minería aluvial concentra riesgos ambientales y delitos conexos
La minería aluvial, en especial en áreas amazónicas, requiere una atención diferenciada por los riesgos asociados al uso de maquinaria, el movimiento de sedimentos y la posible contaminación de ríos y suelos. Pasos Peralta vinculó esa modalidad con denuncias por trata de personas y otros delitos que exceden el ámbito estrictamente minero.
El especialista cuestionó, además, que se habiliten registros o concesiones en zonas protegidas, cuencas de ríos y territorios intangibles. A su criterio, el Estado conoce las restricciones que pesan sobre esos espacios, por lo que debe impedir desde el inicio cualquier autorización que entre en conflicto con normas ambientales o de protección territorial.
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La futura ley, afirmó, tendría que clasificar a los operadores según los efectos de su actividad sobre el aire, el agua, el suelo y la fauna. Ese esquema permitiría establecer obligaciones proporcionales y definir qué explotaciones pueden acceder a una ruta de formalización. Las actividades que afecten zonas intangibles o estén vinculadas con delitos deberían quedar fuera de ese proceso, sostuvo.

El abogado también se refirió a los grupos que quedaron dentro y fuera del registro. De acuerdo con los datos mencionados, 31.000 mineros permanecieron en el proceso y otros 50.000 fueron excluidos. Para Pasos Peralta, ambos universos requieren medidas distintas: quienes continúan inscritos necesitan condiciones para completar los requisitos, mientras que los excluidos deben ser supervisados para evitar que sigan dentro de la economía ilegal.
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La exclusión, sin embargo, no debería aplicarse de manera automática. Pasos Peralta señaló que algunos trabajadores pudieron haber sido retirados pese a contar con producción, instrumentos ambientales o avances administrativos, debido a decisiones de titulares de concesiones. Por eso propuso revisar los expedientes de forma individual y verificar si existió una causa objetiva para apartarlos del proceso.

Los contratos con concesionarios son parte del conflicto pendiente
La relación entre los titulares de concesiones y los pequeños mineros aparece como uno de los puntos centrales para una nueva regulación. Pasos Peralta cuestionó que toda explotación desarrollada en una concesión ajena sea presentada como irregular, sin tomar en cuenta que numerosos trabajadores llevan años en esas áreas y dependen de esa actividad como fuente de ingresos.
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A su juicio, el Estado puede promover acuerdos entre ambas partes mediante contratos de explotación, pagos de regalías y mecanismos de supervisión. Ese modelo permitiría ordenar la actividad dentro de concesiones vigentes, siempre que se cumplan las obligaciones ambientales, laborales y tributarias previstas por la ley.

La legislación, agregó, debe aplicar criterios equivalentes a la gran, mediana, pequeña y artesanal minería, aunque considere las diferencias técnicas de cada escala. Las grandes operaciones suelen trabajar a tajo abierto, mientras que los pequeños productores extraen vetas mediante socavones de menor dimensión. “La regulación debe reconocer esas diferencias sin convertirlas en una excusa para incumplir la ley”, concluyó Pasos Peralta.
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