
El 31,3% de las juntas de acreedores convocadas entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre de 2026 se orientó a procesos de disolución y liquidación, una proporción superior al 25% que correspondió a reestructuraciones patrimoniales, según el Radar Concursal de Almerco Abogados. En ese periodo, siete nuevas empresas ingresaron al sistema concursal peruano bajo supervisión del Indecopi.
Las compañías admitidas pertenecen a los sectores inmobiliario, tecnológico, minero, de construcción, hidrocarburos y servicios. Su ingreso abre un proceso en el que los acreedores deben decidir entre dos rutas: aprobar un plan que permita recuperar la viabilidad del negocio o iniciar el cierre definitivo de sus operaciones.
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Siete empresas ingresaron al sistema concursal en menos de un mes
Entre el 17 de agosto y el 14 de septiembre, Indecopi incorporó al sistema concursal a Mancoraland S.A.C., vinculada al rubro inmobiliario; Grupo Gerencial Asesoría y Servicios Integrales S.R.L., del sector servicios; y Desarrollos Tecnológicos Integrales S.A.C., dedicada a tecnología.
La lista también incluye a Maxipetro San Benito S.A., del sector hidrocarburos; Fintech Capital Group S.A.C., relacionada con actividades tecnológicas; SBL Antracita S.A.C., del sector minero; y Corporación Lavado S.A.C., vinculada a la construcción.
Estas empresas quedaron sometidas a los mecanismos previstos en la Ley General del Sistema Concursal. Bajo este marco, los acreedores reconocidos se reúnen en junta para definir si la compañía conserva sus operaciones bajo un esquema de reestructuración patrimonial o si corresponde disolverla y liquidar sus activos para atender las deudas pendientes.
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San Simón Equipos evaluó pasar de la reestructuración al cierre definitivo
Entre las juntas convocadas durante el periodo, el caso de San Simón Equipos S.A. concentró una decisión relevante. La agenda contempló el cambio de destino de la empresa, que podía pasar de una reestructuración patrimonial a un proceso de disolución y liquidación.
La junta, convocada para el 18 de agosto en primera citación y el 21 de agosto en segunda convocatoria, también debía definir la designación de una entidad liquidadora y la aprobación del convenio de liquidación. El caso refleja la posibilidad de que una empresa que inicialmente busca mantener sus actividades termine en cierre cuando no acredita capacidad para cumplir sus compromisos financieros.
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La ruta inversa fue planteada en Empresa Agraria Chiquitoy S.A.. Su junta, convocada para el 25 de agosto y con una segunda fecha prevista para el 28 de septiembre, incluyó en agenda el cambio desde la disolución y liquidación hacia la reestructuración. Los acreedores también debían analizar una modificación del plan de recuperación y el nombramiento de apoderados especiales.

Las empresas en liquidación buscan ordenar la venta de activos y el pago de deudas
Al menos 14 juntas de acreedores fueron convocadas en el mismo lapso para resolver asuntos vinculados con compañías que ya atravesaban procesos concursales. Algunas de ellas se encuentran en la fase de liquidación, que implica el cese de operaciones y la administración de los bienes para atender las obligaciones reconocidas.
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- Solvente Pacífico E.I.R.L. convocó a sus acreedores el 1 de septiembre para ratificar las actuaciones de la liquidadora, aprobar el convenio de liquidación y evaluar la designación de una nueva responsable del proceso.
- Radio Miraflores S.A. realizó una convocatoria para el 14 de septiembre con una agenda que incluyó el informe de gestión de la entidad liquidadora, la ratificación de actos, la eventual designación de una nueva liquidadora y cambios en el convenio de liquidación.
- Inka Agro Paracas S.A. fijó su primera convocatoria para el 15 de septiembre. Los acreedores debían tratar la aprobación y suscripción del convenio que establece las condiciones para la liquidación de la empresa.
La viabilidad del negocio define la decisión de los acreedores
La reestructuración exige que la empresa presente un plan capaz de demostrar que puede recuperar ingresos, pagar sus deudas y sostener su operación. Richard Almerco Soto, especialista en derecho concursal y reestructuración patrimonial, sostiene que el valor de una compañía en funcionamiento puede superar al que se obtendría mediante la venta aislada de sus activos.
Para ello, los accionistas, directivos y asesores deben identificar problemas de gestión, operación, financiamiento o estructura patrimonial antes de negociar nuevas condiciones con los acreedores. Cuando no existe un plan que permita recuperar la capacidad de pago, la liquidación se convierte en la alternativa que queda para ordenar el destino de los activos y las obligaciones de la empresa.
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