No habrá feriado por el papa León XIV, pero sí día no laborable: ¿Cómo funciona para trabajadores privados?

Al final, luego de evaluarlo, el gobierno decidió no decretar feriado por la visita del papa León XIV. Pero sí habrán días no laborables

Papa Leon XIV
Papa Leon XIV llegará al Perú en noviembre. Antes el gobierno evaluaba dar feriado para el 16 de noviembre. Pero ha desistido. Ahora solo habrán días no laborables. - Crédito Difusión
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El Gobierno, a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) ha decretado días no laborables para noviembre por la visita del papa León XIV. Serán diez fechas que aplicarán entre ochos regiones del país.

Pero, a pesar de que durante estos meses el MTPE evaluaba declarar feriado para Lima —una fecha de descanso obligatorio y no compensable, a diferencia del día no laborable— finalmente, según el decreto, no se ha contemplado dar esta fecha.

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En vez de eso, el MTPE ha decretado que hayan días no laborables para el sector privado, pero esto no funcionará como un feriado obligatorio, sino que será un descanso que deberás compensarse, y que deberá pactarse con acuerdo entre trabajador y empleador.

Se revelan los preparativos para la llegada del Papa a Perú. El gobierno confirmó que se están fabricando dos papamóviles para facilitar la cercanía del Sumo Pontífice con los fieles durante sus traslados por la capital.

¿Día no laborable para el sector privado?

Como se sabe, los días no laborables que se aprueban son aplicables al sector público, pero suelen llevar un apartado que señala que los trabajadores del sector privado pueden pactar el descanso con su empleador. Y si lo hacen y lo acuerdan, las horas no laboradas deben recuperarse.

Pero esta vez el Gobierno además de declarar los días no laborables para el sector público, también los ha declarado para el sector privado.

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  • En Lima y Callao, los privados tendrán el 11 y 12 de noviembre de 2026 día no laborable que irá desde 13:00 hasta las 24:00 horas. También el 16 de noviembre será no laborable todo el día
  • En Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura el 13 y 14 de noviembre de 2026 serán días no laborables
  • En Cusco y Ucayali el 15 de noviembre de 2026 será día no laborable.

Pero para que los trabajadores disfruten estos días —que en algunos casos solo implica poder salir temprano—, deberán primero pactarlo con sus empresas. Y no hay acuerdo, decide el empleador.

El Gobierno declara oficialmente los días no laborables que aplicarán para la llegada del papa León XIV - Crédito EFE/EPA/ANGELO CARCONI
El Gobierno declara oficialmente los días no laborables que aplicarán para la llegada del papa León XIV - Crédito EFE/EPA/ANGELO CARCONI

No habrá feriado

Pero se debe resaltar que el gobierno finalmente decidió no decretar feriado. Como se recuerda, se mencionó repetidas veces anteriormente que se buscaba dar feriado el lunes 16 de noviembre en Lima, por el evento principal de la llegada del papa León XIV.

Finalmente, dado que se ha decretado día no laborable para el 16 de noviembre, ya no tendría sentido aprobar un feriado encima, sobre todo porque ya se dio la norma en que aplica para el sector público y para el privado, previo acuerdo.

Es decir, Perú se queda con sus 16 feriados que aplican este año. Como se recuerda, estas son las siguientes fechas en que no se trabaja (y si se hace, se debe pagar triple por cada jornada diaria).

  • El siguiente feriado nacional es domingo 1 de noviembre Día de Todos los Santos
  • También falta el feriado del martes 8 de diciembre, por la Inmaculada Concepción
  • El miércoles 9 de diciembre es feriado por la Batalla de Ayacucho
  • Y finalmente, el viernes 25 de diciembre es feriado por Navidad.
Juan Sheput, ministro de Trabajo de Perú
El Gobierno decidió no aprobar feriado en Lima, solo un día no laborable. - Crédito MTPE

¿Cómo se recuperarán las horas?

Tal como los días no laborables en el sector público, las horas no trabajadas deberán compensarse posteriormente, así se haya pactado entre privados y empresa.

Es un caso diferente al de los feriados, que no se recuperan. Así, para las fechas libres aprobadas aplica lo siguiente:

  • En el caso del sector privado, en el acuerdo previo entre el empleador y sus trabajadores se debe establecer la forma como se hace efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar durante el respectivo día no laborable. A falta de acuerdo, decide el empleador
  • En el caso sector público, las horas dejadas de laborar durante el respectivo día no laborable se compensan en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función de las necesidades de la entidad.

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