
En 2014, el entonces gerente general del Banco Central de Reserva del Perú, Renzo Rossini, lanzó una advertencia que hoy vuelve a cobrar vigencia: “no tenemos que ser exageradamente ambientalistas y frenar la inversión”. Su mensaje no cuestionaba el objetivo —proteger el medio ambiente—, sino los excesos regulatorios que, bajo ese propósito, terminaban desincentivando la actividad económica.
La lección es clara: cuando se pierde el equilibrio, incluso las políticas bien intencionadas pueden generar efectos contrarios a los buscados.
Hoy, esa misma lógica empieza a observarse en el debate sobre el comercio ilícito. Diversos sectores empresariales vienen alertando sobre el impacto del contrabando y la subvaluación en la industria nacional. Los efectos son conocidos: reducción de ventas, presión a la baja en precios, pérdida de márgenes y de participación de mercado. Se trata, sin duda, de problemas reales que deben ser enfrentados con decisión.
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Pero una cosa es combatir la ilegalidad y otra muy distinta es distorsionar el funcionamiento del comercio formal.
El riesgo está en sobrerreaccionar. En trasladar la responsabilidad hacia las importaciones legales o en promover medidas que, en la práctica, terminan restringiendo el comercio legítimo. No es lo mismo competir contra productos que ingresan cumpliendo la normativa, que enfrentar a operadores informales que evaden controles y tributos. Mezclar ambos planos no solo es técnicamente incorrecto, sino que abre la puerta a decisiones de política pública mal orientadas.
En ese contexto, algunas propuestas empiezan a generar preocupación. Se habla de intensificar controles en frontera, aplicar medidas antidumping de manera más amplia e incluso recurrir a salvaguardias. Instrumentos que, correctamente utilizados, pueden ser válidos, pero que en exceso o sin sustento técnico terminan configurando barreras encubiertas al comercio.
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Un ejemplo concreto es el reciente Decreto Legislativo 1721, que establece un Procedimiento Especial de Control de Valor. Si bien su objetivo es reforzar la lucha contra la subvaluación, su diseño plantea interrogantes relevantes. La exigencia de garantías equivalentes al 200% de los tributos diferenciales para liberar mercancía, la posibilidad de extender el procedimiento hasta por dos años y la aplicación de controles durante el despacho —en lugar de un esquema posterior— podrían generar sobrecostos y demoras que afectan a importadores formales.
A ello se suma la falta de claridad en los criterios para identificar mercancías de “alto riesgo”, lo que incrementa la discrecionalidad y la incertidumbre. Más aún si se considera que el Perú ha asumido compromisos en el marco de la Organización Mundial del Comercio, particularmente en el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio, que establece que las garantías exigidas no deberían exceder lo necesario para asegurar el pago de los derechos finalmente exigibles. En ese sentido, una garantía del 200% plantea dudas razonables sobre su proporcionalidad.
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Combatir el contrabando y la subvaluación es indispensable. Son delitos que afectan directamente la competencia y la recaudación. Pero no deben convertirse en la excusa perfecta para restringir el comercio formal ni para promover agendas proteccionistas.
El Perú ya recorrió ese camino en el pasado. En las décadas de los setenta y ochenta, políticas orientadas a cerrar la economía terminaron generando escasez, baja calidad de productos y mayores costos para los consumidores.
La evidencia es clara. El comercio abierto no es el problema. Por el contrario, ha sido una de las principales fuentes de crecimiento y bienestar en las últimas décadas. Limitarlo, bajo el pretexto de control, no solo es un error de diagnóstico, sino un riesgo para la competitividad del país.
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Como advertía Rossini hace más de una década, el problema no es el objetivo, sino el exceso. Evitar caer en un proteccionismo encubierto es hoy tan importante como lo era, en su momento, no frenar la inversión por sobrerregulación.

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