
El Gobierno peruano, a través del Decreto Supremo Nº 008-2026-JUS, estableció nuevas obligaciones para las empresas de arrendamiento financiero (leasing) que operan en el país. La disposición alcanza a aquellas compañías que no están bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
A partir de la entrada en vigor de la norma, estas empresas deben informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) sobre cualquier operación sospechosa relacionada con lavado de dinero o financiamiento del terrorismo.
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¿Qué es el leasing y cómo funciona?
El leasing, o arrendamiento financiero, es un contrato mediante el cual una empresa permite a una persona o negocio utilizar un bien, como vehículos, maquinaria o inmuebles, durante un periodo determinado a cambio de pagos periódicos.
Al finalizar el contrato, el usuario puede optar por adquirir el bien por un monto previamente acordado. Este mecanismo es utilizado frecuentemente para facilitar el acceso a activos productivos sin la necesidad de realizar una gran inversión inicial.
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Cambios introducidos por el Ministerio de Justicia y el MEF
Hasta la publicación de esta norma, únicamente las empresas de leasing reguladas por la SBS estaban obligadas a reportar operaciones sospechosas a la UIF-Perú.
A partir de ahora, todas las empresas de leasing, incluso aquellas que no se encuentran bajo la supervisión directa de la SBS, deberán implementar sistemas internos de prevención, monitorear sus operaciones y reportar cualquier movimiento inusual a la UIF-Perú.
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La norma establece que la UIF-Perú tendrá la responsabilidad de supervisar y sancionar a las empresas de arrendamiento financiero no reguladas por la SBS, en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas.
Razones y objetivos de la nueva regulación
El Gobierno tomó esta decisión para cerrar vacíos regulatorios y evitar que las empresas de leasing sean utilizadas para lavar dinero o financiar actividades ilícitas.
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La medida responde a los estándares internacionales fijados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que recomienda a los países supervisar todos los segmentos del sistema financiero, incluyendo aquellos que no están bajo control bancario tradicional.
El objetivo es garantizar que ningún actor financiero quede fuera del sistema de control estatal, fortaleciendo así la prevención y detección temprana de delitos económicos en el país.
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Alcances y obligaciones para las empresas de leasing
La obligación de reportar abarca a todas las empresas de arrendamiento financiero no comprendidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS.
Estas empresas deberán capacitar a su personal, establecer protocolos internos de control, mantener registros detallados de sus operaciones y notificar a la UIF-Perú cualquier actividad sospechosa.
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A partir de la entrada en vigencia del Decreto Supremo Nº 008-2026-JUS, la UIF-Perú podrá actuar como entidad supervisora y sancionadora en caso de identificar incumplimientos o deficiencias en los sistemas de prevención.
¿Qué es la UIF-Perú?
La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) es un organismo estatal encargado de recibir, analizar y transmitir información relacionada con operaciones financieras sospechosas de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
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Su función principal es prevenir y detectar delitos económicos investigando movimientos inusuales en el sistema financiero. La UIF-Perú depende de la SBS y puede supervisar y sancionar a entidades financieras y no financieras que no cumplan con las normas de prevención establecidas en el país.
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